REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico
San Juan de los Morros, once (11) de agosto de 2010
200° y 151

ASUNTO: JP31-R-2010-000088

En el día de hoy once (11) de agosto de 2010, siendo las once (11:00) horas de la mañana oportunidad en la cual se realizó la prolongación de la audiencia en el asunto JP31-R-2010-000075, encontrándose presentes los abogados, ONELLA YSABEL PADRON ALVAREZ, inscrita en el instituto de previsión del abogado bajo el N° 107.707, y RAMON VASQUEZ BRICEÑO, inscrito en el instituto de previsión del abogado bajo el N° 96.802 quienes finalizada la audiencia en el referido asunto, solicitaron al Juez, se constituyera a los efectos de presentar transacciones en los asuntos signados con los números JP31-R-2010-000056 y JP31-R-2010-000088, cuyas audiencias se encuentran previstas para el día viernes 13 de agosto de 2010 y el día 30 de septiembre de 2010, respectivamente, a los efectos de que verificados los extremos en los cuales fueron celebrados las mismas proceda a impartir la homologación, salvando expresamente los puntos relativos a la diferencia salarial, descuentos que exceden el máximo legal, y domingos legales; en este estado, vista la solicitud de las partes y verificado que, en los casos concretos señalados, la representación judicial de las mismas, se encuentra delegadas a los abogados solicitantes, se constituye el Tribunal a estos efectos; y en consecuencia se pasa a revisar los extremos en los cuales fueron suscritas las transacciones presentadas, revisadas las cuales, Este Juzgado HOMOLOGA PARCIALMENTE la transacción presentada en el asunto JP31-R-2010-000088, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 9 y 10 de su Reglamento, y prolonga la celebración de la audiencia del presente asunto para el día martes 21 de septiembre de 2010, a las diez (10:00am), horas de la mañana, a los fines de resolver los tres puntos controvertidos los cuales se encuentran señalados anteriormente. Se ordena agregar a los autos la transacción celebrada y la presente decisión, quedando así sin efecto la audiencia fijada para el día 30 de septiembre de 2010.Y así se decide.

EL JUEZ,

ABOG. ADRIAN MENESES
PARTE DEMANDADA RECURRENTE
PARTE DEMANDANTE

EL SECRETARIO,

ABG. REINALDO USECHE