200° y 151°
DEMANDANTE: DIASMINA RAMONA BERMUDEZ GUAIMARO
DEMANDADO: MARIA TERESA ORASMA FLORES.-
MOTIVO: DESALOJO.
EXPEDIENE N° 10-07.
En el Despacho del día de hoy Martes seis (06) de abril de dos mil diez (2010), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en un inmueble ubicado en el cruce de las calles las brisas con puerto rico de esta ciudad de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, enclavada dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con casa que es o fue de Luisa Canezca, SUR: Con calle las brisas, ESTE: Con canal de malariología y OESTE: Con casa de Ángel Fernández Ortuño; previa habilitación del tiempo necesario, a los fines de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico; la cual consiste en la medida de DESALOJO del inmueble descrito en el juicio que sigue la ciudadana Diasmina Ramona Bermúdez Guaimaro contra la ciudadana María Teresa Orasma. Acompaña al Tribunal la abogada Nora Elena Díaz Velásquez, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 9025, quien actúa como apoderado de la parte demandante ejecutante. Acto seguido el Tribunal Ejecutor de Medidas notifica de su misión a la ciudadana: María Teresa Orasma, demandada en la presente causa a quien la insta que debe entregar la casa en éste acto libre de personas y cosas, animales el inmueble objeto de esta medida es todo. Acto seguido la notificada manifiesta al Tribunal que ella no puede salir en este momento porque tiene los tres (3) niños y no tiene donde ubicarlos en este momento, solicito al Tribunal y a la Doctora ejecutante me conceda un lapso de ocho (08) días, contados a partir de este mismo momento para entregar la casa libre de cosas y personas es todo.- Acto seguido la abogada ejecutante quién asiste a la ciudadana: Diasmina Bermúdez quien se encuentra presente en este acto expone: Estoy de acuerdo en concederle el plazo solicitado que se cumplirá el martes trece (13) de Abril del 2010; a las nueve de la mañana (09:00 a.m.) sin prorroga es todo. Acto seguido el Tribunal Ejecutor de Medidas, vista la solicitud de la demandada y la aceptación de parte de la demandante el Tribunal acuerda y en consecuencia suspende la ejecución de la medida en este acto, ordenando a la demanda que deberá entregar el inmueble libre de personas y cosas el día martes 13-04-2010, a las 9:00 a.m., apercibida de ejecución forzosa si no cumple el término solicitado y establecido en la presente acta es todo.- Acompañan al Tribunal la Doctora Zenaida Freites, quien representa al Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio José Tadeo Monagas; y los funcionarios de custodia de la Policía Municipal; agente José Navas y la agente Laura Márquez.- Es todo. Acto seguido el Tribunal da por concluido el acto siendo las 10:00 a.m.; ordenando el regreso a su sede ordinaria.- Conformes firman.- El Juez: (fdo) Pedro Rubén Callejas.- La Demandante: (fdo) Diasmina Bermúdez.- La Abogada Asistente: (fdo) Nora Díaz.- La Notificada: (fdo) María Teresa Orasma.- La Representante del Consejo de Protección: (fdo) Zenaida Freites.- La Secretaria: (fdo) Lérida González.-
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