Vista la transacción que antecede, suscrita por los ciudadanos LUIS MARCIAL GOMEZ RODRIGUEZ y LUIS GUILLERMO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°s 14.345.169 y 8.567.470, asistidos por los Abogados JOANNY JIMENEZ y SAUL LEDEZMA, Inpreabogados N°s. 86.777 y 7.562, parte demandada y demandante respectivamente, el Tribunal vista la exposición de ambas partes, y en virtud de que la transacción entre ellas tiene la misma fuerza que la cosa juzgada y que las mismas pueden terminar el proceso pendiente, el acto se da por consumado, y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución, todo de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, esta Juzgadora declara la transacción realizada en fecha 22-03-2010, con carácter de sentencia con autoridad de cosa juzgada, por lo que se le imparte la correspondiente homologación, y declara la terminación del juicio. La Juez (fdo) Dra. Mirvia Piñango de Martínez. (Sello Húmedo) La Secretaria (Fdo) Caridad C.L.
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