REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial
Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control 03
Circuito Judicial Penal del Estado Guárico
San Juan de los Morros, 08 de Noviembre del 2010
200º y 151º

Asunto Principal: JP01-P-2010-005571
Asunto: JP01-P-2010-005571

Corresponde a este Tribunal conocer y decidir la solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscalía 19º del Ministerio Público, quien lo hace sobre la base de lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, lo cual pasa a hacer previo a las siguientes consideraciones:

Las actuaciones tuvieron su inicio en fecha 14-06-2010, en virtud de Denuncia formulada por el ciudadana GENESIS ISAMAR COLMENARES manifestando “ Resulta que el sábado 12 de este mes y año estábamos en nuestra casa, cuando llegaron CARLOS COLMENARES Y MENDOZA con un escándalo e insultando …“. Dándose inicio a la correspondiente averiguación y practicándose todas las diligencias de investigación para el esclarecimiento de los hechos.


Fundamentos de hecho y de derecho

Señala el Ministerio Público, que al revisar los elementos que conforman la presente causa, se infiere que nos encontramos en presencia del delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Al órgano investigador se le ha imposibilitado incorporar nuevos elementos o datos a la presente investigación que permitan a esta representación soportar un acto conclusivo diferente a éste, considerando esa Representación del Ministerio Publico que en la presente investigación, no se evidencia que haya quedado comprobado como medio de prueba el delito mencionado, y al no existir elementos que permitan al Ministerio Publico formalizar acusación penal, ya que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, se hace procedente y ajustado a derecho declarar Con Lugar la solicitud fiscal de sobreseimiento de la causa, sin necesidad de convocar a las partes a una audiencia, ya que no hay elementos que debatir. Y así se decide:

Dispositiva:

El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa Nº 12F19-0319-10 donde aparece como victima GENESIS ISAMAR COLMENARES MARQUEZ; ello conforme lo dispuesto en los artículos 318 ordinal 4º, 321 y 324 todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, publíquese y notifíquese la presente decisión. Déjese Copia.
La Juez


Abg. Maggira Mecia

La Secretaria

Abg. Oscarina Melo