REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LEONARDO INFANTE, LAS MERCEDES Y CHAGUARAMAS

Vista la diligencia que antecede, contentiva de inhibición propuesta por la Juez del Despacho en fecha: 12-01-2010 y vencido como se encuentra el lapso de allanamiento establecido en el artículo: 86 del Código de Procedimiento Civil; conforme a lo dispuesto en los artículos 89 y 95 ejusdem, se ordena la remisión de copias certificadas de los folios 01 al 07 de la presente solicitud No. 10.755 de la nomenclatura de este Juzgado, al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial. En consecuencia, a los fines de la prosecución del curso de la causa, remítase dicha solicitud al Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de acuerdo a lo previsto en el artículo 93 del aludido Código de Procedimiento Civil. Líbrense oficios.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
La Juez,

Dra. Mirvia Piñango de Martínez

La Secretaria,

Abog. Eleizalde Caridad Campos Ledezma