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 JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUÀRICO.- Tucupido, siete (7) de Abril de dos mil diez.-
 199º y 150º
 
 El Tribunal vista la diligencia de fecha 15-03-2010, introducida por la abogada Eraida Campos Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 42.100, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana: Jennifer García, parte actora en el presente juicio, y la solicitud en ella contenida, se admite cuanto ha lugar en derecho. Ahora bien, consta en autos la intimación de la demandada desde el 19-02-2010, y desde este día exclusive hasta el 29-03-2010, inclusive han transcurrido màs de diez 810) dìas de despacho seguidos, sin que la demandada hubiese comparecido a formular oposición (Art. 651 del Código de Procedimiento Civil); en consecuencia este Tribunal de Municipio actuando en su competencia  Civil y Mercantil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la ejecución forzosa del decreto Intimación.- Provéase lo conducente.-
 El Juez Provisorio;
 
 Abg.. Vicente Ramón Vivas Briceño
 La Secretaria Temporal;
 
 Dayris Arvelàez Ramos
 
 EXP. Nº 969-10
 VRVB/Dayris
 
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