REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUÁRICO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
San Juan de los Morros, 20 de Diciembre de 2010

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2010-006295
ASUNTO : JP01-P-2010-006295

INVESTIGADOS: ASOCIACION CIVIL “ORGANIZACIÓN COMUNITARIA DE VIVIEND LOS CEREZOS II”
DENUNCIANTE: YOGER GERMAN QUEVEDO HERNANDEZ.
DELITO: ESTAFA
DECISIÓN: SIN LUGAR MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA.-

Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en virtud de la solicitud de MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA presentada por la Fiscal 1° del Ministerio Público del Estado Guárico, Abg. MARIA GABRIELA PEÑA NACAR, en relación a la investigación penal N° 12F01-1349.10 por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad iniciada por denuncia común interpuesta por el ciudadano YOGER GERMAN QUEVEDO HERNANDEZ .

Una vez visto el escrito y sus anexos el Ministerio Público no fundamento la Decisión, explicando detalladamente las razones por las cuales solicita la medida Innominada por lo que este Tribunal ordena remitir el asunto Penal a la Fiscalía 1º del Ministerio Público a los fines de la subsanación correspondiente de conformidad con lo previsto en el articulo 550 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Remitase .Cúmplase.-
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. MAGGIRA MECIA
EL SECRETARIO,


Abg. JORGE TESARE

21 de Diciembre de 2010
ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2010-006295