REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio 03
Circuito Judicial Penal de Valle de la Pascua
Valle de La Pascua, 19 de Enero de 2010
199º y 150º
Asunto Principal: JP21-P-2006-003042
Asunto: JP21-P-2006-003042
Decisión: Auto constituyendo tribunal en unipersonal
Revisadas como han sido las actas que conforman la presente pieza jurídica, observa este tribunal lo siguiente:
Primero: En fecha 13 de Marzo de 2009, se celebró audiencia preliminar en la presente causa, ante el Tribunal de Control 02 de este Circuito Judicial Penal, en la que el referido tribunal Admitió la acusación interpuesta por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público contra los ciudadanos Rito José Becerra Vargas y Fernando José Ramírez Molletones, por los delitos de robo agravado en grado de tentativa, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el artículo 80 y porte ilícito de arma de fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal, por los hechos ocurridos el día 26 de octubre de 2008, y ordenó la correspondiente apertura a juicio oral y público
Fueron recibidas las actuaciones en este Tribunal en fecha 09 de Octubre de 2009, procediéndose a la fijación del sorteo de escabinos conforme a lo dispuesto en el artículo 163 del Código Orgánico Procesal Penal, para la debida constitución del tribunal mixto
La audiencia de constitución de tribunal mixto de ha diferido en varias oportunidades, tal y como consta en las actas que conforman el presente asunto jurídico, por inasistencia de los ciudadanos escabinos que fueron sorteados
Segundo: En fecha 04 de septiembre, fue publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5930, la reforma parcial del Código Orgánico Procesal Penal, la cual en su artículo 164 tercer aparte, establece: “Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escabinas, el juez o jueza profesional constituirá el tribunal de forma unipersonal”
Sobre la base legal de las anteriores disposiciones, y tomando en cuenta que en el presente caso no se ha podido constituir el tribunal mixto por inasistencia de los escabinos seleccionados, realizándose incluso sorteo extraordinario sin resultados positivos, quién decide considera que lo procedente y ajustado a derecho, dada la entrada en vigencia de la reforma parcial del Código Orgánico Procesal Penal, es declarar la constitución del tribunal de manera unipersonal y convocar a las partes a la celebración del juicio oral y público. Y así se decide:
Dispositiva:
El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara constituido el Tribunal Unipersonal en la presente causa seguida al ciudadano Rito José Becerra Vargas, venezolano, natural de esta ciudad, de 24 años, casado, taxista, hijo de Gregoria Montaralis y Jackson Alexander Becerra, residenciado en calle el salvador, casa N° 70, del barrio Carlos Pérez de esta ciudad y titular de la Cédula de Identidad No.18.038.036 y Fernando José Ramírez Molletones, venezolano, nacido en esta ciudad, 19 años, soltero, comerciante, hijo de Orlanda Prado Molletones y José Fernando Ramírez, residenciado en el barrio El Amparo, sector Carlos Pérez, calle bucare N° 62 de esta ciudad y titular de la Cédula de Identidad 20.525.624,, a tenor de lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria 5.930 de fecha 04-09-2009, y ordena convocar a las partes y citar los medios de prueba, para la celebración del juicio oral y público, que se llevará a cabo el 24-02-2010 a las 11:00 a.m., motivado al congestionamiento de la agenda única de actos y la del tribunal
Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido. Diarícese y déjese copia.
La Jueza
Eva Lucía Arévalo de Lobo
La Secretaria,
Yadira Quintero