REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 18 de enero de 2010
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: JP01-P-2005-003998
ASUNTO : JP01-P-2005-003998


PENADO: ROGER BERNARDO CAFRUNES RODRIGUEZ
DECISION: SOLICITUD DE LIBERTAD PLENA

Que el penado ROGER BERNARDO CAFRUNES RODRIGUEZ, fue condenado mediante sentencia por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Mixto en función de Juicio Nº 01 del Circuito judicial Penal del Estado Guarico, en fecha 09-03-2006, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del Delito de TENTATIVA DE ASALTO A TAXI, previsto y sancionado en el articulo 357, ultimo aparte en relación con el articulo 80 ambos del Código Penal.
Ahora bien, se observa de las actas procesales que el penado ROGER BERNARDO CAFRUNES RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 22.886.001, estuvo detenido por primera vez en fecha, 30-08-2005, permaneciendo detenido, hasta la fecha de hoy, 18-01-2010, dando un tota de detención de CUATRO (04) AÑOS, ONCE (11) MESES, VEINTINUEVE (29) DIAS, DOCE (12) HORAS, de acuerdo al ultimo computo de fecha, 11-11-2009, consideraciones por las cuales este Tribunal deberá decretar la libertad plena por cumplimiento de la pena impuesta, el día de hoy 18-01-2010, a las doce meridiem, al penado .Y así se decide

DISPOSITIVA

Es por lo que este Tribunal de Ejecución N°. 02 actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA lA LIBERTAD PLENA del Ciudadano ROGER BERNARDO CAFRUNES RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, natural de San Juan de los Morros, Estado Guárico, donde nació en fecha 19-07-1980, por cumplimiento definitivo de pena. Es por ello que este Tribunal de Ejecución, Nº (02), del Circuito Judicial Penal, con sede en san Juan de los Morros, Estado Guárico, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de su Ley, da por concluido el presente Asunto Penal, por cumplimiento de pena del penado ROGER BERNARDO CAFRUNES RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.886.001, a tal efecto decreta su libertad plena. Ofíciese lo Conducente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, a los fines de exclusión. Líbrese boleta de excarcelación. Ofíciese lo conducente al sitio de Reclusión. Notifíquese. Diarícese. Anótese. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.
EL JUEZ,

IGOR EDUARDO ACOSTA HERRERA
LA SECRETARIA

MARIA ASTRID CARRERA