REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, de enero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AP11-V-2009-000939
Vista la diligencia de fecha 14 de enero de 2010, suscrita por el abogado Mark Anthony Melilli Silva, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 79.506, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual requiere sea decretada la ejecución de la transacción celebrada el pasado 27 de noviembre de 2009. Este Tribunal ordena los fines de proveer hace las siguientes consideraciones:
En fecha 14 de agosto de 2009, este Juzgado admitió la reforma de la demanda presentada por la representación judicial de la parte actora.
Posteriormente, mediante diligencia de fecha 27 de noviembre de 2009, suscrita por los abogados Mark Anthony Melilli Silva y Freddy Rafael Álvarez Araujo, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los Nros. 79.506 y 137.477, respectivamente, el primero en su carácter de apoderado judicial de la parte actora y el segundo en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual consignan transacción judicial suscrita en fecha 27 de noviembre de 2009, solicitando su homologación.
Ahora bien, si bien es cierto que las representaciones judiciales de las partes intervinientes en juicio consignaron transacción judicial suscrita en fecha 27 de noviembre del año próximo pasado, no es menos cierto que la misma no ha sido objeto de pronunciamiento alguno por parte de este Tribunal; y como quiera que es a través de la homologación la misma adquiere carácter de cosa juzgada, requisito indispensable para poder solicitar su ejecución, este Juzgado niega el pedimento formulado por el apoderado actor y ordena pronunciarse por auto separado respecto de la procedencia o no de la transacción celebrada en fecha 27 de noviembre de 2009. Cúmplase.
La Juez
María Rosa Martínez La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
Hora de Emisión: 11:20 AM
Asistente que realizo la actuación: Daniel