REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 5
Caracas, quince de enero de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO: AP51-V-2007-020582

Revisadas las actas que conforman el presente expediente, y dando cumplimiento a lo ordenado por la Corte Superior Segunda de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en sentencia de fecha 14 de octubre de 2009 en el recurso numero AP51-R-2009-010291, este despacho visto que la causa sentenciada versa sobre una Fijación de Obligación de Manutención, juicio en los cuales ha sido criterio de la alzada la improcedencia de medidas cautelares, aunado a que con el descuento directo ordenado en la sentencia dictada por esta Juzgadora en fecha 13 de mayo de 2009, se garantiza el cumplimiento del quantum alimentario, se Acuerda Levantar la Medida Preventiva de Embargo decretada en fecha 12 de febrero de 2009, sobre la Cuenta de Ahorros Nº 0134-0124-16-1242012794 del Banco Banesco, de la cual es titular el ciudadano JUAN VASQUEZ GUEVARA, titular de la cédula de identidad Nº 13.822.926, en su carácter de parte demandada en el presente proceso. En tal virtud, se ordena Oficiar a la mencionada Entidad Bancaria a los fines que se sirva realizar los trámites pertinentes en relación al levantamiento de dicha medida. Cúmplase.-
LA JUEZ,
LA SECRETARÍA,
Abg. JURAIMA JAUREGUI ARAQUE.
Abg. YELITZA GUARAMACO