REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal XIII
Caracas, 12 de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2010-001587
Vista las anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal por la ciudadana LIANNI DEL COROMOTO MILANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V.-17.121.410, debidamente asistida por la abogada Mirian Vivas, actuando en su carácter de Defensora Pública Cuarta, quien actuando en nombre y en representación de sus hijos SE OMITE LA IDENTIFICACION , respectivamente, hijos del ciudadano WILMER JOSE AZUAJE, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº V.-12.906.504, fallecido en fecha (12) de Diciembre de 2009. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano WILMER JOSE AZUAJE, antes identificado, a sus hijos SE OMITE LA IDENTIFICACION, beneficiarios del de cujus ciudadano WILMER JOSE AZUAJE. Cumplidas las presente actuaciones se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P) para devolver original con sus resultas a la parte solicitante y copias certificadas. Cúmplase
LA JUEZ


Abg. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN
LA SECRETARIA


Abg. SALLY GUERRERO



JQA/DF