REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, primero (01) de diciembre de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-S-2010-001418
Visto el escrito que antecede contentivo de la transacción presentada por el abogado CÉSAR SANTANA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.892, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, SOFTWARE AG VENEZUELA C.A., y por el ciudadano OSMÁN RAMÓN SÁNCHEZ ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N° 4.679.899, en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por el abogado JESÚS MIJARES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 135.349, mediante la cual la parte oferente ofrece la cantidad de Bs. 20.167,82, a la parte oferida, mediante cheque de gerencia N° 00643362, girado contra la cuenta N° 01080948730900000019, del Banco Provincial, de fecha 19 de noviembre de 2010, el cual recibe a su mas cabal y entera satisfacción; en consecuencia este Juzgado vista que la misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa, dándole efecto de cosa juzgada.
LA JUEZ
EL SECRETARIO
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
CARLOS MORENO
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