En fecha 17 de Noviembre del año 2010, los ciudadanos: OSCAR ÁNGEL SEIJAS y MARIA YNOCENCIA RAMÍREZ DE SEIJAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.784.944 y V-8.999.590, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio Carlos Alfredo Sánchez Zurita, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 50.895, presentaron escrito de solicitud de divorcio, por ruptura prolongada de la vida en común y manifestaron que desde hace más de cinco (05) años están separados. Para decidir, este Juzgado hace las siguientes consideraciones:

PRIMERO

En este procedimiento, se ha dado cabal cumplimiento a los trámites legales consagrados en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano.
La Fiscal del Ministerio Público, quien fuera legalmente citada, no hizo oposición alguna.