REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN DE ADOLESCENTES
CORTE SUPERIOR
Caracas, 14 de diciembre de 2010
200° y 151°
RESOLUCIÓN Nº 1221
EXPEDIENTE Nº 1Aa 767-10
JUEZ PONENTE: MIGUEL ANGEL SANDOVAL
ASUNTO: Recurso de apelación interpuesto en fecha 18 de noviembre de 2010, por el ciudadano MARCO CIMINO, Defensor Público 4° de Adolescentes, en contra de la decisión dictada en la audiencia preliminar celebrada en fecha 11 de noviembre de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia en función de Control Nº 6, de esta misma Sección, mediante la cual acordó imponer al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) la medida cautelar de Prisión Preventiva de conformidad con lo establecido en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
VISTOS: La Corte a los fines de resolver sobre la admisibilidad del recurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 450 tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por disposición expresa del artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, observa:
ÚNICO
Examinado el escrito recursivo, esta Alzada constata que la defensa se concreta a impugnar, la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en función de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó imponer al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) la medida cautelar de Prisión Preventiva, conforme a lo establecido en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Ahora bien, observa esta Corte Superior que, la decisión recurrida es una decisión que autoriza la prisión preventiva del (IDENTIDAD OMITIDA), apelable por expresa disposición del literal “c” del artículo 608 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el recurso ha sido ejercido por el Defensor Público 4º de Adolescentes, dentro del lapso legal, cumpliendo el escrito presentado prima facie con los requisitos de legitimación, agravio, temporalidad y fundamentación, a que se contraen los artículos 433, 435, 436 y 448 todos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por disposición del artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En consecuencia, se admite a trámite el recurso de apelación interpuesto por la defensa y su procedencia será resuelta dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación del presente auto, tal como lo establece el tercer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, admite a trámite el recurso de apelación interpuesto por la Defensor Público Cuarto (4°) de la Sección de Adolescentes, y su procedencia será resuelta dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, tal como lo establece el artículo 450 del tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal
Regístrese, publíquese y notifíquese.
El Juez Presidente,
MIGUEL ANGEL SANDOVAL
PONENTE
Las Juezas,
MARÍA ESPERANZA MORENO ZAPATA
LIZBETH KARÍN LUDERT SOTO
La Secretaria,
DESIREE SCHAPER
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,
DESIREE SCHAPER
EXP. Nº 1Aa 767-10
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