REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 13 de agosto de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2008-002308
ASUNTO : JP01-P-2008-002308


Penado: LUIS ENRIQUE MARTINEZ HERNANDEZ
Delito: Robo Genérico
Decisión: Nuevo Cómputo por Redención de la Pena.-


NUEVO CÓMPUTO DE PENA POR REDENCIÓN


En virtud del Auto de Redención de Pena, dictado en favor del penado LUIS ENRIQUE MARTINEZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.272.996, este Juzgado pasa a practicar un nuevo cómputo de detención, conforme a lo ordenado por el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, en su último aparte. Para ello se observa:

El ciudadano LUIS ENRIQUE MARTINEZ HERNANDEZ, en fecha 10-02-2009 fue condenado con por el Juzgado de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal.

Se desprende de las actas que el penado fue detenido por primera vez, en fecha 04 de Abril de 2008 hasta la presente fecha 13-08-2010, lo que da un tiempo de detención DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES y NUEVE (09) DIAS, al cual se le suma a la redención acordada el día de hoy, por el tiempo de ONCE (11) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS, determinándose que ha cumplido de la pena impuesta el tiempo de TRES (03) AÑOS, TRES (03) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS, faltándole por cumplir de las penas acumuladas un tiempo de OCHO (08) MESES Y DOS (02) DIAS DE PRISION, la cual cumplirá el día 15 de Abril de 2011. Y así se decide

Se puede observar de los autos que al penado de marras se le aperturo de oficio de oficio el procedimiento para optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, no obstante, hasta la presente fecha no se le ha realizado el examen psicosocial; igualmente se puede constatar que el referido penado ha cumplido más ¾ partes de la pena razón por la cual puede optar a la Gracia de conmutación de resto de la pena en confinamiento.

DISPOSITIVA

Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 03 del Circuito Judicial Penal de Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: Se Práctica nuevo cómputo de detención al condenado LUIS ENRIQUE MARTINEZ HERNANDEZ, venezolano, natural de esta ciudad, nacido el 02-07-1982, de 29 años de edad, soltero, profesión u oficio obrero, hijo de Pedro Ramón Martínez y de Azucena Margarita Hernández de Martínez, titular de la cedula de identidad Nº 17.272.996, residenciado en la Avenida Fermín Toro, Sector El Mamón, Casa Nº 02, tipo rancho de color rosado, cerca de una bodega, San Juan de los Morros estado Guárico, actualmente en el Internado Judicial de san Juan de los Morros, estableciendo que cumplirá la totalidad de la pena el 15 de Abril de 2011; igualmente que tiempo superado para optar a la Gracia de Conmutación de la pena en confinamiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 Ord. 1º, 482, 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal y 52 del Código Penal.

Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido, remítase copia certificada al centro penitenciario donde se encuentra recluido el penado.
LA JUEZA DE EJECUCION Nº 03

ABG. ELVIA GARCÍA REQUENA

LA SECRETARIA

ABG. JOHANA CANCINE