REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primea Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres de diciembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : AP21-L-2010-005375

Vista la diligencia de f echa 01 de diciembre de 2010, suscrita por el ciudadano OSCAR RAMON VARGAS ARAQUE, en su carácter de parte actora, debidamente representado por su apoderado judicial JOEL J. SIERRALTA P, mediante la cual desiste del presente procedimiento y así mismo solicita le sea devuelto el poder original, el Tribunal visto el desistimiento planteado por el actor lo homologa en los mismos términos expuestos y acuerda la devolución del documento poder original que riela del folio 55 al 56 del expediente, previa certificación por secretaria de copia fotostática, que será colocada en su lugar, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 21 ordinal 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

El Juez

El Secretario

Abg. Olga Romero


Abg. Carmen Leticia Romero