REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO AGRARIO

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO AGRARIO. Caracas, once (11) de enero de dos mil diez (2.010).
199° y 150°


Visto que el día 14 de octubre de 2.009 se acordó suspender la audiencia oral de informes para el tercer (3er) día de despacho siguiente a que constara a las actas del expediente las resultas de las pruebas de oficios que se acordaría practicar por auto separado, y visto que en fecha 13 de noviembre de 2.009, se dictó el referido auto, a través del cual se ordenó la realización de dos (2) pruebas de informes en el presente juicio, en ese sentido ordenó oficiar en primer término al Instituto Nacional de Obras Sanitarias, hoy Hidrocapital en su sede central; en segundo término se ordenó oficiar al Instituto Nacional de Parques (Inparques), a los cuales se les concedió un lapso de diez (10) días de despacho, computados a partir del día de despacho siguiente a que constara en autos la última de las notificaciones, a los fines que tales entes cumplieran con la orden impartida por este tribunal, y en caso contrario se entendería que han informado negativamente. Y visto asimismo que el alguacil de este juzgado en fechas 24 y 26 de noviembre de 2.009, realizó las consignaciones de las notificaciones del Presidente del Instituto Nacional de Parques (INPARQUES)y Presidente de Hidrocapital, respectivamente; y la inspección judicial oficiosa se realizó el día 4 de diciembre 2.009. Y en virtud que hasta la presente fecha no se han recibido las resultas de las pruebas de informes antes mencionadas, es por lo que este tribunal entiende que las mismas han sido respondidas negativamente, y por tal motivo fija para el tercer (3er) día de despacho siguiente al de hoy a las doce meridiano (12:00 m.) la oportunidad para que se lleve a cabo la continuación de la audiencia oral de informes.
EL JUEZ,


ABG. HARRY GUTIÉRREZ BENAVIDES.

LA SECRETARIA,

ABG. CARMÍ J. BELLO M.


















EXPEDIENTE N° 2008-CA-5126.
HGB/CJBM.