REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, (28) de ENERO de 2.010
199° y 150°
Vista la solicitud de Declaración de Único y Universal Herederos que encabezan las presentes actuaciones, así como la Justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, Declara Único y Universal Heredero, a favor de los ciudadanos PABLO LUIS YANES VILLANUEVA, ANGEL DOMINGO CUBERO VILLANUEVA y GREGOR JOSÉ CUBERO VILLANUEVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.601.314, V-13.290.796 y V-1.866.900, respectivamente, causahabiente de la ciudadana EUGENIA ISABEL VILLANUEVA DE CUBERO, quien fuera titular de la cédula de identidad Nº V-1.757.872, fallecido Ab-Intestato, el 1 de noviembre de 2004, de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, - Devuélvase la solicitud en original con sus resultas. Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.-
LA JUEZ,


DRA. INDIRA PARIS BRUNI
LA SECRETARIA,

ABOG. MARIELA ARZOLA P.
IPB/MAP/john.-
Exp: AP31-S-2009-002736.-