REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición
Caracas, diez (10) de diciembre de dos mil diez (2010)
200º y 151º

ASUNTO: AP51-J-2010-018366
Vistas las actas que conforman el presente asunto, es especial al acta levantada en esta misma fecha, en la cual se evidencia que no comparecieron:1) el ciudadano JACQUELINE XIOMARA AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.140.254; 2) los testigos propuestos; y 3) el ciudadano AGUSTIN ALBERTO AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula identidad N° V-2.977. 821, en su carácter de parte solicitante en el presente asunto; este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 514 de la Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA EXTINGUIDO el procedimiento de la solicitud de CARGA FAMILIAR. A tal efecto, se le hace de su conocimiento a las parte solicitantes, que podrán intentar nuevamente la solicitud, transcurrido un (01) mes, contados a partir del día siguiente al de hoy. Así se Decide.
La Juez,

Abg. ROSA CARABALLO.
La Secretaria,

Abg. ALICIA GÚZMAN.
RC/AG/K