REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 05
Caracas, 28 de Enero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-019449
Vistas y revisadas cuidadosamente las actas procesales que conforman el presente asunto en especial el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de Curador Especial, por parte de la ciudadana DILIA ROSA BOLIVAR SALAZAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.666.553; este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Código Civil, DISCERNIR en la ciudadana DILIA ROSA BOLIVAR SALAZAR, antes identificada, el cargo de CURADORA ESPECIAL, en beneficio del niño ( se omite su identificacion de conformidad conformidad con el artículo 65 LOPNNA). Expídanse por Secretaria las copias certificadas que sean requeridas por los interesados de la presente decisión así como del escrito de solicitud, una vez sean consignados los fotostatos requeridos por la solicitante. Cúmplase con lo ordenado.-
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Juraima Jauregui Araque.
Abg. Yelitza Guaramaco
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