Republica Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.

ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 8114
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE (s): JESUS RAFAEL LORETO CONTRERAS, FIDEL ARTURO LORETO CONTRERAS y MARIA JOSEFINA LORETO CONTRERAS.

En relación a la solicitud de fecha 31 de marzo del año 2009, suscrita por los ciudadanos JESUS RAFAEL LORETO CONTRERAS, FIDEL ARTURO LORETO CONTRERAS y MARÍA JOSEFINA LORETO CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, el primero casado, soltero y soltera, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nros: V.4.670.710, V.7.277.334, y V.9.885.506, respectivamente, asistidos de abogado, donde solicitan en su condición de hijos sean declarados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus JESUS RAFAEL LORETO PELAYO, quien falleció ab-intestato el día 28 de enero del año 2.009, en esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico.

Del folio 16 al folio 19 de la presente solicitud, corren partidas de nacimiento de los ciudadanos GRECIA YAHIRA HERNÁNDEZ, ALEXANDER RAFAEL HERNÁNDEZ, LUIS RAFAEL HERNÁNDEZ, consignadas en copias simples, por lo que no se le pueden dar valor probatorio y además no contribuyen a demostrar su filiación con el de cujus.

Por lo tanto, el tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por este juzgado, en fecha 29 de abril del año 2009, promovido por los mencionados ciudadanos, y visto asimismo el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Con Lugar la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y en consecuencia declara conforme a los autos a los ciudadanos: JESUS RAFAEL LORETO CONTRERAS, FIDEL ARTURO LORETO CONTRERAS y MARÍA JOSEFINA LORETO CONTRERAS, antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de-cujus JESUS RAFAEL LORETO PELAYO, quien falleció ab-intestato, el día 28 de enero del año 2.009, en esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, según acta de defunción Nº: 78, emanada del Registro Civil del Municipio Juan Germán Roscio, San Juan de los Morros, Estado Guárico. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil diez (2010). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

La Jueza,
La Secretaria,
Abg. Esthela Carolina Ortega Velásquez Abg. Marisel Peralta Ceballos.


En la misma fecha siendo las 10: 00 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.

La Secretaría,


ECOV/mcc
Sol. N° : 8114