REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 13
Caracas, 18 de febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2010-002103
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial (URDD), anótese en los libros respectivos, acéptese y désele entrada. Visto el CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentado por la abogada LAURA TERÁN RODRÍGUEZ, actuando en su carácter de Defensora Décima Séptima del Sistema de Protección del Niño y el Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, a petición de los ciudadanos JUAN RAMON GARCIA COIMAN y KRISTAL ALEXANDRA GUZMAN RIVAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-14.548.956 y V.-13.615.101, respectivamente, a favor de sus hijos SE OMITE LA IDENTIFICACION, de seis (06) y trece (13) años de edad, respectivamente, esta Sala de Juicio, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y en consecuencia, HOMOLOGA en los mismos términos expuestos por las partes, el presente CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se INSTA a las partes solicitantes, para que consignen los fotostatos necesarios del referido asunto, una vez cumplido, se procederá a su certificación y posterior remisión a la Oficina de Atención al Público, mediante oficio. Cúmplase.
LA JUEZ
LA SECRETARIA
ABG. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN.
ABG. SALLY GUERRERO
JQA/AR/G.
AP51-S-2010-002103
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