REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 22 enero de dos mil diez (2010)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-004738

Visto el escrito de transacción constante de cuatro (4) folios útiles, presentada en fecha 19 de Enero de 2009, por el Abogado José Márquez, inscrita con el IPSA N° 65.590, abogado asistente de la parte actora José Manzanilla y por la parte la empresa CONSORCIO CONTUY MEDIO GRUPO GRIPO A, representada por el Abogado RAFAEL PERAZA, inscrita con el IPSA N° 9.298, este Tribunal observa que la misma cumple los requisitos que a tales efectos exige el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo; en consecuencia, este Juzgado Tribunal Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción celebrada por las partes en el presente juicio; en tal sentido, se deja constancia que se dará por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente una vez conste en autos el ultimo pago acordado. Déjese copia del presente auto que formará parte de la auto composición procesal de este Juzgado. Así se Establece.

La Juez

La Secretaria

Abg. Mónica Quintero

Abg. Olga Díaz