REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
Caracas, quince de enero de dos mil diez
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-004845.-
Visto el escrito de Transacción presentado por las partes, en fecha 13 de Enero de 2010, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, el cual cursa a los folios 46 al 52; este Juzgado en consecuencia le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción por la cantidad de CIENTO DIEZ MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 110.000,00) ; y por cuanto se evidencia de dicho escrito que no fue cancelada la deuda acordada en la referida transacción, este Tribunal deja constancia que una vez que conste en autos que se le pago al actor lo acordado, se procederá a dar por terminado el presente juicio, ordena el archivo y cierre informático de este asunto.-
LA JUEZ
ABG. MILAGROS JIMÉNEZ
LA SECRETARIA
ABG. YRMA ROMERO
MJ/YR/ana.