REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRICPION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 3 de febrero de 2010
199° y 150°
Visto el escrito que ntecede suscrito por ambas partes ELVIO SANTOS AIRES y la sociedad mercantil INVERSIONES DS-99 C.A.(AVANTI RISTORANTE), este Tribunal encontrándose en fase de mediación procede a revisar minuciosamente el escrito en referencia y observa que cumple con lo extremos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con los artículos 9 y 10 del Reglamento, no vulnerando normas de orden público ni derechos irrenunciables al trabajador, por tal motivo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, HOMOLOGA el acuerdo de las partes en los términos expuestos, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA.
La Juez
Abg. Neyireé Toledo
El Secretario
Abg. Héctor Mujica