En el día hábil de hoy, viernes veintidós (22) de enero de 2010, siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, incoado por el ciudadano JAIRO ENRIQUE GOMEZ NIETO en contra de CUREX C.A. por motivo de ENFERMEDAD OCUPACIONAL, previo anuncio de Ley se le dio inicio a la misma, compareciendo por ante este JUZGADO SÈPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, el apoderado judicial del actor abogado FRANK TORRES, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el número 35.926, quien en lo sucesivo y a los efectos de esta Acta, se denominará “DEMANDANTE”. Y por la parte accionada, “CUREX C.A”, su apoderado judicial abogado EMEREGILDO DELGADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el número 101.023, quien en lo adelante se denominará “DEMANDADO”. En este estado, el apoderado de la parte demandada expone: Con la finalidad de dar por terminado el presente juicio propongo pagar al demandante, la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.F 35.000,00), por todos y cada uno de los conceptos descritos en la demanda con motivo de la enfermedad ocupacional, los cuales serán cancelados en este acto mediante cheque N° 76001013, de la entidad Bancaria Banco Venezuela, a nombre del trabajador, consignado en este mismo acto, seguidamente el apoderado del actor, expuso: “Acepto la propuesta hecha por la demandada y estoy de acuerdo con la misma, así mismo declaro que recibo en este acto el mencionado cheque. Vista la manifestación de las partes y por cuanto la misma no vulnera derechos ni normas jurídicas este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Declara HOMOLOGADO, el acuerdo pactado entre las partes y le adjudica el carácter de cosa juzgada a dicho acuerdo, y ordena el archivo del expediente. Es todo, Termino, Se leyó y conforme firman.

LA JUEZ,

ABG. YELITZA JOSEFINA LOPEZ




ABOGADO APODERADO
DEL DEMANDANTE



ABOGADO APODERADO
DE LA DEMANDADA


LA SECRETARIA,

ABG. NINOLYA SUAREZ