REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
JUEZ UNIPERSONAL Nº 9
Caracas, veintidós (22) de Febrero de 2010.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2010-002298

Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial; la anterior solicitud y recaudos acompañados presentados por la abogada JUANITA HERNANDEZ de ALONZO, en su carácter de Fiscal Centésima Décima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, actuando en resguardo y beneficio del niño (...), hijo de los ciudadanos LUIS EDUARDO CARREÑO ISTURIZ y DEISI YAMILE MORA QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.661.486 y V-13.069.378 respectivamente, en el cual remite convenimiento de Obligación de Manutención de fecha 8 de Febrero de 2010, suscrito por los prenombrados ciudadanos por ante la referida representación fiscal, a favor del niño de autos; y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar. Y revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, se ADMITE dicha solicitud, por cuanto la misma no es contraría al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley;