REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, once (11) de Agosto del año Dos Mil Diez (2010), siendo la una y cuarenta minutos de la tarde, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaría, Abogado Josefa Mantilla, en compañía de los apoderados judiciales de la parte actora, abogados Carlos Eduardo García Núñez y Miguel Ángel Santelmo Bravo, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 27.986 y 107.324, respectivamente, el perito avaluador, Ruben Rondon, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.027.204, quienes fueron debidamente designados y juramentados por el Juez de este Tribunal, constando en el libro respectivo, en la siguiente dirección: Oficina distinguida con el numero y la letra 1-B, situada en el Piso 1 del Edificio Ávila, ubicada en la Avenida Principal de Las Mercedes, urbanización Las Mercedes, Municipio Baruta del Estado Miranda, a fin de practicar la medida de SECUESTRO decretada por el JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por DESALOJO sigue la FUNDACION EUGENIO MENDOZA, contra el ciudadano ALBERTO GOMEZ.- Una vez a las puertas del inmueble el Tribunal procede a dar los toques de Ley, siendo atendido el llamado judicial por un ciudadano quien manifiesta ser y llamarse Alberto Gómez Oropeza, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V.-1.711.872, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, resultando ser el demandado en el presente proceso.- Seguidamente el Tribunal, dando cumplimiento a la misión declara SECUESTRADO el inmueble constituido por una oficina distinguida con el numero y la letra 1-B, situada en el Piso 1 del Edificio Ávila, ubicada en la Avenida Principal de Las Mercedes, Urbanización Las Mercedes, Municipio Baruta del Estado Miranda, y lo pone en la posesión real y física de depositaria judicial La General de Depósitos, S.A., representada en este acto por el ciudadano Benito Reyes, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-4.561.861, quien estando presente acepta, presta el juramento de Ley y entra de inmediato en ejercicio de sus funciones y recibe el inmueble en nombre de su mandante.- Acto seguido los apoderados judiciales de la parte actora, exponen: por cuanto dentro del inmueble objeto de la presente medida existen bienes, pido al Tribunal se sirva acordar el deposito necesario de los mismos previo inventario y avalúo realizado por el perito designado al efecto.-Es todo.- El Tribunal, El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por la apoderada judicial de la parte actora, la solicitud contenida en la misma, acuerda ordenar al perito avaluador, realice el inventario de todos los bienes encontrados dentro del inmueble objeto de la presente medida a fin de un eventual deposito necesario.-Los bienes son: 1) diez escritorios con tres gaveras de diferentes tamaños, elaborados en formica para oficinas, 2) una nevera, tipo ejecutiva, marca: eterna, color blanco, sin serial visible, 3) una mesa con tope de vidrio en hierro, color negro, 4) un filtro para agua, color beige, marca: luferca, 5) tres botellones de agua, plásticos, para agua potable, 6) una computadora, compuesta por teclado, marca: sonieviwe, color gris, un cpu, de igual marca y color, sin serial visible, un monitor de la misma marca color gris y negro, 7) un mueble de formica color beige tipo biblioteca y secretarias, con tres gavetas y dos puertas corredizas.- En este estado el demandado, ciudadano Alberto Gómez Oropeza, antes identificado, expone: Por cuanto todos los bienes muebles que se encuentran dentro del inmueble objeto de la presente medida bajo mi propiedad, pido al Tribunal se sirva autorizar bajo mi responsabilidad y riesgo el traslado de los mismos a la siguiente dirección: Galpón No. 2, ubicado en la Carretera Petare Santa Lucia, Kilómetro 2, Sector El Limoncito, Mariche, Estado Miranda, relevando al Tribunal de cualquier reclamo a que hubiere lugar.- Acto seguido el Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el demandado, ciudadano Alberto Gómez Oropeza, antes identificado, solicitud contenida en la misma con la anuencia de los apoderados actores, acuerda de conformidad el traslado de todos los bienes encontrados dentro del inmueble objeto de la presente medida a la dirección por el aportada, bajo su responsabilidad y riesgo, relevando al Tribunal de cualquier reclamo a que hubiere lugar, ordenado al perito suspenda la elaboración del inventario.-En este estado el depositario judicial designado al efecto, Benito Reyes, antes identificado, representante de la Depositaria Judicial La General de Depósitos, S.A. expone: Recibo en nombre de mi mandante el inmueble objeto de la presente medida, completamente libre de bienes muebles, personas, joyas, dinero en efectivo de cualquier denominación y/o documentos comerciales.-Es todo.- Se hace presente en el inmueble un ciudadano quien manifiesta ser y llamarse Ricardo De Armas Massaguer, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 51.795, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando el demandado en el presente proceso, ciudadano Alberto Gómez Oropeza, antes identificado, encontrarse asistido en este acto por el prenombrado abogado.-Es todo.- El Tribunal, cumplida como ha sido su misión concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo la una y treinta minutos de la tarde.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,
ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA LOS APODERADOS ACTORES
EL DEPOSITARIO JUDICIAL EL DEMANDADO Y ABOGADO ASISTENTE
EL DEPOSITARIO JUDICIAL
LA SECRETARIA EL PERITO AVALUADOR
ABG. JOSEFA MANTILLA
EXP. 10-2812