REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO. EXTENSIÓN CALABOZO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio N° 01
Del Circuito Judicial Penal del estado Guárico
Calabozo, 16 de abril de 2010
199º y 151º


Causa: JP11-P-2007-000551.
Acusado: Henry Wilfredo Torrealba.


Visto el escrito presentado por el Defensor Privado Abg. Juan Erasmo Molina, en su carácter de defensor del ciudadano Henry Wilfredo Torealba, acusado en la presente causa, mediante el cual solicita le sea extendido el lapso de las presentaciones por ante la oficina de alguacilazgo del Circuito Judicial de la ciudad de Barinas, estado Barinas, a la orden de este juzgado, como medida cautelar acordada por el tribunal de control respectivo, a tales efectos este Tribunal observa:

El Defensor Público solicita le sean extendidas las presentaciones a su defendido como medida cautelar acordada por el juzgado de control respectivo, por cuanto el mismo ha cumplido cabalmente con las medidas cautelares otorgadas por el tribunal, desde hace dos (02) años, Tres (03) meses y días en el Circuito Judicial de Barinas, argumentando que el subrogado penal se encuentra trabajando y estudiando en esa ciudad, pero que en oportunidades, por ser un hombre humilde, se le hace oneroso el traslado en transporte hasta el Circuito Judicial Penal, pues queda retirado de su lugar de residencia.
De las actuaciones presentadas emanadas de la oficina de Alguacilazgo de la ciudad de Barinas, cursantes a los folios 6 y 7 con sus vueltos, se desprende que el ciudadano Henry Wilfredo Torrealba ha cumplido cabalmente con el régimen de presentaciones impuestas por el tribunal de control señalado, asimismo se desprende de las actuaciones procesales que el acusado ha comparecido cabalmente con el llamado al tribunal las veces que lo ha requerido, tal y como consta en las actas cursantes a los folios 110, 111, 150, 151, 193, 194, 231 y 232, por lo que considera este despacho procedente lo solicitado, declarando con lugar el presente petitorio, extendiéndose el lapso de presentaciones del ciudadano Henry Wilfredo Torrealba, cada Veinte (20) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal de la ciudad de Barinas; estado Barinas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Ofíciese a la oficina de Alguacilazgo del estado Barinas y al Tribunal de Control 03 de la referida Circunscripción Judicial. Cúmplase.
El Juez,

Abg. Héctor Tulio Bolívar Hurtado.

La Secretaria,

Abg. Josefa Gregoria Zurita.


Causa N°: JP11-P-2007-551.