REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CALABOZO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion
Calabozo, 28 de enero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : JP11-P-2005-002071
ASUNTO : JP11-P-2005-002071
RESOLUCIÓN: RÈGIMEN ABIERTO NEGADO.
PENADO: GARRIDO CARLOS JOSÉ.
Revisada la presente causa, se observa que cursan recaudos relacionados con el procedimiento a los fines del Régimen Abierto al penado GARRIDO CARLOS JOSÉ, venezolano, mayor de dad, natural de San Fernando de Apure, Estado Apure, nacido el 29-01-1970, de estado civil casado, de Ocupación Albañil, residenciado en la Calle Yaguan, nº 47, de la mencionada ciudad y titular de la cédula de identidad V-12.325.791. No obstante, se ha recibido Informe Técnico sobre evaluación piso- social de dicho penado, emitido por los miembros de la Coordinación Regional Región Andina, Mérida Estado Mérida, quienes emitieron opinión DESFAVORABLE, sobre la base de la evaluación psicológica y emocional del penado GARRIDO CARLOS JOSÉ, en consecuencia al no reunir todos y cada uno de los requisitos previstos en el artículo 500, de la reforma vigente del Código Orgánico Procesal Penal, al existir un pronóstico negativo de conducta, se niega la fórmula alternativa de cumplimiento de pena en la modalidad de régimen abierto. ASÍ SE DECIDE. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada en el archivo de este Tribunal. CÚMPLASE.
LA JUEZ,
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ABG. DAYSY CARO CEDEÑO DE GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA,
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ABG. NORA VACCA