REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 23 de Abril de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2009-001430
ASUNTO : JP21-P-2009-001430
JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. HIYAN MARIA ABOU FARA.
PENADO: ELISEO JOSE CASTRO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 13.513.107, natural de Valle de La Pascua, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 17/09/77, de 32 años de edad, con residencia en el sector Pedro Zaraza, carretera Nacional, Tasca El Cabo, Chaguaramas, Estado Guárico, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DEFENSA: PUBLICA PENAL IV.
DECISION: INICIO DE OFICIO DE TRAMITES POSIBLE REGIMEN ABIERTO. CON LUGAR SOLICITUD DE LA DEFENSA DE INICIO TRAMITE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA.
Visto el cómputo que antecede, realizado con ocasión de la ejecución de la sentencia condenatoria dictada en contra del ciudadano ELISEO JOSE CASTRO, mediante la cual se determinó como fecha para optar al beneficio de REGIMEN ABIERTO, el 05/04/2010. Este Tribunal Primero de Ejecución a los fines de resolver, OBSERVA:
Toda vez que de conformidad con sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el expediente Nº 2008/0287, de fecha 21/04/08 y con ponencia del Magistrado, Dr. Arcadio Delgado Rosales, se suspendió la aplicación del último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (hasta tanto se dicte sentencia definitiva en relación al recurso de nulidad), en el cual se encuentra previsto el delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, permitiendo en consecuencia el posible otorgamiento de los beneficios de cumplimiento alternativo de la pena, en consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución ACUERDA INICIAR DE OFICIO LOS TRAMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, de conformidad con lo previsto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal; y para ello ORDENA:
1.- En virtud del problema de la falta de equipo técnico para realizar las evaluaciones en el Estado Guárico, se ordena librar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Aragua, solicitando se le practique al penado a la brevedad posible el Informe Psico-Social, debiendo indicársele que el mismo de encuentra privado de libertad y remitiéndosele anexo copia certificada de la sentencia y del cómputo.
2.- Librar oficio a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Ministerio de Interior y Justicia, a los fines de que remita a este Despacho, con la prontitud del caso, la constancia actualizada de los posibles antecedentes penales que pudiera presentar el penado.
3.- Ofíciese al director del Internado Judicial de San Juan de Los Morros, centro de reclusión en donde se encuentra el penado a los fines de solicitar carta de conducta del penado e información sobre si tiene conocimiento de otros Asuntos Penales o procedimientos jurisdiccionales que se sigan en contra del mismo.
DE LA SOLICITUD DE LA DEFENSA.
Visto el escrito presentado por la Defensa Pública Penal en representación del ciudadano ELISEO JOSE CASTRO, mediante el cual solicita el inicio de trámites para el posible otorgamiento del beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA y del cual se dio cuenta a la juez en la presente fecha 23/04/10. Este Tribunal Primero de Ejecución a los fines de resolver, OBSERVA:
Toda vez que de conformidad con sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el expediente Nº 2008/0287, de fecha 21/04/08 y con ponencia del Magistrado, Dr. Arcadio Delgado Rosales, se suspendió la aplicación del último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (hasta tanto se dicte sentencia definitiva en relación al recurso de nulidad), en el cual se encuentra previsto el delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, permitiendo en consecuencia el posible otorgamiento de los beneficios de cumplimiento alternativo de la pena, en consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución DECLARA CON LUGAR LA SOLICTUD DE LA DEFENSA E INICIA LOS TRAMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, de conformidad con lo previsto en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal; y para ello ORDENA:
1.- En virtud del problema de la falta de equipo técnico para realizar las evaluaciones en el Estado Guárico, se ordena librar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Aragua, solicitando se le practique al penado a la brevedad posible el Informe Psico-Social, debiendo indicársele que el mismo de encuentra privado de libertad y remitiéndosele anexo copia certificada de la sentencia y del cómputo.
2.- Librar oficio a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Ministerio de Interior y Justicia, a los fines de que remita a este Despacho, con la prontitud del caso, la constancia actualizada de los posibles antecedentes penales que pudiera presentar el penado.
3.- Ofíciese al director del Internado Judicial de San Juan de Los Morros, centro de reclusión en donde se encuentra el penado a los fines de solicitar carta de conducta del penado e información sobre si tiene conocimiento de otros Asuntos Penales o procedimientos jurisdiccionales que se sigan en contra del mismo.
4.- NOTIFICAR al ciudadano ELISEO JOSE CASTRO y a su DEFENSA, a los fines de que presenten por ante el Tribunal a la brevedad posible, OFERTA DE TRABAJO a su nombre.
DEL CORREO ESPECIAL.
Vista la solicitud de designación de correo especial, realizada por la Defensa Pública Penal, se acuerda la misma y en consecuencia se ordena:
• Citar a la ciudadana YAJAIRA DELGADO DE TERAN, para que se presente por ante el Tribunal y sea juramentada como correo especial, para recabar los Antecedentes Penales del ciudadano ELISEO JOSE CASTRO.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: SE ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO a favor del ciudadano ELISEO JOSE CASTRO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 13.513.107, natural de Valle de La Pascua, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 17/09/77, de 32 años de edad, con residencia en el sector Pedro Zaraza, carretera Nacional, Tasca El Cabo, Chaguaramas, Estado Guárico, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA PARA INICIAR LOS TRAMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, a favor del ciudadano ELISEO JOSE CASTRO y la DESIGNACION DE CORREO ESPECIAL de la ciudadana YAJAIRA DELGADO DE TERAN, para recabar los Antecedentes Penales del ciudadano ELISEO JOSE CASTRO. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 479.1 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, notifíquese, líbrense oficios y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.
Es Justicia en Valle de La Pascua, a los veintitrés (23) días del mes de abril de 2010.
LA JUEZ DE EJECUCION Nº 01,
ABOG. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO
LA SECRETARIA,
ABOG. HIYAN MARIA ABOU FARA