REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.- San Juan de los Morros, Siete (07) Días del Mes de Enero del Año Dos Mil Diez (2.010).-

199º y 150º


Vista la Inhibición que cursa al folio Nº Uno (01) de este expediente, fechado el día Ocho (08) de Diciembre del Año Dos Mil Nueve (2009), formulada por la Abogada Esthela Carolina Ortega, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el Juicio que por REIVINDICACIÓN, es seguido por la ciudadana MEDARDA PRAJEDES SISO RODRÍGUEZ, contra la ciudadana FABIOLA ALEJANDRA BLANCO TORRES, en la cual expuso:

“…Se desprende de las actas que componen el presente expediente, que en fecha 25 de mayo de 2009, quien suscribe, dictó sentencia de fondo en el presente juicio de REIVINDICACIÓN interpuesto por MEDARDA PRAJEDES SISO RODRÍGUEZ contra FAVIOLA ALEJANDRA BLANCO TORRES, asimismo, con motivo de apelación interpuesta por el entonces defensor judicial del demandado, en fecha 24 de septiembre de este mismo año, el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, dicta sentencia donde se ordena la reposición de la presente causa al estado de que, se nombre un nuevo defensor Ad Litem, por lo tanto, forzoso es, inhibirme de continuar conociendo, ya que al haber emitido opinión, como se dijo antes, estamos frente al suspuesto contenido en el ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil...”

Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha legal y fundamentada en la causal preestablecida, se declara CON LUGAR dicha Inhibición por ser procedente y en consecuencia se procede a remitir estas actuaciones al Juzgado de la causa, a los fines legales consiguientes.
El Juez Titular,



Dr. Guillermo Blanco Vázquez
La Secretaria,



Abg. Shirley Corro


En esta misma fecha se remite al Juzgado de la causa, constante de una (01) pieza con trece (13) folios útiles y Oficio Nº _______
La Secretaria,



Exp. Nº 6.650-09
GBV/sc/jm