REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Tribunal Sexto (6to) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Niños Niñas y Adolescentes.
Caracas, seis (06) de diciembre de 2010.
Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación


ASUNTO: AP51-J-2010-019391
Vista la aceptación al cargo de Curador Ad-Hoc, hecha por la ciudadana WILLIAMS JOSE BLANCO CONDADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-13.614.506, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, esta Juez del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el artículo 110 del Código Civil Vigente, DISCIERNE en la persona de la ciudadana WILLIAMS JOSE BLANCO CONDADO, antes identificada, el cargo de CURADOR AD-HOC de la niña SE OMITE EL NOMBRE DE CONF. CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, hija del solicitante, ciudadano FERNANDO JOSÉ BLANCO CONDADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-19.088.729. Expídase por Secretaría copias certificadas de la presente decisión y de las actuaciones que conforman el presente asunto, y remítanse al Coordinador de la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial, para que sean entregadas a la parte interesada, una vez se aporten los fotostatos respectivos. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

ABG. NURYVEL A. PEÑA GONZALEZ.
ABG. KATERY ROJAS.

AP51-J-2010-019391