JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-

Tucupido, 20 de ENERO de 2010.

199° y 150°

Por recibido Oficio Nº 003-10, emanado del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio José Félix Ribas del Estado Guárico, recibido en este despacho en fecha 15 de Enero de 2010, el presente acuerdo conciliatorio (anexo), efectuado entre los Ciudadanos: LUIS FERNANDO HERRERA GUARIGUATA y MAURY JOSEIDY BLANCA ARMAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.842.570 y 16.891.270, respectivamente; en relación a la Obligación de Manutención fijada entre ellos en beneficio de los niños: XXXXXXXXXXX, XXXXXXXXX, XXXXXX y XXXXXXXXXX, el Tribunal le da entrada en el Libro respectivo y su curso de Ley.- En consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, da por consumado el acuerdo conciliatorio en los términos allí establecido y le imparte su homologación.-
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño.- La Secretaria Acc;

Lcda. Mildred Moreno Soler.


EXP. Nº 944-10.
VRVB/Cayaima.