REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 08 de Diciembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2008-004440
ASUNTO : JP01-P-2008-004440

Penado: LUIS ALFREDO VALDIVIA ALAS
Delitos: ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR
Decisión: Nuevo Cómputo por Redención de la Pena.-

NUEVO CÓMPUTO DE PENA POR REDENCIÓN


En virtud del Auto de Redención de Pena, dictado en favor del penado LUIS ALFREDO VALDIVIA ALAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- Nº 18.908.153, este Juzgado pasa a practicar un nuevo cómputo de detención, conforme a lo ordenado por el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, en su último aparte. Para ello se observa:
Primero: El ciudadano LUIS ALFREDO VALDIVIA ALAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- Nº 18.908.153, fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, por ser responsable en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 05 y 06 ordinales 1, 2 y 3 de la ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores.
El precitado penado, fue detenido por primera y única vez el 08-12-2008, permaneciendo detenido hasta el día de hoy 08-12-2010, lo que indica que a la fecha lleva un tiempo de cumplimiento de pena de DOS (02) AÑOS. A este tiempo de detención hay que sumarle el tiempo de redención realizada en es esta fecha (08/12/2010) de DIEZ (10) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS, lo que totaliza en consecuencia DOS (02) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS de pena cumplida, faltándole por cumplir de la pena impuesta: UN (01) AÑO, UN (01) MES y UN (01) DÍA, pena que cumplirá el día 09-01-2012.

DISPOSITIVA:

El Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución 03 del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Practica nuevo cómputo de detención del penado LUIS ALFREDO VALDIVIA ALAS, venezolano, natural de Calabozo Estado Guárico, nacido el 30-08-1987, de 22 años de edad, soltero, profesión u oficio obrero, hijo de ROSA ALAS (V) y de OMAR VALDIVIA (F), titular de la cedula de identidad Nº 18.908.153, residenciado en la Urbanización Francisco de Miranda, calle 03, casa Nº 34 cerca del Circuito Judicial Penal de Calabozo, Estado Guárico, actualmente recluido en la Penitenciaría General de Venezuela, estableciendo que cumplirá la totalidad de la pena el 09 de Enero de 2012.

Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido. Remítase copia certificada del presente auto a la Dirección del Internado Judicial de San Juan de los Morros, con sus respectivos oficios. Cúmplase.-
LA JUEZA DE EJECUCION Nº 03

ABG. REBECA CRISTINA MANZANARES

LA SECRETARIA

ABG. OSCARINA MELO