ASUNTO: JP51-L-2009-000452
PARTE ACTORA: VICTOR JEAN ZAMBRANO, Venezolano, mayor de edad, soltero, natural de Valle de la Pascua; Estado Guárico, fecha de nacimiento: 28-12-1977, titular de la cédula de Identidad número V-14.344.586, residenciado en la Población de las Campechanas, Calle Principal II al final, Casa Nº 46 de color rosada, Municipio Infante, Estado Guárico, teléfono 0426-643.46.87.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Procuradora de los Trabajadores, ciudadana CARMEN LÓPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-10.983.892, en inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 74.361, en su carácter de abogada asistente, con domicilio procesal en la calle paraíso, número 29-A, Valle de la Pascua, estado Guárico, teléfonos (0235) 341.68.23 y 0426-644.17.57.
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION COOPERATIVA TRIPLE 7, en la persona del ciudadano CARLOS CHIREL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-8.807.407, en el domicilio siguiente: calle Retumbo, entre Atascosa y 5 de Julio, Bar Las Palmitas casa de color azul con portón blanco, al lado del Auto lavado “Las Palmitas”, Valle de la Pascua, Estado Guárico.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: (NO CONSTITUYÓ).
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES.
En el día de hoy miércoles tres (03) de febrero de dos mil diez (2.010), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto, se deja constancia que se encuentra presente por la PARTE ACTORA, la Procuradora de los Trabajadores, ciudadana CARMEN LÓPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-10.983.892, en inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 74.361, en su carácter de abogada asistente del ciudadano VICTOR JEAN ZAMBRANO, Venezolano, mayor de edad, soltero, natural de Valle de la Pascua; Estado Guárico, fecha de nacimiento: 28-12-1977, titular de la cédula de Identidad número V-14.344.586, residenciado en la Población de las Campechanas, Calle Principal II al final, Casa Nº 46 de color rosada, Municipio Infante, Estado Guárico. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia Preliminar de la PARTE DEMANDADA, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, no obstante, luego de que el ciudadano Juez declaró abierto el acto e inicio el mismo, al revisar las actas que conforman el expediente y de identificadas las partes, se observa que el ciudadano VICTOR JEAN ZAMBRANO, Venezolano, mayor de edad, soltero, natural de Valle de la Pascua; Estado Guárico, fecha de nacimiento: 28-12-1977, titular de la cédula de Identidad número V-14.344.586 no compareció al acto, sin embargo se ha presentado la Procuradora de los Trabajadores, ciudadana CARMEN LÓPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-10.983.892, en inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 74.361, indicando que realizó diligencias para la ubicación del trabajador sin posibilidad alguna, por lo que el accionante ha decidido voluntariamente no seguir, por falta de interés procesal o por cualquier otro motivo, con el presente proceso, lo que no perjudica ni limita sus derechos laborales de los que son titular, aunado a la circunstancia que no hay un pronunciamiento jurisdiccional definitivamente firme que por efecto de la cosa juzgada impida ni limite ejercer nuevamente su derecho de acción, toda vez que lo que se extingue es el proceso más no se resuelve el fondo de sus pretensiones laborales y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
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