REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Décimo Octavo (18º) de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de diciembre del año dos mil diez (2010)
200º y 151º


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-004147
DEMANDANTE: CARLOS LUIS MENDOZA BANQUETT
APODERADO JUDICIAL DEL DEMANDANTE: No acreditó.
PARTE ACCIONADA: PANADERÍA Y PASTELERÍA ROSALBA, C.A.
TERCERO INTERVINIENTE: PANADERÍA Y PASTELERÍA CUEVA DE IRIA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONADA Y DEL TERCERO INTERVINIENTE: KUNIO HASUIKE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES


En el día hábil de hoy, nueve (09) de diciembre del año dos mil diez (2010), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, a la cual asistió únicamente el abogado Kunio Hasuike, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 72.979, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada y del tercero interviniente, según consta de instrumentos poder cursantes en el expediente; se deja expresa constancia de la incomparecencia del accionante a la realización de este acto, en virtud de lo cual, en atención a lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 200° y 151º.

La Juez,
El Secretario,
Abg. María Mercedes Millán
Abg. Santos Murati