REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUÁRICO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL N° 04
San Juan de los Morros, 13 de Febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2010-000940
ASUNTO : JP01-P-2010-000940

IMPUTADOS: NIEVES QUINTERO GALVIS JOSÉ, BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO, DÍAZ REQUENA DARWIN ALEXANDER Y JIMÉNEZ LISBETH CAROLINA.
VICTIMAS: YEFERSON GUERRA CAMBERO (OCCISO) Y JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ CASTRO
DELITOS: HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES, SIMULACIÓN DE HECHO PUBLE Y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO
DECISIÓN: ORDEN DE APREHENSION.-


Vista la solicitud de Orden de Aprehensión presentada por la Fiscalía 18° del Ministerio Público del Estado Guárico, representada por las Abogadas BEATRIZ ORELLANA Y SOLBELLA SUÁREZ, en contra de los ciudadanos: NIEVES QUINTERO GALVIS JOSÉ, venezolano, titular de Cédula de Identidad Nº V-10.670.996, natural de Maracay Estado Aragua, de 36 años de edad, de estado civil soltero, de profesión Cabo Primero de la Policía del Pueblo Guariqueño, hijo de Nieves José y de Quintero Victoria, residenciado en Urbanización Rómulo Gallegos sector Vista El Morro calle Principal casa N° 99 en San Juan de los Morros, Estado Guárico; BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO, venezolano, titular de Cédula de Identidad Nº V-16.383.244, natural de Calabozo Estado Guárico, de estado civil soltero, de profesión Agente de la Policía del Pueblo Guariqueño, hijo de Toledo Santa y de Barco Rómulo, residenciado en Carrera 06 casa 18 Calabozo, Estado Guárico; DÍAZ REQUENA DARWIN ALEXANDER, venezolano, titular de Cédula de Identidad Nº V-14.643.338, natural de San Juan de los Morros Estado Guárico, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión Funcionario de la Policía del Pueblo Guariqueño, hijo de Díaz Gladys y de Díaz Rafael, residenciado en Barrio Primero de Mayo calle Pedro Fernández casa N° 48 en San Juan de los Morros, Estado Guárico y JIMÉNEZ LISBETH CAROLINA, venezolana, titular de Cédula de Identidad Nº V-15.710.248, natural de San Juan de los Morros Estado Guárico, de estado civil soltera, de profesión Distinguido de la Policía del Pueblo Guariqueño, hija de Bolívar Carlos y de Jiménez Bertha, por cuanto consideran que existen suficientes elementos de convicción, que los vinculan con la comisión del hecho punible pre calificable, para el ciudadano NIEVES QUINTERO GALVIS JOSÉ en los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 406.1 ambos del Código Penal; HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 406.1 concatenados con los artículos 80 Y 82 todos del Código Penal; SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 ejusdem y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 del mismo texto penal, ello en perjuicio del ciudadano hoy occiso YEFERSON GUERRA CAMBERO, JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ CASTRO y contra la ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA Y EL ORDEN PÚBLICO respectivamente, y para los ciudadanos BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO, DÍAZ REQUENA DARWIN ALEXANDER Y JIMÉNEZ LISBETH CAROLINA, como COOPERADORES INMEDIATOS en los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 406.1 ambos del Código Penal; HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 406.1 concatenados con los artículos 80 Y 82 todos del Código Penal; SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 ejusdem y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 del mismo texto penal, todos en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, ello en perjuicio del ciudadano hoy occiso YEFERSON GUERRA CAMBERO, JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ CASTRO y contra la ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA Y EL ORDEN PÚBLICO respectivamente, fundamentando dicha solicitud en los artículos 250, 251 y 251 todos del Código Orgánico Procesal, por lo que solicitan al Tribunal se emita la correspondiente ORDEN DE APREHENSIÓN, en tal sentido, este juzgado observa:
I
DE LOS HECHOS

Alega la vindicta pública, que en fecha 12.12.2009 siendo aproximadamente las 12:00 horas de la madrugada, se encontraban los ciudadanos YEFERSON GUERRA CAMBERO Y JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ CASTRO por la Calle unión del Barrio Valle Verde de esta ciudad, cuando son abordados por una Comisión de la Policía del Pueblo Guariqueño, integrada por los funcionarios NIEVES QUINTERO GALVIS JOSÉ, BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO, DÍAZ REQUENA DARWIN ALEXANDER Y JIMÉNEZ LISBETH CAROLINA, a bordo de la Unidad Policial P-28 se bajan los funcionarios apuntando a los ciudadanos antes mencionados hoy víctimas con sus armas de fuego, indicándoles a los mismos que deben entregar su cédula de identidad, seguidamente le efectúan la respectiva inspección corporal, no incautándoles ningún objeto y proceden a montarlos en la Unidad Policial P-28 y le solicitan al ciudadano YEFERSON GUERRA el dinero que cargaba y al ciudadano MARTÍNEZ JOSÉ su teléfono celular marca Motorola modelo Z8 signado con el número 0424314.99.16, los trasladan vía a la Universidad Rómulo Gallegos, por las adyacencias de la construcción el Ferrocarril en la vía rural de penetración hacia el Caserío denominado Camburito específicamente en una entrada frente al aviso del Núcleo Endógeno de Producción de Rumiantes de la Universidad Rómulo Gallegos vía publica, en ese lugar se detiene la Unidad Policial, le indican a los ciudadanos YEFFERSON DE JESÚS GUERRA CAMBERO Y JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ CASTRO, que se bajen de la misma, luego el funcionario NIEVES QUINTERO GALVIS JOSÉ, se coloca unos guantes de color negro, saca un arma de fuego distinta al arma de reglamento asignada procede a accionar la misma en contra del adolescente MARTÍNEZ CASTRO JOSÉ MANUEL, éste se hace el muerto, escuchando que el mismo funcionario acciona su arma de fuego en contra del ciudadano YEFFERSON DE JESÚS GUERRA CAMBERO, mientras que los funcionarios BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO, DÍAZ REQUENA DARWIN ALEXANDER Y JIMÉNEZ LISBETH CAROLINA, presenciaban esos hechos e incluso le decían al funcionario NIEVES QUINTERO GALVIS que le disparara nuevamente al adolescente. Los integrantes de la Comisión Policial pensando que ambas víctimas fallecieron en el hecho se retiran del lugar, posteriormente el adolescente MARTÍNEZ JOSÉ se levanta trata de despertar a su amigo YEFERSON al ver que estaba muerto, se retira del lugar, dirigiéndose hacia la vigilancia del ferrocarril pidiendo auxilio y éste le dice que llamaría a la Policía para que lo auxilie, el herido se niega a recibir ayuda de la Comisión Policial, por cuanto que la misma Policía le había ocasionado ese daño, por lo que el adolescente gravemente herido continúa su camino llegando hasta el Gimnasio Cubierto de la UNERG lugar donde es auxiliado por los vigilantes de dicha casa de estudio, quienes llaman al teléfono 171 y se hace presente el lugar la Comisión de la Policía del Pueblo Guariqueño, integrada por los funcionarios NIEVES QUINTERO GALVIS JOSÉ, BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO, DÍAZ REQUENA DARWIN ALEXANDER Y JIMÉNEZ LISBETH CAROLINA, quienes le habían ejecutado los hechos antes mencionados, por lo que el adolescente CASTRO MANUEL una vez más y en presencia de los vigilantes con angustia y desespero les señala que no lo dejarán que se lo llevaran ya que ellos le habían disparado tanto a su amigo occiso como a su persona. Finalmente la víctima MARTÍNEZ CASTRO JOSÉ MANUEL es trasladada conjuntamente a la sede de la Policía del Pueblo Guariqueño con los vigilantes de la Universidad de la UNERG donde dejan a los vigilantes y la Comisión Policial integrada por los funcionarios antes mencionados al verse descubierto, proceden a llevar al adolescente herido al Hospital de esta Ciudad y amenazándolo de muerte si decía lo que había sucedido.
II
DE LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN QUE SUSTENTAN LA ORDEN DE APREHENSIÓN SOLICITADA

La pretensión del Ministerio Público se funda en los elementos de convicción que conforman las actuaciones recogidas por las diferentes actas que integran el asunto, de la cuales esta juzgadora observa:

1.- Acta de Investigación Penal de fecha 12/12/2009 suscrita por el funcionario Aarón Cohen adscrito a la sub. Delegación San Juan de los Morros del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual dejó constancia que:

“…Encontrándome en la sede de este despacho, me trasladé en compañía de los funcionarios Sub-Inspector Ángel MORENO, Detective Miguel Montevideo y Agentes Pedro FLORES y Víctor FRANCO, a bordo de la unidad P-38Z, hacia el hospital Israel Ranuarez Balsa, de esta ciudad, a fin de verificar los posibles ingresos de personas heridas o fallecidas por armas de fuego o armas blancas, una vez en el referido hospital y plenamente identificado como funcionarios de este Cuerpo de Investigaciones, sostuvimos entrevista con el funcionario Distinguido JIRVENSON ROJAS, de la policía del Pueblo Guariqueño, quien nos informó que el día de hoy en horas de la madrugada, había ingresado un adolescente presentado heridas producidas por el paso de proyectiles presuntamente percutidos por armas de fuego, de igual manera nos guió hasta la habitación donde se encontraba el adolescente en cuestión, una vez en la referida habitación avistamos a una persona de sexo masculino, sobre una camilla, en posición decúbito dorsal, a quien luego de identificándoles como funcionarios de este cuerpo de investigaciones y exponerle el motivo de nuestra presencia el mismo quedó identificado de la siguiente manera: MARTINEZ CASTRO JOSE MANUEL, Venezolano, natural de esta ciudad, de 17 años de edad, nacido en fecha 25/12/1992, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado al final de la calle el carmen, casa numero 03, de esta ciudad, titular de la cedula de identidad V=21.336.749, a quien se le pudo apreciar una herida en la región Malar Izquierda y una herida en la región sub. maxilar derecha, producida por el paso de un proyectil presuntamente percutido por arma de fuego, manifestando dicho adolescente de manera dificultosa por la herida que presentaba, que el día de ayer Sábado 12/12/09 a eso como a las 12:00 horas de la madrugada aproximadamente luego de haber disfrutado de una reunión en la casa de su novia de nombre EMILY RIOS, se trasladaba por la calle unión del barrio Valle Verde, en esta ciudad, en compañía de su amigo de nombre Yefferson GUERRA, ya que los mismos se disponían a tomar un taxi para dirigirse a sus viviendas, fueron abordado por una patrulla de la Policía del Pueblo Guariqueño, conformada por cuatros funcionarios de los cuales había una mujer entre ellos, dichos funcionarios los montaron arbitrariamente en la patrulla y los trasladaron hasta una zona boscosa del sector Camburito, vía la Universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad, donde una vez allí, sin mediar palabras le dispararon a su persona y a su amigo antes mencionado, muriendo este y quedando herido su persona, asimismo se hizo el muerto para que no lo mataran, luego cuando los funcionarios policiales se retiraron del lugar, se levantó y vio que su amigo Yefferson estaba muerto y optó por buscar ayuda, al llegar al gimnasio cubierto de la universidad Rómulo Gallegos, lo auxiliaron unos vigilantes que se encontraban en dicho sitio y estos llamaron a la policía y cuando se presentó la comisión policial, resulta que eran los mismos que le habían disparado a su persona y a su amigo Yefferson, este al ver los funcionarios en cuestión se niega a que lo trasladen al hospital, en eso dos vigilantes lo acompañan y los mismos se quedan en la zona policial numero 1 de esta ciudad, posteriormente los funcionarios de la Policía del Pueblo Guariqueño lo trasladan hasta el prenombrado nosocomio y una vez allí amenazan de muerte al adolescente en cuestión diciéndole que si llegaba a decir lo que había sucedido lo iban a matar, asimismo el aludido adolescente informó que el cuerpo sin vida de su amigo Yefferson se encuentra en el sector Camburito en las adyacencias de la empresa del ferrocarril que esta ubicada por la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad, en virtud de lo antes expuesto procedí a tomarle la respectiva declaración al adolescente en cuestión ya que el mismo por su delicado estado de salud no podía ser trasladado hasta esta sede, seguidamente y en virtud de lo antes expuesto procedimos a dirigirnos hasta la dirección donde presuntamente se encuentra el cuerpo sin vida del ciudadano de nombre Yefferson, una vez en dicha dirección procedimos a realizar una minuciosa búsqueda por las adyacencias del sector, logrando avistar sobre el SUELO, el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino, en posición decúbito ventral, quien presentaba las siguientes características fisonómicas, de piel morena, contextura delgada, cabello corto, de color negro, de 1.80 centímetros de estatura, de 19 años de edad, y el mismo presentaba como vestimenta, un pantalón blue Jean, un sueter tipo chemise de color negro, una correa de color negro con la hebilla alusiva con una inscripción en alto relieve donde se lee LEVIS y unos zapatos tipo casuales de color marrón, motivo por el cual el funcionario Agente FRANCO VICTOR, procedió a practicar la respectiva inspección técnica policial, acto seguido se procedió a trasladar al cuerpo sin vida del ciudadano en mención, hasta la morgue del hospital local de esta ciudad, una vez en el mencionado nosocomio le fue practicado el examen externo al cadáver en cuestión, donde se le pudo observar una herida en la Región Parietal izquierdo, una herida en la región del pómulo izquierdo, dos heridas en el brazo izquierdo, dos heridas en la región de la muñeca izquierda, una herida en la región submaxilar izquierdo, procediendo así, el funcionario FRANCO VICTOR a efectuar la inspección ocular al referido cadáver, la cual consigno mediante la presente acta, asimismo le realizó la Necrodactilia de Ley, la cual consigno mediante la presente acta, acto seguido estando en la supramencionada morgue, fuimos abordados por una ciudadana quien dijo ser la hermana del hoy occiso quedando identificada como queda escrito: GUERRA CAMBERO YESSICA DANIELA, de 20 años de edad, titular de la cedula de identidad V-20.247.330, asimismo procedió a suministrarnos los datos del hoy inerte, quedando este identificado de la siguiente manera: YEFERSON JESUS GUERRA CAMBERO, Venezolano, natural de esta ciudad, nacido en fecha 09/12/1990, de 19 años de edad, estado civil Soltero, de profesión u oficio: Indefinida, residenciado: En el barrio Valle Verde, calles Principal, casa sin numero, de esta ciudad, cedula de identidad V-20.247.329, de la misma manera nos informó que ella se encontraba en su vivienda cuando le avisaron de la muerte de su hermano y al trasladarse a la morgue del hospital antes mencionado se pudo constatar que ciertamente era su hermano, de igual manera se encontraba presente una la adolescente quien dijo ser la novia del adolescente herido quedando identificada de la siguiente manera: EMILY YESLIN RIOS CORDOVA, , de 15 años de edad, titular de la cedula de identidad V-24.237.110.- una vez culminas las diligencias arribas mencionadas nos trasladamos hasta la sede de este despacho en compañía de la ciudadana y la adolescente antes mencionada, a fin de ser entrevistada en relación al hecho que nos ocupa…” (Folio 1 al 3 de la primera pieza del expediente)


2.- Acta de Inspección Técnica Policial N° 2349 de fecha 12 de Diciembre de 2009, suscrita por los funcionarios Subinspector Ángel Moreno, Detectives Aaron Cohen y Montevideo Miguel, Agentes Franco Víctor y Pedro Flores, adscritos a la sub. Delegación San Juan de los Morros del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual dejaron constancia que:

“…En la VIA RURAL DE PENETRACION HACIA EL CASERIO DENOMINADO CAMBURITO ESPECIFICANENTE EN UNA ENTRADA FRENTE AL AVISO DEL ENDOGENO DE PRODUCION DE RUMIANTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL ROMULO GALLEGOS, VIA PUBLICA DE ESTA CIUDAD Estado Guárico, lugar en el cual se acordó efectuar Inspección Técnica Policial…a tal efecto se procede a efectuarse dejándose constancia de lo siguiente: “El lugar a inspeccionar es un sitio de suceso abierto, correspondiente a una entrada boscosa, en el cual se aprecia un camino rural producido por las llantas de vehículos automotores, por la cual nos trasladamos en una distancia de ciento setenta y dos metros (172) aproximadamente en sentido Nor-este, una vez en el lugar se aprecia una loma ligeramente ascendente, con topografía irregular, e iluminación natural clara y temperatura ambiental fresca para el momento de la presente inspección, se visualiza su entorno con abundante vegetación herbácea (monte), y pocos árboles de copa alta a sus alrededores, seguidamente se localiza sobre la superficie del suelo el cadáver de una persona de sexo masculino, en posición decúbito dorsal, presentando su región cefálica orientada en sentido norte, con sus extremidades superiores ligeramente flexionadas hacia la parte posterior de su cabeza, y las extremidades inferiores completamente flexionadas con sus pies orientados en sentido Sur, el cadáver presenta como vestimenta lo siguiente: una prenda de vestir de las denominadas pantalón, tipo jeans, de color azul —tonalidad oscura-, marca “PLAYBOY”, talla 32, el cual presenta entre sus trabillas una correa de material sintético de color negro, con su respectiva hebilla metálica con inscripciones donde se lee “LEVIS 501”, una prenda de vestir de las denominadas Chemisse, manga corta, cuello de solapa, de color negro, con etiquete donde se lee “SKY EXPRESS COMPANY”, talla “S”, impregnada de una sustancia de color pardo rojizo, y un par de zapatos tipo casual, elaborados en cuero de color marrón, marca “SEBAGO”, talla 9/1/2, los cuales son colectados como evidencia de interés criminalístico, de seguido se aprecia en la superficie del piso debajo de la parte posterior del hombro derecho del occiso un bolígrafo elaborado en material sintético (plástico), de color amarillo, el cual es fijado fotográficamente y se colecta como evidencia de interés criminalístico, posteriormente se aprecian manchas de una sustancia de color pardo rojizo, específicamente debajo de la extremidad superior (cabeza), de las cuales son fijadas fotográficamente y se colectan muestras como evidencia de interés criminalístico, se procede a remover el cadáver de su posición original, realizando un registro de su vestimenta en busca de algún documento o pertenencia que sirva para su identificación del mismo, no pudiendo localizar las mismas, acto seguido se procede a realizar el levantamiento del referido cadáver, con la finalidad de trasladarlo hacia la morgue del hospital local, para realizarle la respectiva inspección corporal en detalle, su necrodactilia de ley con la finalidad de la identificación plena del mismo, y demás experticias, las evidencias colectadas son remitidas al departamento de criminalistica de la delegación estadal guarico, a fin de practicarle sus respectivas experticias, acto seguido se realiza otra minuciosa búsqueda de mas evidencias que guarden relación con la presente investigación, arrojando resultados negativos, siendo las 07:10 horas de la mañana finaliza el acto de inspección técnica, es todo”, se deja constancia de haber fijado fotográficamente el lugar y al cadáver. Terminó se leyó y conformes firman.…” (Folio 4 y 5 de la primera pieza del expediente)


3.- Inspección Técnica Policial N° 2350 de fecha 12/12/2009, suscrita por los funcionarios Subinspector Ángel Moreno, Detectives Aaron Cohen y Montevideo Miguel, Agentes Franco Víctor y Pedro Flores, adscrito a la sub. Delegación San Juan de los Morros del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a través de la cual deja constancia que:

“…En la MORGUE DEL HOSPITAL ISRAEL RANUAREZ BALZA de esta ciudad, Estado Guárico…se acordó efectuar Inspección Técnica Policial; de conformidad con lo establecido en el artículo 214°, del código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se procedió, dejándose constancia de la siguiente; “En el precitado lugar, sobre una camilla, metálica del tipo rodante, yace el cadáver de una persona de sexo masculino, en posición de decúbito dorsal, desprovisto de vestimenta, el mismo presenta las siguientes CARACTERÍSTICAS FISONÓMICAS; Piel color morena, cabellos Corto, tipo liso de color negro, contextura delgada, frente amplia, de un metro setenta centímetros de estatura aproximadamente, cejas pobladas, boca pequeña, labios delgados, ojos iris de color negro, nariz pequeña, y orejas grandes, barba y bigote escaso. EXAMEN EXTERNO PRACTICADO AL CADÁVER: …se le observaron: 1.- una herida de forma irregular ubicada a nivel del área de proyección de la región anatómica parietal Izquierdo, 2.- Dos heridas de forma irregular ubicadas a nivel del área de proyección de la región anatómica anterior del brazo Izquierdo, y 3.- Dos. heridas de forma irregular ubicadas a nivel del área de proyección de la región anatómica de la muñeca izquierda, 4.- presentó rigidez y lividez cadavérica, IDENTIDAD DEL CADÁVER: Del sexo masculino, por datos aportados por los familiares es de nombre GUERRA CAMBERO JEFERSON JESUS de aproximadamente 19 años de edad, titular de la Cedula de Identidad V-20.247.329, no obstante se le realizó la correspondiente necrodactilia, a fin de lograr la identificación plena del mismo, asimismo se le colecto una muestra de sangre mediante un segmento de gasa, la cual se remite para sus respectivos análisis al Departamento de Criminalistica de la Delegación Estadal Guarico, siendo las 07:35 horas de la mañana, finaliza el acto de inspección técnica …” (Folio 9 y vto de la primera pieza del expediente)

4.- Fijación Fotográfica de la Inspección Técnica N° 2350 de fecha 12/12/2009, realizada por los funcionarios Subinspector Ángel Moreno, Detectives Aaron Cohen y Montevideo Miguel, Agentes Franco Víctor y Pedro Flores, adscrito a la sub. Delegación San Juan de los Morros del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, la cual fue practicada al cadáver del ciudadano quien en vida respondía al nombre de GUERRA CAMBERO JEFERSON JESÚS (folios 10 al 14 de la primera pieza del expediente).

5.- Declaración del ciudadano Martínez Luna Elieser Jesús (demás datos a reserva del Ministerio Público) quien expresó:

“…Resulta que el día de hoy como a la una de la madrugada, yo me encontraba durmiendo en mi residencia, cuando escucho que mi mema Petra MARTINEZ, me llama, yo me desperté, me pare y salí haber que quería, entonces ella me dijo que había recibido una llamada telefónica del Hospital Ranuarez Balsa de esta localidad, donde le informaron que a mi hijo José Manuel MARTINEZ, de 17 años de edad, lo tenían en ese centro de salud; en seguida me vestí y me fui al Hospital, cuando llegue, pase al área de emergencia y efectivamente estaba mi hijo acostado en una camilla, con gasas colocadas alrededor de la cara; yo le pregunte que le había pasado y el me contestó: Que momentos en que caminaba por la calle La Unidad de la Morera de esta localidad, en compañía de su amigo Yefferson, fueron interceptaron por una patrulla de POLIGIJARICO, donde se bajaron Tres funcionarios masculinos y una femenina, quienes los montaron en la unidad policial, se los llevaron vía camburito, mas arriba de la pista de motocross de esta localidad, allí los bajaron y sin mediar palabras le efectuaron varios disparos a mi hijo y a Yefferson, mi hijo se hizo el muerto entonces los policías se fueron, entonces mi hijo revisó a Yefferson y se percato de que estaba muerto; entonces el se vino para solicitar ayuda, lo auxilio un vigilante de la UNERG, quien llamo por radio y se presento una comisión de la policía, mi hijo me cuanta que cuando llega la comisión policial que lo auxilian eran los mismos policías que le habían dado los tiros momentos, de igual manera me informo mi hijo que uno de los policías es de nombre GALVIN, quien años anteriores andaba conmigo en moto antes de meterse a policía. Es todo” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO PASA A PREGUNTAR DE lA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA ¿Diga usted, hora lugar y fecha que se percato del hecho que menciona? CONTESTO “Según mi hijo, el hecho ocurrió por la vía Camburito de esta localidad, específicamente después de la pista de MotoCross de esta ciudad, a las 12:30 de la madrugada del día de hoy 12-12-2009” SEGUNDA PREGUNTA ¿Diga usted, datos filiatorios de su hijo en cuestión? CONTESTO “JOSÉ MANUEL MARTINEZ CASTRO, Venezolano, natural de esta ciudad, nacido 25/10/1992, de 17 años de edad, Soltero, profesión u oficio Estudiante del Noveno año de educación Básica en el Liceo JOSE ANTONIO PÁEZ de esta ciudad, domiciliado en mi residencia, cédula de identidad número V-21.336749. TERCERA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento si su hijo y la persona mencionada como Yefferson, tenían problemas con algún funcionario policial? CONTESTO “Si, mi hijo me contó que hace como una semana, a él y a su amigo Yéfferson, funcionarios de poliguarico de la zona II, los agarraron y los trasladaron a ese comando, donde uno de los funcionarios desconozco quien seria, amenazó dentro del comando policial con una pistola a mi hijo y a Yefferson, donde al policía se le fue un tiro pero no causo daños” TERCERA PREGUNTA ¿Diga usted, motivo por el cual estos funcionarios han detenido a su hijo en cuestión y a la persona mencionada como Yefferson? CONTESTO: “Supuestamente por que mi hijo cargaba un celular nuevo y los policías pensaban que era robado, yo para evitar problemas le di los papeles del referido teléfono a mi hijo, ese fue un regalo que la mamá le había hecho” CUARTA PREGUNTA ¿Diga usted, datos filiatorios del presunto funcionario policial mencionado como GALVIN? CONTESTO “Solo se que se llama GALVIN y trabaja en POLIGUARICO” QUINTA PREGUNTA ¿Diga usted, características físicas de la persona mencionada como GALVIN? CONTESTO “De piel Blanca, de contextura regular, de aproximadamente 1,70 metros de estatura, cabello corto de color Negro, como de 35 años de edad, ajos claros” SEXTA PREGUNTA ¿Diga usted, su persona ha tenido algún problemas con GALVIN o algún otro funcionario policial? CONTESTO “No, soy un hombre de trabajo” SEPTIMA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento cual fue el motivo del hecho narrado? CONTESTO “Desconozco” OCTAVA PREGUNTA Diga usted, donde se encuentra su hijo José Manuel MARTÍNEZ CASTRO en estos momentos? CONTESTO “Se encuentra en la sala de emergencias del Hospital Ranuarez Balsa de esta ciudad y por instrucciones medicas va hacer trasladado al Hospital Central de Maracay Estado Aragua” NOVENO PREGUNTA Diga usted, datos filiatorios de YEFFERSON? CONTESTO “Desconozco su datos, el se la pasaba con mi hijo desde hace como dos meses, pero no se nada de el” DECIMA PREGUNTA Diga usted, su hijo en cuestión le informo en que unidad policial fue interceptado y en que unidad fue trasladado al hospital Ranuarez Balsa? CONTESTO “El solo me dijo que era una patrulla de poliguarico” DÉCIMA PREGUNTA Diga usted, tiene conocimiento que hacia su hijo y Yefferson por la calle La Unidad del barrio La Morera de esta localidad, para el momento de los hechos? CONTESTO “Mi hijo tiene su mujer por esa calle y en ese momento iba para allá” DECIMA. PRIPERA Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO “Si, que temo por la vida de mi hijo, por cuanto estos policías pueden volver arremeter contra mi hijo”. (Folio 29 y 30 de la primera pieza del expediente)

6.- Declaración del ciudadano Borrego Morgado Magdaleno José (Demás datos a reserva del Ministerio Público) quien manifestó que:
“…Resulta que el día de hoy sábado como a las 12:10 horas de la madrugada, yo me encontraba en el área de piscicultura de la Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos de esta ciudad, donde laboro como vigilante; cuando fui sorprendido por tres sujetos desconocidos uno de ellos portando un arma de fuego, quienes bajo amenaza de muerte, luego de someterme, me ataron la manos y me amordazaron, luego se llevaron de esas instalaciones tres desmalezadora, un ventilador, un radio transmisor marca MOTOROLA, mi celular no recuerdo la marca y mi cartera contentiva de mis documentos de identidad, luego de que los sujetos se fueron, yo como pude me safe el amarre de las manos, me quite la mordaza; salí corriendo hacia la oficina de la cooperativa COOPSERVI R.M. que es la compañía para la cual laboro, ubicada en las instalaciones de la universidad; allí antes de que me abrieran la puerta me atendió el supervisor Daniel ZURITA y Ángel ZURITA, a quienes le informe lo sucedido, de inmediato Daniel comenzó a llamar por el radio transmisor comunicándole a los demás vigilantes que estuvieran pendiente que me habían atracado y que los sujetos estaban armados, ellos me acompañaron hacia el área de piscicultura donde yo laboro, para -verificar lo que yo les había informado, allí llegaron tres vigilantes mas Luis SANCHEZ, Franklin ZURITA, luego llegaron dos patrulla de POLIGUARICO en una de ellas, venia montado el vigilante Javier ZURITA; de esa patrulla se bajaron tres policías masculinos y una femenina, entonces se me acerco uno de los policías de apellido NIEVES, me pregunto que te paso viejo, yo le conté lo sucedido, entonces el policía me dijo que ellos iban a dar una vuelta haber si veía a los malandros; se retiraron las dos patrullas, al cabo de unos veinte minutos aun nos encontrábamos en el área de piscicultura, los vigilantes que me acompañaban recibe un llamado por radio transmisor, no recuerdo de parte de quien, informando que canalizaran una patrulla y una ambulancia por que había un vigilante herido en el Gimnasio Cubierto de la Universidad, en seguida Franklin, Luis y Daniel, suben hacia el Gimnasio a verificar la información, yo me quede con Javier en piscicultura, al cabo de unos veinte minutos veo que una patrulla de POLIGUARICO subió hacia el área del Gimnasio cubierto, a los pocos minutos bajo la patrulla y se estacionó en el área de piscicultura, donde yo me encontraba con Javier ZURITA, entonces me percate que en la parte trasera de la patrulla venia Ángel ZURITA con un muchacho ensangrentado en la cara y el pecho; entonces el policía de apellido NIEVES, me pregunto si ese muchacho herido era uno de los que me había robado, yo le respondí que no era; luego NIEVES me dijo que me montara en la patrulla y que también se montara mi compañero a Javier, nosotros nos montamos en la unidad, y los policías nos llevaron hacia el comando de POLIGUARICO, allí meten la patrulla por el estacionamiento, nos bajan a todos hasta el muchacho herido, a quien lo incaron de rodillas esposado a un tubo, en un pasillo cerca de una capilla, como a los cinco minutos los funcionarios ‘policiales levantan al muchacho herido, lo montan en la patrulla se lo llevan hacia el hospital y a nosotros nos dejaron en el comando, allí otro funcionario nos paso a un área donde tienen un escritorio, nos tomo todos nuestros datos personales y los anoto en una agenda, transcurrido unos treinta minutos llego nuevamente la patrulla que había trasladado al muchacho herido y nieves nos dijo ahorita no hay patrulla para irlos a llevar, que había que espera a la PTJ, yo les dije que no podíamos esperar, entonces otro policía que estaba en la puerta nos dijo que había que esperar por que la PTJ había a las siete y media; nosotros nos fuimos a nuestro trabajo por que teníamos las áreas solas…SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista, trato y comunicación al muchacho herido? CONTESTO “Lo conozco de vista se que es hijo de Eliser, pero no recuerdo el nombren de su madre”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, especifique en que lugar del comando esposaron al joven herido?. CONTESTO: “Cerca de la capilla al doblar sube dos o tres escalones allí están unas cabillas soldadas allí lo esposaron hincado de rodillas” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, quien esposa al joven herido en el lugar antes descrito? CONTESTO “El funcionario NIEVES”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, en calidad ¿Qué? fue trasladada su persona y sus compañeros de trabajo hacia el comando policial? CONTESTO: “Por que el muchacho no se quería ir con los policías y nos trasladaron como testigo…OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, reconoce al joven herido como uno de los autores del robo ocurrido en el área de piscicultura de la universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos el día Sábado 12-12-2009, en horas de la madrugada? CONETSTO: “Ese muchacho no fue” NOVENA PREGUNTA: Diga usted, los sujetos que lo robaron se movilizaba en algún medio de trasporte? CONTESTO: “Si ellos se fueron en un Century color blanco…” (folios 31 al 32 y vto de la primera pieza del expediente)

7.- Declaración del ciudadano Martínez Castro José Manuel, (demás datos a reserva del Ministerio Público), quien manifestó que:

“…Resulta ser que el día de ayer en horas de la noche yo me encontraba en compañía de un amigo de nombre Yeferson Guerra, en una fiesta en la casa de mi novia de nombre: Emily Ríos, como a las 11:00 horas de la noche yo le digo a Yeferson que nos fuéramos porque ya era tarde en eso Yeferson me dice que esta bien en eso yo me despido de mi novia y de la mamá de mi novia, en eso yo me voy caminando con Yeferson por la calle unión del Barrio Valle Verde, en lo que estoy llegando al final de la calle específicamente frente a un kiosco de color anaranjado o marrón, llego una patrulla de la policía del Estado Guárico, con cuatro policial tres masculinos y una femenina, en es momento nos dan la voz de alto, se bajan todos los funcionarios apuntándome con el arma de fuego y nos dicen que nos saquemos todo lo que tenemos en los bolsillos y que le entregue la cedula de identidad, en vista de eso nosotros hacemos caso y ellos nos dicen que nos peguemos en la patrulla en lo que estamos pegado en la patrulla ellos nos empiezan a revisar y no nos consiguen nada y nos montan en la patrulla, en lo que estábamos montado en la patrulla los policías nos dicen que hablemos claro que estábamos haciendo por allí, en eso yo le respondo que veníamos de una fiesta de la casa de mi novia y los policías me dicen que eso era mentira porque nosotros estábamos comprando droga y también nos dicen que hable claro que vamos a pasar toda lo noche encerrado que le soltáramos uno seis, creo que con esas palabras no estaban pidiendo dinero y Yeferson le dijo a los policía que solo tenia treinta bolívares y era para pagar el taxis, otro policía decía que le diera esa plata en eso Yeferson le entrega la plata y a mi me quitan mi teléfono marca Motorola, modelo Z8, signado con el numero 0424-314.99.16, luego los policías empiezan hablar en clave, luego ellos dicen que nos van a llevar para el castrero, allí mismo arranca la patrulla, pero a los pocos metros de haber arrancado la patrulla estaba un grupo de gente llamando a los policías, pero ellos siguieron, uno de los policías hace un comentario diciendo que iban a atrapar a unos malandros para reunirnos a todos juntos y llevarnos para el castrero a todos, pero ellos nunca atraparon a nadie y nos llevaron a nosotros hacia la Universidad por donde esta la construcción del Ferrocarril, allí se detiene la unidad y nos dicen a Yeferson y a mi persona que nos bajemos uno por uno y ese policía se estaba poniendo unos guantes de color negro, en eso ese policía me dice a mi que me tire al suelo boca abajo y yo le obedezco en ese mismo momento siento un golpe fuerte en la cabeza, luego ese mismo policía saca un revolver que tenia en la cintura que no era la de reglamento porque el también tenia una pistola negra con su funda que es la que presumo que sea la de reglamento, allí mismo escucho un tiro y un dolor en el cachete, allí mismo me hice el muerto, luego escucho que le dicen a Yeferson que se baje de la patrulla y que se tire al suelo baca abajo y escucho que le pegan con el tubo y luego escucho dos tiros, luego uno de los policías le dice a otro peti dale al menor otro tiro y peti me da otro tiro en el cachete del lado derecho, luego escucho cuando la unidad esta retrocediendo y se va espero un rato y le digo a Yeferson párate maricote que nos vamos, como no me respondía yo le daba por la cara para que se parara pero nunca se paro, en vista de eso yo me fui buscando la salida, cuando llego al gimnasio cubierto de la universidad Rómulo Gallegos, veo a unos vigilantes que estaban allí y le pido la colaboración para que llamen a una ambulancia, ellos llamaron pero llego fue una unidad de la policía cuando yo veo son los mismos que me habían dado el tiro a mi y los que mataron a mi amigo Yeferson, en vista de eso yo le digo a los vigilantes que esos fueron los policías que me habían dado el tiro a mi y me agarre de un tubo que esta allí y los policías empezaron a jalarme para que me montara en la unidad y me daban patada, los vigilante en vista de la actitud de los policías le dijeron dejen tranquilo a ese muchacho, en eso mismo momento uno de los vigilante me dice vente chamo que yo te acompaño hasta el hospital es cuando yo me monto en la unidad y arrancamos con destino hacia el hospital, en el camino encontramos a otro vigilante quien paro la patrulla y el vigilante que viene en la patrulla le dice a ese otro que se monte, luego cuando se monta el ultimo vigilante este empieza a comentar que lo habían robado en el puesto de el y los policías le dice al ese vigilante que me había agarrado a mi y que yo era el que lo robe, el vigilante me ve y dice que yo no era, en eso dejan a los dos vigilantes en Poliguarico y me traen al hospital pero en el camino me amenazaron de muerte diciéndome que si le echaba paja me mataban, cuando llego al hospital uno de los policía se baja de la patrulla y me dice bájate y entramos los dos juntos al hospital. Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO PASA A PREGUNTAR DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha que ocurrieron los hechos? CONTESTO: “Eso ocurrió en las adyacencia de la construcción del ferrocarril, tramo San Juan de los Morros, como a las 12:00 horas de la mañana del día 12-12-09” SEGUNDA: ¿Diga usted, las características fisonómicas de los funcionarios policiales que cometieron el hecho? CONTESTO: “Uno es de piel morena, contextura delgada, como de 30 año de edad, como de 1.70, el otro es de piel morena, contextura gruesa, como 1.70 de estatura, como de 26 años de edad aproximadamente, el otro de piel morena, contextura gruesa como de 1.65 y la femenina es de piel blanca, contextura gruesa, como de 1.60 metros de estatura, todos vestían con uniforme de color azul con el parcho de Policía del Estado Guárico”. TERCERA: ¿Diga usted, las características del vehículo policial que lo traslado hasta el lugar del hecho?. CONTESTO: “Es un vehículo tipo cava de color blanco con logotipos de la policía del estado Guárico y en la esquina trasera decía 171”. CUARTA: ¿Diga usted, de volver a ver a los funcionarios policiales los reconocería? CONTESTO: “Si” QUINTA: ¿Diga usted, en alguna oportunidad perdió el conocimiento? CONTESTO: “No” SEXTA: ¿Diga usted, en alguna otra oportunidad ha visto a los funcionarios policiales que cometieron el hecho? CONTESTO: “Si, al que le dicen PETTI, pero el apellido de el es GALVI, de hecho el en varias oportunidades me ha amenazado de muerte”. SEPTIMA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que persona fue el autor del hecho?. CONTESTO: “Galvi fue el único que disparo y los otros le me tía casquillo para que nos siguiera disparando”.- OCTAVA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de las características del arma de fuego con la que le efectuaron el disparo a su amigo y a su persona? CONTESTO: “Es un arma de fuego tipo revolver, de color cromada” NOVENA: Diga usted, tiene conocimiento motivo el cual el funcionario de nombre GALVIS lo amenaza de muerte? CONTESTO: “Desconozco” DECIMA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento si alguna otra persona resulto lesionada o fallecida en el hecho? CONTESTO: “Si, mi amigo de nombre YEFERSON GUERRA, lo mataron en mi presencia ese policía del estado Guárico de nombre GALVIS, apoyados por sus compañeros” DECIMA PRIMERA: Diga usted, tiene conocimiento si los autores del hecho se llamaron por algún nombre o apodo en el lugar? CONTESTO: “Si llamaban a GALVIN por su apodo que es PETTI” DECIMA SEGUNDA: Diga usted, motivo por el cual usted dice que los autores del hechos son funcionarios de la policía del estado Guárico? Contesto: “Porque ellos estaban uniformado de policía del Estado Guárico, cargaban una unidad de ese organismo policial y además anteriormente lo he visto en la policía” DÉCIMA TERCERA: Diga usted, tiene conocimiento de cual era la intención de los referidos funcionarios policiales? CONTESTO: “De matarnos a los dos” DECIMA TERCERA: Diga usted, en que parte del cuerpo resulto lesionado? CONTESTO: “En ambos cachete” DECIMA CUARTA: Diga usted, tiene conocimiento cuantas heridas presento el hoy occiso de nombre YEFERSON? CONTESTO: “Creo que dos una en la cabeza y el otro en el brazo” DECIMA QUINTA: Diga usted, tiene conocimiento donde trabajan los referidos funcionarios policiales? CONTESTO: “Se que son policía del estado Guárico pero no se donde están destacados” DECIMA SEXTA: Diga usted, desea agregar algo mas algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: “No…” (Folio 33 y 34 vto de la primera pieza del expediente)

8.- Declaración de la ciudadana Guerra Cambero Yessica Daniela (demás datos a reserva del Ministerio Público) quien expresó que:
“…Yo me encontraba en mi residencia, cuando llegó una comisión del CICPC de San Juan de los Morros; solicitándome que los acompañara a la morgue del hospital Ranuarez Balsa de esta ciudad, a fin de verificar el cuerpo de un cadáver; yo me monte en la unidad con ellos una vez en la morgue del hospital, pude reconocer el cadáver como el de mi hermano Yeferson de Jesús GUERRAS CAMBERO, a quien le aprecie unas heridas en la cabeza, es todo” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO PASA A PREGUNTAR DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA: ¿Diga usted, hora lugar y fecha que se percató del hecho que menciona? CONTESTO “ESO FUE EN EL hospital Israel Ranuarez Balza de esta ciudad, a las 11:00 de la mañana, del día de hoy” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, datos filiatorios de su hermano hoy occiso? CONTESTO: “Yeferson de Jesús GUERRA CAMBERO, Venezolano, apodado “EL DONDY”, natural de esta ciudad, fecha de nacimiento 09/12/1990, de 19 años de edad, Soltero, profesión u oficio Indefinida, residía en el Sector Valle Verde de esta localidad pero no se exactamente su dirección, V-20.247.329, hija de Palmita CAMBERO (V) y Luis GUERRA (V) TERCERA PREGUNTA ¿Diga usted, características físicas de su hermano fenecido? CONTESTO “Era de piel Morena, de contextura delgado, de aproximadamente 1,80 metros de estatura, cabello corto de color Negro liso” CUARTA PREGUNTA ¿Diga usted, cuanto fue la ultima vez que vio con vida a su hermano? CONTESTO “Creo que fue el Martes 08 -12 -2009, en horas del mediodía que llego a la casa…” (Folio 36 y vto de la primera pieza del expediente)


9.- Declaración del ciudadano Hernández Guacaran Francisco Javier, (demás datos a reserva del Ministerio Público) quien expresó que:

“…Resulta ser que el día de ayer yo me encontraba de guardia en el Hospital Israel Ranuarez Balza, con el horario de 10.00 horas de la mañana hasta las 02.00 horas de la mañana, bueno resulta que el día de ayer mi guardia estuvo normal ingresos rutinarios, como a la 1:45 horas de la mañana me informa un portero de nombre Edgar que había llegado un ingreso que parecía que era herido por arma de fuego o por agresión que fuera a verificar al área de emergencia, en vista de eso yo continuo pasando mis novedades en el libro de novedades, como a las 02 horas de la mañana me traslado hasta el área de emergencia de este hospital a fin de verificar y me percato que efectivamente había ingresado un adolescente de nombre José Manuel Martínez de 17 años de edad, titular de la cedula de identidad V-21.336.749 allí me entreviste con él, le pregunto como fue lo que le sucedió el me responde que el se encontraba en Valle Verde en la casa dé su novia con un amigo de nombre Yeferson y había llegado un carro marca Ford modelo Zephir de color Gris con tres sujetos portando arma de fuego y los habían sometido a los dos y se lo habían llevado a los dos hacia la Universidad Rómulo Gallegos y por allá habían matado a su amigo Yeferson y a el lo habían herido después de allí lo llevan a realizarle las tomografías en el centro diagnostico José Gregorio Hernández, estando allá el mismo adolescente empezó a decir que unos policías eran los que habían matado a su amigo de nombre Yeferson y a el habían herido logrando salir del área boscosa donde el estaba y le pedía auxilio a unos vigilantes quienes pidieron auxilio a través del numero de emergencia y así mismo dijo que quien lo había traído hasta el hospital era una unidad radio patrullera de la Policía del pueblo Guariqueño allí el me dice, luego llega el padre del adolescente y el adolescente le dice que los autores del hecho eran uno policías del pueblo Guariqueño, de allí lo traen nuevamente para el área de emergencia y es allí donde le pido los datos del adolescente a su progenitor y el diagnostico al médico para pasarlo al libro, luego que pase todo al libro le entrego la guardia al Distinguido ROJAS GIBERSON. (Folio 37 y 38 de la primera pieza del expediente)

10.- Declaración de la ciudadana Emily Yeslyn Ríos Córdova (demás datos a reserva del Ministerio Público), quien expresó que:
“…El día de ayer 11/12/09 había una fiesta en mi casa y estaba presente mi novio de nombre José Manuel MARTINEZ y su amigo Yefferson Jesús GUERRA, luego a eso como a las 11:00 horas de la noche aproximadamente del mismo día de ayer, mi novio y su amigo antes mencionados se fueron de la fiesta ya que estaba tarde y se despidieron, luego el día de hoy en horas de la tarde como a las 02:00 horas aproximadamente, me enteré que a mi novio le habían dados unos tiros y habían matado a su amigo Yefferson, luego cuando yo me encontraba en el hospital visitando a mi novio antes mencionado, habían unos funcionarios de PTJ que me pidieron que los acompañara para esta sede, a fin de declarar en relación a los hechos. Es todo” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO INSTRUCTOR INTERROGA A LA ENTREVISTADA DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento si José Manuel MARTINEZ y Yefferson Jesús GUERRA tenían problema con alguna persona en particular? CONTESTO: “No tengo conocimiento” SEGUNDA PREGUNTA ¿Diga usted, para el momento que José Manuel MARTINEZ y Yefferson Jesús GUERRA se fueron de la fiesta los mismos se fueron juntos? CONTESTO: “Si, ellos dos se fueron juntos” TERCERA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento hacia donde se dirigía José Manuel MARTINEZ y Yefferson Jesús GUERRA, para el momento de irse de su vivienda antes mencionada? CONTESTO: “Ellos me dijeron que se iban para su casa” CUARTA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento si José Manuel MARTINEZ y Yefferson Jesús GUERRA se trasladaba en algún vehículo automotor? CONTESTO: “No, ellos iba agarrar un taxi” QUINTA PREGUNTA ¿Diga usted, su persona llegó a observar si en algún momento de que José Manuel MARTINEZ y Yefferson Jesús GUERRA salieron de su vivienda abordaron algún vehículo automotor? CONTESTO: “No, yo a ellos los vi que se fueron a pies…” (Folio 39 y vto de la primera pieza del expediente)

11.- Declaración del ciudadano Franklin Enrique Zurita Muñoz (demás datos a reserva del Ministerio Público, quien manifestó:

“…Bueno el día de ayer 11/12/09 a eso como a las 11:30 horas de la noche, yo me encontraba en mi vivienda antes mencionada, cuando recibí una llamada telefónica de parte de uno de los empleados de vigilancia de la Universidad Rómulo Gallegos, de esta ciudad, pero no me di cuenta quien me llamó ya que estaba casi dormido y me informaron que habían robado en el área de Piscicultura y Cunicultura de dicha universidad, en eso me vestí rápidamente y me dirigí hacia dicha área y allí estaban los vigilantes de nombre Daniel ZURITA, José Javier ZURITA, Ángel Zurita, Luís ALOIMA y otro vigilante de nombre Luis pero no me acuerdo del apellido, también se encontraba el vigilante del área donde robaron, de nombre Magdaleno BORREGO a quien habían atado pero cuando yo llegué ya estaba suelto, luego como a las 12:30 horas de la madrugada aproximadamente, llegaron dos comisiones de la Policía del Pueblo Guariqueño en dos unidades policiales en una de las patrulla estaba conformado por cuatros (04) funcionarios, entre ellos estaba una mujer y en la otra patrulla no me di cuenta de los funcionarios, luego los funcionarios vieron lo que había pasado en relación al robo y duraron como 10 minutos aproximadamente en el área de Piscicultura y se fueron, luego como a los 10 minutos le notifican vía telefónica a Ángel ZURITA que había una persona tiroteada en el área del Gimnasio Cubierto, donde están los actos de los graduantes de Odontología, en vista de la situación nos trasladamos algunos de los vigilantes antes mencionados, excepto el señor BORREGO, Luis ALOIMA y José ZURITA, quienes se quedaron en el área de piscicultura, luego cuando llegamos hasta el área donde se encontraba el sujeto herido y cuatros personas más del festejo de la graduación a quienes no conozco, ellos estaban cuidando al herido y le preguntamos al lesionado que había pasado y este dijo “que a el compañero de él lo habían matado y a él lo habían herido por la vía del ferrocarril cerca de la universidad, que se quería ir al hospital y nos pidió ayuda” luego realicé llamada telefónica al 171 para que mandara una patrulla para auxiliar al herido, a los 20 minutos aproximadamente, llegó una de las dos comisiones de la Policía del Pueblo Guariqueño que se había presentado anteriormente en el robo donde estaban los cuatros funcionarios tres hombres y una mujer, en eso el ciudadano herido empezó a gritar diciendo que no se quería ir con los funcionarios que ellos fueron los que habían matado a su amigo y lo habían herido a él, en eso se agarra de un tubo de agua, suplicando que no lo dejaran ir solo con los policías, y los funcionarios policiales empezaron a jalarlo, entre ellos estaba el Cabo Primero de nombre Nieve a quien yo conozco, posteriormente lo montan en la unidad y yo le dije a Daniel ZURITA que se fuera en la unidad para que acompañara al herido al hospital y también se monta Ángel ZURITA y en el lugar quedó una Chemise llena de sangre la cual utilizaba el joven herido para calmarse la sangre, igualmente la sangre que él había vomitado, después de una hora de esperar a los muchachos que estaban trasladando al herido al hospital, le dije a Luis a quien no le se el apellido, que nos trasladáramos hasta la Comandancia General de Poliguarico, cuando llegamos allí estaban los muchachos que se habían trasladado con los policías y luego en la policía nos dijeron que nos iban a tomar una declaración y nos dejaron esperando como hasta las cuatro y media horas de la mañana, en vista de que no me tomaban la declaración me retire de la Comandancia, luego el día de hoy 12/12/09 en horas de la mañana me encontraba en los alrededores de la universidad, dando recorrido en todas las áreas de la misma y cuando voy vía hacia el área de producción animal, avisté una comisión de la PTJ que se encontraban en el sitio y me llegué hasta allá y un funcionario me pregunta que hacia allí y le dije que yo era el Supervisor de Seguridad de la Universidad y me percato que había un cuerpo sin vida en el piso, lleno de sangre y los funcionarios de la PTJ me dijeron que si podía rendir declaración y yo les dije que más tarde asistiría a declarar, luego en como a las 02:30 horas de la tarde aproximadamente llegó una comisión de la Policía del Pueblo Guariqueño y me dijeron que tenia que presentarme en el comando que tenia que declarar, luego me trasladé por mis propios medio a la comandaría general y allí me entrevistaron en investigaciones penales y luego me presente hasta aquí. Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento que empleado de la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad, realizó llamada telefónica al 171 área de emergencia de la Policía del Pueblo Guariqueño, cuando había ocurrido el hurto antes mencionado? CONTESTO: “El que llamó para el Robo fue José Javier ZURITA” SEGUNDA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que persona, realizó llamada telefónica al 171 área de emergencia de la Policía del Pueblo Guariqueño, al momento de encontrase el herido antes mencionado en el área del Gimnasio cubierto de la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad? CONTESTO: “Yo llamé a las 12:55 horas de la madrugada al 171 para notificar que había un herido en la universidad” TERCERA: ¿Diga usted, conoce de vista, trato y comunicación al ciudadano que se encontraba herido? CONTESTO: “No, es primera vez que lo veo” CUARTA: ¿Diga usted, es primera vez que por el sector de la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad, se encuentra una persona herida? CONTESTO: “Si, es primera vez que yo veo eso y que yo tenga conocimiento es primera vez que pasa” QUINTA: ¿Diga usted, alguna persona se percató cuando hirieron al sujeto antes mencionado? CONTESTO: “No tengo conocimiento, pero en el área donde señalaba el joven herido que había ocurrido el hecho, a quinientos metros hay vigilancia” SEXTA: ¿Diga usted, su persona se llegó a comunicar con el sujeto herido? CONTESTO: “Si, yo le pregunté que era lo que había pasado, él estaba vomitando y me decía que los que habían hecho eso eran policías del Pueblo Guariqueño” SEPTIMA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que tipo de herida presentaba el ciudadano antes mencionado? CONTESTO: “Yo le vi una herida por arma de fuego que tenia entrada y salida a la altura del pómulo” OCTAVA: ¿Diga usted, su persona tiene conocimiento de los sujetos que hirieron al adolescente antes mencionado? CONTESTO: “Bueno lo que dijo el adolescente que los funcionarios policiales que llegaron en la unidad para trasladarlo, fueron lo que habían matado a su amigo y lo habían herido a él” NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, al llegar la comisión de la Policía del Pueblo Guariqueño, que actitud tomó el adolescente herido? CONTESTO: “El se puso nervioso y empezó a gritar y decía que no los dejáramos solo con los policías y pedía ayuda e incluso se agarró de un tubo y no se quería soltar” DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento motivo por el cual el adolescente herido tomó la actitud antes mencionada cuando llegó la comisión de la policía del Pueblo Guariqueño? CONTESTO: “Bueno porque el adolescente tenia miedo ya que el estaba acusando a los funcionarios de que ellos eran los causantes de lo que le había ocurrido a él y a su amigo” DÉCIMA PRIMERA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que ciudadano acompañó al herido conjuntamente con la policía del Pueblo Guariqueño? CONTESTO: “Yo vi que quien se fue con los policías y el herido fue Daniel ZURITA y Ángel ZURITA a bordo de la patrulla en la parte posterior de la misma” DÉCIMA SEGUNDA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde puede ser ubicado el ciudadano Daniel ZURITA? CONTESTO: “El puede ser ubicado por medio de mi persona” DÉCIMA TERCERA: ¿Diga usted, características fisonómicas de los funcionarios policiales que trasladaron al herido hacia el hospital de esta ciudad? CONTESTO: “Bueno eran tres hombres y una mujer, Uno de ellos a quien yo conozco es el Cabo Primero Nieves, es de contextura delgada, de color de piel moreno, cabello corto, tipo crespo, de color negro, como de 1.70 centímetros de estatura aproximadamente, como de 31 años de edad aproximadamente y vestía con el uniforme de color azul, y los otros dos hombres también eran morenos, el que manejaba era de contextura gruesa y media como 1.70 centímetros de estatura aproximadamente y el otro era de contextura regular, y también media casi lo mismo que anterior, pero de la mujer se que era pequeña de cabello liso, largo a la altura de los hombros, de color negro, todos vestían con el uniforme azul” DÉCIMA CUARTA: ¿Diga usted, características físicas la unidad policial donde se trasladaban los funcionarios policiales antes mencionados? CONTESTO: “Bueno ellos se trasladaba en una unidad camioneta, identificada de color blanco, de las de gasoil, doble cabina, tipo pick-up” DÉCIMA QUINTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del cuerpo sin vida que se consiguió el día de hoy en horas de la mañana en las adyacencias de la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad? CONTESTO: “Yo me fijé ya que los funcionarios de la PTJ estaba allí, pero me imagino que era el amigo del joven herido” DÉCIMA SEXTA: ¿Diga usted, al momento que el herido manifestó que habían matado a su amigo mas adelante del ferrocarril, que acción tomaron su persona y las de los demás vigilantes que se encontraba presente? CONTESTO: “Bueno nosotros le informamos a los funcionarios policiales que más adelante del ferrocarril presuntamente habían matado a una persona” DÉCIMA SEPTIMA: ¿Diga usted, que manifestaron los funcionarios policiales en relación a la información de la persona muerta ubicado más delante del ferrocarril en las adyacencias de la universidad Rómulo Gallegos? CONTESTO: “No dijeron absolutamente nada y se fueron” DÉCIMA OCTAVA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del lugar donde se encontraba el cuerpo sin vida antes mencionado? CONTESTO: “Si, es una zona llena de montes ubicada frente al área Rumiante, vía camburito, de los mismos terrenos de la universidad, en esta ciudad” DÉCIMA NOVENA: ¿Diga usted, su persona conocía al ciudadano hoy occiso? CONTESTO: “No” VIGESIMA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los autores del hecho de la muerte del ciudadano antes mencionado? CONTESTO: “Bueno el herido dijo que habían sido los policías que lo fueron a trasladar al hospital” VIGESIMA PRIMERA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si alguna persona se percató de la muerte del ciudadano antes mencionado? CONTESTO: “como dije antes por allí a quinientos metros aproximadamente hay vigilancia de la misma que nosotros” VIGESIMA SEGUNDA: ¿Diga usted, con que finalidad a su persona lo citaron a la Comandancia de la Policía del Pueblo Guariqueño el día de hoy en horas de la tarde? CONTESTO: “a mi me dijeron que iba a declarar en relación al robo y al herido” VIGESIMA TERCERA: ¿Diga usted, la identificación de la persona que presuntamente fue victima del robo? CONTESTO: “Magdalena BORREGO” VIGESIMA CUARTA: ¿Diga usted, el ciudadano de nombre Magdalena BORREGO observó a la persona herida? CONTESTO: “Cuando fueron a buscar al Señor BORREGO quizás lo vio en la unidad” VIGESIMA QUINTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si el adolescente herido, fue uno de las personas que había ejecutado el robo donde fue herido el señor BORREGO MAGDALENO? CONTESTO: “no creo ya que el señor BORREGO lo fuera conocido cuando lo vio…” (Folios 40 al 42 de la primera pieza del expediente)

12.- Declaración del ciudadano Rojas Mendoza Jirvenson Rogelio, (demás datos a reserva del Ministerio Público), quien manifestó:

“…Resulta ser que el día de hoy 12/12/2009 recibí la guardia en el Hospital de esta ciudad a las 2:45 horas de la madrugada, cuando llego el compañero mío de nombre Distinguido Guacaran Hernández no se encontraba de servicio, debido a que se encontraba en la Comandancia General de la Policía del Pueblo Guariqueño en el área de Investigaciones Penales, una vez encontrándome en el hospital reviso el libro de novedades y me percato que el mismo esta pasado hasta la 01:45 horas de la mañana, recibí los ingresos y al observar que el ingreso de una adolescente de nombre JOSÉ MARTÍNEZ, de 17 años de edad de profesión u oficio estudiante quien presentó una herida por arma de fuego a nivel del rostro, en vista de que en el referido ingreso no se refleja quien fue la persona o comisión que le prestó el auxilio para trasladar hasta el referido hospital al adolescente, llamo a la Comandancia General de la Policía del Pueblo Guariqueño me comunico con el…Cabo Segundo Pinto Erick una vez le indico la novedad ocurrida y este me dijo que la unidad que realizo el traslado del referido adolescente fue la unidad P-28, conducida por el agente Barcos Carlos comandado por el Cabo Primero Galvis Nieves y dos auxiliares más…Seguidamente el funcionario pasa a preguntar de la manera siguiente…¿Diga usted, tiene conocimiento que persona realizo el traslado del referido adolescente para el hospital? Contestó: La unidad que mencioné la P-28 con el conductor de nombre Barco Carlos y al mando del Cabo Primero Galvis Nieves, en compañía de dos auxiliares más…” (Folio 45 y 46 de la primera pieza del expediente)


13.- RECONOCIMIENTO MÉDICO LEGAL N° 9700-149-N° DE FECHA 12/12/2009, suscrito por el médico forense Franklin Martínez adscrito al Departamento de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicado al ciudadano José Manuel Martínez Castro, titular de la cédula de identidad V-21.336.749, en la cual dejó constancia que al ser evaluado presentó:
“…EXÁMEN FÍSICO GENERAL:
• Tumefacción severa en región submaxilar derecha con herida contusa irregular sangrante.
• Tumefacción severa entre la región preauricular y malar izquierda con herida contusa con halo acentuado excéntrica bisel eje 01 con tatuaje verdadero y falso.
• Tumefacción simple con hematoma en pabellón auricular izquierda, con disminución de agudeza auditiva
• Tumefacción moderada con hematoma simple en región parietotemporal izquierda
• Neurológico general: dentro de limites normales al momento de la experticia
• Resto de examen físico sin lesiones aparentes.
CONCLUSIONES:

Estado general satisfactorio
Se evidencia criterios clínicos de agresión por objeto contuso a determinar, por proyectil única de arma de fuego a próximo contacto en base a demarcación lesionológicas de topográfica corporal, de izquierda a derecha, discretamente descendente y de atrás hacia delante, que amerito ingreso de urgencia por poner en riesgos la vida del paciente, con fractura de maxilar derecha por tomografía craneal, sin complicaciones el tiempo de curación es de 100 días, con privación de ocupaciones habituales por 60 días.
CARÁCTER: GRAVE…”

14.- RECONOCIMIENTO POSTMORTEN N° 9700-149-NRO. DE FECHA 12-12-2009 suscrito por el médico Forense Franklin Martínez, practicado al cadáver del ciudadano quien en vida respondía al nombre de Yeferson de Jesús Guerra Cambero, titular de la cédula de identidad V-20.247.329, en la cual dejó constancia de lo siguiente:

“…EXAMEN FÍSICO GENERAL: Se evalúa occiso masculino, en área hospitalaria en decúbito ventral sin vestimenta, mestizo, contextura normal, con palidez cutáneo mucosa severa, de 1.88 de estaura. 79 Kg. de peso, con algor mortis generalizado, livor mortis en zona declive migratorias, rigor mortis presentes en zona facial.
• CABEZA Y CUELLO: Tumefacción severa con halo de contusión severo en herida excéntrica con bisel en eje 03, sin tatuaje en región parietal izquierda alta. Tumefacción severa en hemicara izquierda a nivel de pómulo, preauricular y región submaxilar con herida contusa con halo severo y tatuaje verdadero y falso, hematoma simple parietal derecho. Tumefacción simple supra ciliar izquierda.

• TÓRAX – ABDOMEN: tumefacción simple en región dorso lumbar.

• EXTREMIDADES SUPERIOR: Herida contusa excéntrica con bisel en eje 02, con halo acentuado en brazo izquierdo tercio medio cara posterior con tatuaje verdadero y falso bisel en eje 06 sin tatuaje en cara posterior y externa de la muñeca izquierda. Herida irregular en muñeca izquierda ara anterior tercio medio. Excoriaciones simple codo izquierdo.

• EXTREMIDADES INFERIORES: sin lesiones externas evidentes.

CONCLUSIONES: Lo evidenciado es secuela de contusiones simples por agresión física directa y por proyectil único de arma de fuego a próximo contacto con varios impactos, centralizadas según demarcación topográfica anatómica en zonas vitales (en cráneo y miembro superior con entrada y salida) y proyección clínica de atrás hacia delante, de izquierda a derecha discretamente descendente que conllevaron al existus letales (muerte) de paciente, se pide autopsia médico legal de Valle la Pascua.-

DIAGNOSTICO CLÍNICO DE MUERTE:

• TRAUMA CRANEAL PENETRANTE POR ARMA DE FUEGO
• LESIÓN VISCERAL INTRACRANEAL COMPLICADA…”


15.- Experticia Médico legal de Certificado de Defunción (EV14) N° 9700-149-Nro. de fecha 12/12/2009, suscrito por el Experto Profesional IV adscrito al Departamento de Ciencias Forenses de San Juan de los Morros del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Dr. Franklin Martínez, practicada al ciudadano Yeferson De Jesús Guerra Cambero, en la cual dejó constancia que la muerte se debió a causa de:
• CONTUSIÓN CEREBRAL SEVERA
• HEMORRAGIA INTRACRANEAL
• TRAUMA CRANEAL COMPLICADO
• HERIDA POR ARMA DE FUEGO


16.- Oficio N° ZP1-151-09 de fecha 11/12/2009 suscrito por el Comandante de la Zona Policial N° 1 de la Policía Para el Pueblo Guariqueño, mediante el cual remiten lo siguiente:
A- copias certificadas del libro de armas asignados a los funcionarios: Barco Carlos, a quien se le asigno el arma de fuego tipo pistola, serial P22421Z; Díaz Darwin se le asigno el arma de fuego tipo pistola P22424Z, Jiménez Carolina, se le asigno el arma tipo pistola P22328Z y Nieves Galvis, se le asigno un arma de fuego, tipo pistola, serial P22425Z.
B- Copia certificada de las novedades llevadas en fecha 12/12/2009, de la cual se desprende lo siguiente:
120100DiC.09.- Se recibe llamada vía telefónica por parte del supervisor de los vigilantes de la universidad UNERG informando que en el Gimnasio cubierto se encontraba un sujeto desconocido herido por arma de fuego, se le notifico a control de radio y a protección civil.

120130DIC09. Se recibe llamada vía telefónica por parte del vigilante supervisor de la UNERG Daniel Zurita nuevamente informando que en las instalaciones de la cancha cubierta se encontraba un sujeto herido por arma de fuego.

12:01:30 DIC09: Se reporta C1ro Nieves José indicando que el vigilante el Sr. Magdalena fue golpeado por un contundente en la cabeza que el mismo se encuentra bien que el herido por arma de fuego supuestamente es el detenido que fue encontrado en el gimnasio cubierto por las personas de festejo de la universidad el herido fue trasladado al Hospital Israel Ranuarez Balza y los vigilantes en investigaciones.

C- Copias Certificadas del primer turno de patrullaje P-08
Conductor: Agte. (PPG) Barco Carlos
Comandante C/1ro (PPG) Nieves Galvis
Auxiliar: Dtgdo. (PPG) Jiménez Carolina

D- 120320DIC 09: Informa el C/1ero Nieves Galvis que siendo las 12:30 horas abordada la unidad P-28 y control lo envía para las instalaciones de la UNERG área de psicultura a verificar un atraco, en el sitio se entrevisto con el cddno José Borrego, C.I. 5.157.765 (vigilante) el cual le manifestó que fue víctima de robo por sujetos desconocidos portando armas de fuego y lo despojaron de 03 tres desmalentadoras y 01 un celular. Se traslado al comando para la denuncia respectiva. Posteriormente siendo las 01:00 horas se traslado de nuevo al sitio previa llamada de control reportando un vigilante herido, en el sitio logro entrevistarse con Enrique Zurita C.I. 13.874.416 supervisor de vigilancia quien señala un herido que no guarda relación con la empresa en el gimnasio cubierto. Dicho ciudadano dijo ser José Martínez C.I. 21.336.749 el cual se presto ayuda en sentido de trasladarlo hasta la emergencia del Hospital Israel Ranuarez Balza.

E- 120100DIC 09 Ingresa al Hospital IRB José Manuel Martínez de esta ciudad residenciado en la calle el Delirio S/# de 17 años, soltero, venezolano, estudiante, CI. 21.336.749. Presentando politraumatismo cráneo facial por arma de fuego con entrada y salida.

17.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO, MECÁNICA Y DISEÑO SIGNADA CON EL N° 9700-077-DC-1726 de fecha 12/12/2009 suscrita por el funcionario Delfín Ladrón adscrito al Departamento de Criminalística de la Delegación Guarico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas en la cual dejó constancia que:
“EXPOSICIÓN: El material suministrado como incriminado consistió en cuatro armas de fuego, las cuales presentan las siguientes características físicas:
01.- Tipo pistola, calibre 9mm, marca Beretta, modelo 92FS, serial de orden P22328Z.
02.- Tipo pistola, calibre 9mm, marca Beretta, modelo 92FS, serial P224425Z.
03.- Tipo pistola, calibre 9mm, marca Beretta, modelo 92FS, serial P22424Z.
04.- Tipo pistola, calibre 9mm, marca Beretta, modelo 92FS, serial P22421Z.

CONCLUSIONES:

1.- Las armas de fuego recibidas y descritas en el texto de este informe se hallan en buen estado de funcionamiento, es decir que se pueden efectuar disparos con las mismas…
2.- Los estándares (conchas-proyectiles) obtenidos a partir de las armas de fuego descritas en el testo de este informe, quedan en calidad de depósito en el archivo físico de este Departamento para futuras comparaciones que se tengan a bien solicitar…”


18.- EXPERTICIA N° 9700-077-DC-481 DE FECHA 13/12/2009, suscrita por los funcionarios Rómulo Antonio Gutiérrez y Alberto Rafael Mota, expertos adscritos al Departamento de Experticias de Vehículos de la sub. Delegación San Juan de los Morros del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas en la cual dejaron constancia que:

MOTIVO:
Realizar experticia en los seriales de carrocería y motor a un vehículo, a fin de dejar constancia de su reconocimiento legal y determinar la originalidad o posible alteración en sus seriales de identificación.

EXPOSICIÓN:

A los efectos propuestos se procedió a la inspección de un vehículo que se encuentra aparcado en el Estacionamiento interno de este Despacho, previo requerimiento de la Fiscalía Décimo Octavo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico; el cual reúne las siguientes características: CLASE: CAMIONETA; MARCA: CHEVROLET, MODELO: LUV D/CABINA, AÑO: 2005, TIPO: PICK UP, COLOR: BLANCO, MATRICULAS SIGLAS: 28K - DAU, USO: CARGA; el mismo se encuentra en buen estado de uso, conservación y funcionamiento, con un valor comercial aproximado de Sesenta Mil Bolívares (60.000).—

…Procedieron los funcionarios designados a inspeccionar el vehículo, observando lo siguiente:

01.- Se verificaron los seriales de carrocería de la unidad en estudio, donde se lee: 8GGTFSK955A149465, observando el mismo en su estado Original.-
02.- Se verificó el serial de motor de la unidad en estudio, donde se lee: 256384, constatando que se encuentra Sin Alteración.

REACTIVACION: No se reactivo

CONCLUSIONES:

Los seriales de la unidad en estudio se encuentran en su estado Original.”


19.- Declaración del ciudadano José Daniel Zurita Flores (demás datos a reserva del Ministerio Público), quien expresó:
“Resulta ser que el día 11/12/09 a eso las 11:20 horas de la noche aproximadamente, yo me encontraba en la casilla principal de seguridad de COOPSERVI en compañía de los ciudadanos Ángel ZURITA y Aular CASTRLLO, ubicada al final de la avenida Prieto Figueroa, de esta ciudad, cuando veo que llega el señor BORREGO y estaba como asustado y me dice que en el área de Piscicultura de la Universidad Rómulo Gallegos en esta ciudad, habían robado y lo habían dejado amarrado a él y como pudo se soltó y se traslado hasta donde yo estaba, en vista de eso llamé vía telefónica al supervisor de seguridad de nombre Franklin ZURITA para que tuviera conocimiento del hecho y luego nos trasladamos Ángel ZURITA, el señor BORREGO y mi persona hacia al área de Piscicultura, una vez allí se encontraban, Franklin ZURITA, otros vigilantes de nombre Luis ALOIMA y otro de nombre Luis que no me acuerdo el apellido, luego llegó el otro vigilante de nombre José ZURITA, eso fue como las 11:50 horas de la noche aproximadamente, luego como a los cinco minutos llegaron dos unidades de la Policía del Pueblo Guariqueño, en una unidad andaban cuatros funcionarios entre ellos una mujer y tres hombres y en la otra unidad andaba tres hombres nada más, allí duraron como cinco minutos y se fueron a buscar los presuntos autores del hecho, luego como a las 12:05 horas de la mañana aproximadamente Ángel ZURITA recibió llamada telefónica que en el área del Gimnasio Cubierto de la universidad antes mencionada, había llegado un joven herido, al saber eso, rápidamente nos trasladamos Ángel ZURITA, Franklin ZURITA, Luis ALOIMA y mi persona hacia el Gimnasio donde estaba el joven herido, cuando llegamos allá estaba el muchacho sentado y estaba rodeado del personal de festejo de que esta encargado de organizar un acto de graduación en el Gimnasio, el muchacho estaba lleno de sangre y me acerqué y le vi dos heridas en ambos cachete y decía que lo lleváramos al hospital que habían matado a su amigo y lo habían dejado tirado mas adelante del ferrocarril, luego como a los cinco minutos aproximadamente, llegó una de las dos unidades que habían estado en el área de piscicultura minutos antes, tripulada por tres hombre y una mujer, en eso el joven herido empezó a decir que no lo dejáramos ir con los funcionarios porque eran malos y decía que ellos eran los que habían matado a su amigo y lo habían herido a él, luego se agarró de un tubo y no quería soltarse y los funcionarios policiales lo empezaron a jalar, luego lo dejaron tranquilo, luego los funcionarios policiales dijeron que se fuera uno de nosotros para que el muchacho se quedara tranquilo y decidimos irnos Ángel ZURITA y mi persona, luego pasamos buscando al señor BORREGO quien se encontraba en el área de piscicultura y también se monto José ZURITA luego la unidad nos dejó a los ciudadanos antes mencionado en la comandacia de la policía, específicamente en el área de la capilla, de esta ciudad y me pareció extraño ya que yo creía que íbamos para el hospital acompañar al joven herido, pero los que se fueron al hospital eran los cuatros funcionarios y el muchacho herido solamente, allí en la comandacia duramos como hasta las cinco de la mañana. Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento que empleado de la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad, realizó llamada telefónica al 171 área de emergencia de la Policía del Pueblo Guariqueño, cuando había ocurrido el Robo antes mencionado? CONTESTO: “El que llamó para el Robo fue José Javier ZURITA” SEGUNDA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que persona, realizó llamada telefónica al 171 área de emergencia de la Policía del Pueblo Guariqueño, al momento de encontrase el herido antes mencionado en el área del Gimnasio cubierto de la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad? CONTESTO: “No tengo conocimiento” TERCERA: ¿Diga usted, conoce de vista, trato y comunicación al ciudadano que se encontraba herido? CONTESTO: “No, nunca lo había visto” CUARTA: ¿Diga usted, es primera vez que por el sector de la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad, se encuentra una persona herida? CONTESTO: “Si, es primera vez que yo veo por ese lugar una persona herida” QUINTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si alguna persona se percató cuando hirieron al adolescente antes mencionado? CONTESTO: “Bueno el herido dijo que las personas que habían matado a su amigo y le habían disparado a el fueron los funcionarios policiales que fueron a llevarlo para el hospital” SEXTA: ¿Diga usted, su persona se llegó a comunicar con el sujeto herido? CONTESTO: “Si, que fue cuando me manifestó que lo ayudáramos y que los que habían hecho eso eran unos funcionarios policiales” SEPTIMA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que tipo de herida presentaba el ciudadano antes mencionado? CONTESTO: “Dos heridas en ambos cachete parecía producida por disparo de arma de fuego” OCTAVA: ¿Diga usted, al llegar la comisión de la Policía del Pueblo Guariqueño al lugar donde se encontraba el adolescente herido, que actitud tomó dicho adolescente? CONTESTO: “Se puso nervioso y se asustó muchísimo y decía que no los dejáramos ir con los policías que ellos eran los que le habían hecho eso a él y se aforró de una llave de agua que estaba allí” NOVENA: ¿Diga usted, tiene conocimiento motivo por el cual el adolescente herido tomó la actitud antes mencionada, al momento que llegó la comisión de la policía del Pueblo Guariqueño? CONTESTO: “Bueno el joven herido decía que los policías que se encontraban presente fueron los que mataron a su amigo y lo habían herido a él” DÉCIMA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que ciudadano acompañó al adolescente herido conjuntamente con la policía del Pueblo Guariqueño? CONTESTO: “José ZURITA, Ángel Zurita el señor Borrego y mi persona, mi persona se montó en la parte trasera donde esta el cajón de la camioneta en compañía del herido y Ángel ZURITA y un funcionario policial y en la parte de adelante con los demás policías estaba José ZURITA y el señor BORREGO” DÉCIMA PRIMERA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde pueden ser ubicados los ciudadanos Ángel ZURITA y José ZURITA? CONTESTO: “Ángel ZURITA vive en la ciudad de Cagua, Estado Aragua y José ZURITA vive aquí en san Juan, pero ambos pueden ser ubicados en su trabajo en la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad” DÉCIMA SEGUNDA: ¿Diga usted, características fisonómicas de los funcionarios policiales que trasladaron al herido hacia el hospital de esta ciudad? CONTESTO: “Bueno eran tres hombres y una mujer, Uno era de contextura delgada, color de piel moreno, cabello corto, tipo crespo, no vi muy bien el color, cara delgada, de 1.75 centímetros de estatura, como de 32 años aproximadamente, el fue el que estaba jalando al herido cuando estaba aferrado del tubo, el otro funcionario que también estaba jalando al herido es de contextura regular, de color de piel moreno, cabello corto, no vi bien como era el cabello, cara normal, de 1.70 centímetros de estatura aproximadamente, de 27 años de edad aproximadamente, el otro funcionario que manejaba la unidad es de era de contextura gruesa, de color de piel moreno, cabello corto, color negro, cara ovalada, de 1.70 centímetros de estatura aproximadamente, de 28 años de edad aproximadamente y la funcionario femenina era de contextura regular, de color de piel morena clara, de cabello largo como por los hombros, de color negro, lo tenia liso, de 1.60 centímetros de estatura aproximadamente, de 26 años de edad aproximadamente, todos vestían con uniformes de color azul completo” DÉCIMA TERCERA: ¿Diga usted, características físicas del la unidad policial donde se trasladaban los funcionarios policiales antes descritos? CONTESTO: “Era un vehículo camioneta, doble cabina, tipo pick-up, de color blanco, decía 171 y estaba identificada de Poliguarico” DÉCIMA CUARTA: ¿Diga usted, al momento que el herido manifestó que habían matado a su amigo mas adelante del ferrocarril que acción tomaron su persona y las de los demás vigilantes que se encontraba presente? CONTESTO: “Bueno nosotros le informamos a los funcionarios policiales que se encontraban presente, en relación al muerto que estaba diciendo el joven herido y creímos iban hacer algo” DÉCIMA QUINTA: ¿Diga usted, que manifestaron los funcionarios policiales en relación a la información de la persona muerta ubicado más delante del ferrocarril ubicado en las adyacencias de la universidad Rómulo Gallegos? CONTESTO: “los policías se hicieron los locos y no dieron respuesta” DÉCIMA SEXTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del lugar donde se encontraba el cuerpo sin vida antes mencionado? CONTESTO: “No” DÉCIMA SEPTIMA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si alguna persona se percató de la muerte del ciudadano antes mencionado? CONTESTO: “No se, pero por allí cerca queda la unidad de Producción Ganadera y producción avícola, y hay un vigilante de nombre José David CAMPOS en producción ganadera pero de la otra área no se los nombre de los vigilantes” DECIMA OCTAVA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde puede ser ubicado el ciudadano José DAVID CAMPOS? CONTESTO: “Ellos en estos momento debería estar trabajando en esas áreas” DECIMA NOVENA: ¿Diga usted, con que finalidad su persona y los otros vigilantes fueron trasladado el día que ocurrió el hecho, a la comandacia de la Policía del Pueblo Guariqueño? CONTESTO: “No se, pero nosotros creíamos que nos iban a llevar para el hospital conjuntamente con el herido, pero nos dejaron fue en la comandancia y cuando llegamos a la policía los funcionarios que estaban trasladando al herido nos dejaron esperando y cuando llegaron nos dijeron que nos iban a tomar declaración en relación a lo del robo” VIGESIMA: ¿Diga usted, la identificación de la persona que presuntamente fue victima del robo? CONTESTO: “El señor de nombre Magdaleno BORREGO” VIGESIMA PRIMERA: ¿Diga usted, el ciudadano de nombre Magdalena BORREGO observo a la persona herida? CONTESTO: “Si” VIGESIMA SEGUNDA: ¿Diga usted, el ciudadano magdaleno borrego llegó a señalar al adolescente herido, como una de las personas que habían ejecutado el robo? CONTESTO: “No para nada, uno de los funcionarios dijo que el herido era el que había cometido el robo pero el señor Borrego dijo que el no había sido, que los del robo se habían ido en un vehículo” VIGESIMA TERCERA: ¿Diga usted, de volver a ver a los funcionarios policiales trasladaron al adolescente herido, los reconocería? CONTESTO: “Si” (folios 106 y 107 de la primera pieza del expediente)


20.- Declaración del ciudadano Guerra González Luis Roberto, (demás datos en reserva del Ministerio Público), quien expresó:

“…Yo el día sábado 12/12/09 como a las 12:30 horas de la madrugada, me encontraba en mi puesto de trabajo ubicado en el Premezclado del ferrocarril vía camburito pasando la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad y escuché que alguien llamaba y decía “Vigilante, Vigilante” yo en eso salgo y me paro alejado del muchacho por seguridad y me dice que llamara a una ambulancia, yo le dije que iba a llamar a la policía, en eso se puso muy nervioso y se asustó y decía que no llamara a la policía porque ellos lo habían jodido y yo le dije que buscara ayuda más abajo en la universidad, que allí podía conseguir alguna ambulancia y sin decir más nada se fue, luego el día siguiente en horas de la mañana me enteré por periódico que cerca del área rumiante de la universidad, había aparecido una persona muerta a tiros, luego el día de ayer una comisión de la PTJ se llegó hasta el puesto de mi trabajo y le plantee lo que había pasado el día sábado 12/12/09, en horas de la madrugada y me entregaron una citación para que asistiera a declarar. Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA ¿Diga usted, característica fisonómicas del sujeto que le pidió ayuda a su persona el día Sábado 12/12/09 en horas de la madrugada? CONTESTO: “Es de contextura delgada, color de piel blanco, no me fije en el cabello, de 1.65 centímetros de estatura aproximadamente, pero no pude distinguirlo más ya que estaba pendiente de mi seguridad” SEGUNDA: ¿Diga usted, en algún momento le llegó a observar al sujeto antes descrito algún signo de violencia o lesiones? CONTESTO: “De verdad que lo noté como cansado y no hablaba muy bien, pero no distinguí si estaba lesionado ya que lo que quería era que se fuera y eso estaba oscuro” TERCERA: ¿Diga usted, es primera vez que su persona ve al sujeto antes mencionado? CONTESTO: “Si, yo nunca lo había visto” CUARTA: ¿Diga usted, motivo por el cual su persona no auxilio al sujeto en cuestión? CONTESTO: “Porque cuando yo le dije que iba a llamar a la policía el dijo que no y se fue y tampoco podía abrir la puerta por seguridad…” (Folio 108 de la primera pieza del expediente)

21.- Declaración del ciudadano Zurita José Javier (demás datos a reserva del Ministerio Público), quien expresó:

“Resulta que día 12-12-2009, como a las 12:15 horas de la madrugada, me encontraba en el Área del Rectorado en la Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos, donde laboro como vigilante; cuando escucho por mi radio que Daniel Zurita Flores transmite la información de que en el Área de piscicultura de la universidad, se había metido unos sujetos y habían robado, que tuviéramos pendiente por que los sujetos andaban armados; al cabo de unos cinco minutos llego una patrulla de la Policía del Pueblo Guariqueño, con tres policías masculinos y una femenina; ellos me preguntaron donde había ocurrido el robo, entonces yo me monte en la unidad con ellos y los lleve hacia el área de piscicultura, en lo que llegamos al lugar, también llego otra unidad policial, quienes se quedaron en dicho vehículo; luego los policías que me acompañaban se bajaron de la unidad y le preguntaron al vigilante de esa área, de quien no se su nombre, que había pasado, entonces el vigilante le explico lo sucedido; luego los policías, no dijeron nada y se retiraron ambas unidades; encontrándonos en ese lugar a mi primo Daniel Flores Zurita recibió una llamada a su celular de parte de unas personas de festejo, que se encontraban en el área del Gimnasio Cubierto del la Universidad, ya que se iba a realizar una firma de libros de los graduandos, en la llamada le informaron a mi primo que en esa área se encontraba un ciudadano tiroteado, yo me quede en el área de piscicultura, entonces Daniel Zurita Flores, Franklin Zurita, Ángel Zurita y un motorizado de quien no se su nombre, se trasladaron hacia el Gimnasio Cubierto a verificar la información, al cabo de una media hora, vi que subió hacia el Gimnasio Cubierto una patrulla de POLIGUARICO, luego cuando bajo la patrulla, se llagaron hasta el área de piscicultura donde yo me encontraba, en ese momento también llego otra patrulla de ese cuerpo policial, de la unidad que venia del gimnasio me percate de que estaba tripulada por tres funcionarios masculinos y una femenina, en la parte trasera estaban montados mis compañeros de trabajo de nombre Daniel Zurita Flores y Ángel Zurita y un muchacho quien estaba ensangrentado en el rostro, de esa unidad solo se bajo un policía que yo conozco con el nombre de NIEVES, quien le pregunto al vigilante que si el muchacho herido era uno de los sujetos que lo había robado, este le contesto, que no era; luego NIEVES le dijo al vigilante y a mi persona que nos montáramos en la unidad, para ser testigos del traslado del herido, nos montamos pensé que íbamos hacia el hospital a llevar al muchacho herido, pero me sorprendí cuando la unidad nos lleva hacia el comando de POLIGUARICO, y mete la unidad hacia la parte de atrás de esa institución donde esta una capilla, allí nos bajamos con los funcionarios y el muchacho herido no llevaron a un pasillo por donde esta la capilla, luego NIEVES mando arrodillar al muchacho herido, al cabo de unos diez minutos, los mismos funcionarios levantaron al muchacho lo montaron en la patrulla, entonces el funcionario Nieves, nos dice que nos quedáramos allí que ellos iban a trasladar al muchacho al hospital, por que a nosotros nos iban a tomar una declaración, los policías salieron y al cabo de una veinte minutos aproximadamente llegaron pero no nos comentaron mas nada, allí nos tuvieron hasta la Cinco y Diez (05:10) de la mañana, donde nos dejaron por que le dijimos que teníamos los puestos de trabajo solos; luego como a las Tres y media (03:30) recibo una llamada telefónica de parte del funcionario policial de nombre NIEVES, preguntándome que donde me encontraba yo, por que el comandante de POLIGUARICO necesitaba entrevistarse con los vigilantes que habíamos acompañado en el traslado del herido, yo le dije que me pasara buscando por mi sitio de trabajo; como a las tres y cuarenta y cinco (03:45) de la tarde llego la patrulla a área de trabajo, allí nos montamos en la patrulla Daniel Flores Zurita y mi persona, una vez en el comando nos preguntaron que donde vivía el vigilante que habían robado, yo le dije que yo no sabia, entonces mi otro compañero le dijo que el sabia donde vivía, luego los policías se fueron con Daniel a buscar al vigilante, cuando llegaron con el vigilante nos dejaron esperando, a los pocos minutos llego nuestro Supervisor Franklin Zurita, a indagar en relación del motivo por el cual nos tenían allí; luego los policiales nos tomaron declaración a cada uno de nosotros en relación al robo del área de piscicultura de la UNERG. Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación al muchacho herido? ”CONTESTO: “No, primera vez que lo veo” SEGUNDA: ¿Diga usted, características físicas y vestimenta que portaba el muchacho herido? CONTESTO: “De piel Blanca, de contextura delgado, de aproximadamente Un metro Sesenta y cinco centímetros (1,65) de estatura, cabello corto crespo de color Negro, como de 17 años de edad, con una herida en la cara; vestía un pantalón jeans de color Azul y un par de zapatos deportivos, sin camisa” TERCERA: ¿Diga usted, la persona antes descrita llega a manifestar algo, para el momento que su persona abordo la unidad policial? CONTESTO: “No dijo nada”. CUARTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del motivo por el cual la persona arriba descrita se encontraba herida? CONTESTO: “Desconozco” QUINTA: ¿Diga usted, características físicas y vestimenta que portaban los funcionarios policiales que trasladaron al muchacho herido? CONTESTO: “NIEVES, es de piel Trigueña, de contextura delgada, de aproximadamente Un metro Sesenta y cinco centímetros, como de 30 años de edad, cabello corto crespo de color Negro; vestía un uniforme de color Azul con los logos de POLIGUARICO; otro que reconozco es un policía de piel Morena, de contextura gorda, de aproximadamente un metro cincuenta centímetros, cabello liso corto de color negro; vestía un uniforme de color Azul, con logos de POLIGUARICO; el otro funcionario no recuerdo su color de piel, era de contextura regular, de aproximadamente un metro sesenta y cinco centímetro de estatura, cabello liso de color Negro, vestía un uniforme de color Azul con logos de POLIGUARICO y la dama era de piel morena, de contextura delgada, de aproximadamente un metro sesenta y cinco centímetros de estatura, cabello largo liso, le daba un poco mas abajo de los hombros, de color Negro cabello? SEXTA: Diga usted, características del vehículo donde se movilizaban los funcionarios antes descritos? CONTESTO: “Era una patrulla camioneta pick-up, descubierta, de color Blanco, doble cabina, identificada en las puertas con los logos de POLIGUARICO, no se que numero de unidad era” SEPTIMA: Diga usted, tipo de armas que portaban los referidos funcionarios policiales? CONTESTO: “Ellos usaban pistolas de color Negro? OCTAVA: Diga usted, conoce de vista, trato y comunicación a los funcionarios arriba descritos? CONTESTO: “Al único que conozco de vista es al funcionario que menciono como NIEVES…” (Folios 110 y 111 de la primera pieza del expediente)


22.- Declaración del ciudadano Seijas González Aloima Luis (demás datos a reserva del Ministerio Público) quien expresó que:

“El día 11/12/09 a eso como a las 11:45 horas de la noche aproximadamente, yo me encontraba en el área del decanato de investigación y extensión de la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad ya que elaboro en dicha área como vigilante, cuando el supervisor de seguridad de nombre Daniel ZURITA, me avisa por el radio que habían robado en el área de piscicultura de dicha universidad, en eso yo me traslado hasta esa área con otro vigilante de nombre Luis, a quien no le se el apellido y al llegar allá estaban los supervisores de nombre Daniel ZURITA y Ángel ZURITA, también estaba el vigilante del área que habían robado a quien conozco como Borrego, luego llegaron dos patrulla de la policía del Pueblo Guariqueño en la cual una de ellas la tripulaban cuatros funcionarios policiales y en la otra tres funcionarios hombre y una mujer, también llegó con ellos el vigilantes José Javier ZURITA, los funcionarios policiales duraron allí como 15 minutos aproximadamente y se fueron, luego como a los 20 minutos aproximadamente, le avisaron por radio a Daniel ZURITA que en el área del Gimnasio cubierto de la universidad, estaba un sujeto herido, en eso se fueron para dicha área Daniel ZURITA, Ángel ZURITA, Franklin ZURITA y Luis que no se el apellido, yo me quedé allí con el señor Borrego y José Javier ZURITA, luego como a la 01:30 horas de la mañana aproximadamente sube una de las unidades que había llegado anteriormente en la cuestión del robo, que era la patrulla donde andaban tres funcionarios hombres y una mujer, y cuando va nuevamente al área de piscicultura se llevaron al señor BORREGO y José Javier ZURITA para que declararan en la policía, luego yo me fui para el área donde yo vigilo. Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento que empleado de la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad, realizó llamada telefónica al 171 área de emergencia de la Policía del Pueblo Guariqueño, cuando había ocurrido el robo antes mencionado? CONTESTO: “No tengo conocimiento” SEGUNDA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que persona, realizó llamada telefónica al 171 área de emergencia de la Policía del Pueblo Guariqueño, al momento de encontrase el herido antes mencionado en el área del Gimnasio cubierto de la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad? CONTESTO: “No tengo conocimiento” TERCERA: ¿Diga usted, conoce de vista, trato y comunicación al adolescente que se encontraba herido? CONTESTO: “No se quien es, no lo llegué a ver” CUARTA: ¿Diga usted, es primera vez que por el sector de la universidad Rómulo Gallegos de esta ciudad, se encuentra una persona herida? CONTESTO: “Si, primera vez que se da eso…DÉCIMA PRIMERA: ¿Diga usted, características fisonómicas de los funcionarios policiales que fueron a buscar al ciudadano de nombre Magdaleno BORREGO y José Javier ZURITA para que declararan el día 12/12/09 en horas de la madrugada? CONTESTO: “Bueno eran tres hombres y una mujer, uno de ellos a quien yo conozco de vista y vive por el barrio Primero De Mayo, es de contextura delgada, de color de piel moreno, cabello corto, tipo crespo, de color castaño claro, como de 1.70 centímetros de estatura aproximadamente, como de 32 años de edad aproximadamente, el otro era de contextura regular, de color de piel moreno, cabello corto, no vi bien como era el cabello, de 1.75 centímetros de estatura aproximadamente, de 29 años de edad aproximadamente, el otro funcionario era de contextura gruesa, de color de piel moreno, cabello corto, color negro, cara ovalada, de 1.65 centímetros de estatura aproximadamente, de 25 años de edad aproximadamente y la funcionario femenina era de contextura regular, de color de piel morena, de cabello largo por los hombros, de color negro, lo tenia liso, de 1.60 centímetros de estatura aproximadamente, de 28 años de edad aproximadamente, y vestían con uniformes de color azul completo” DÉCIMA SEGUNDA: ¿Diga usted, características físicas de la unidad policial donde se trasladaban los funcionarios policiales antes descritos? CONTESTO: “Bueno ellos se trasladaba en una unidad camioneta, identificada de la policía del Pueblo Guariqueño, de color blanco, de las de gasoil, doble cabina, tipo pick-up …” (Folios 112 y 113 de la primera pieza del expediente)


23.- Declaración del ciudadano Zurita Salazar Ángel José (demás datos a reserva del Ministerio Público) quien manifestó que:

“…Resulta que yo me encontraba el día Viernes 11-12-2009 como a las once y media de la noche, con otro compañero de trabajo de nombre Daniel ZURITA, cuando se presento a la oficina de la Cooperativa COOPSERVI R.L, ubicada en las instalaciones de la Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos de esta localidad, donde yo laboro; el vigilante del área de piscicultura de la Universidad, informándonos que unos sujetos se metieron en esa área, robaron y posteriormente lo dejaron amarrado; en seguida Daniel ZURITA y mi persona, en compañía del vigilante fuimos hacia el área de piscicultura a verificar lo sucedido, una vez allí mi compañero Daniel ZURITA llamó por radio notificando a los vigilantes de la universidad que estuvieran pendiente que habían robado en el área de Piscicultura y los sujetos andaban armados, en ese momento me llama un compañero de trabajo que lo conozco por el apodo de MONGO, quien me dijo que ya el había llamado a la policía, luego vi que una patrulla de la policía subió para el área del rectorado de la universidad, luego la patrulla se regreso hasta el área de piscicultura donde estábamos nosotros, con los policías venia mi compañero quien mencione como MONGO, de la patrullas se bajaron tres policías y a dentro de la unidad se quedo una mujer policía, ellos preguntaron que había pasado?, que se habían robado? y como eran los sujetos?, el vigilante de esa área les dio la información, los policías se fueron, como diez minutos después recibí una llamada telefónica por mi teléfono celular de parte una de las personas que se encontraban en el Gimnasio Cubierto de la Universidad, organizando un evento relacionado con un acto de grado; quien me informó que en el área del gimnasio había un muchacho herido, en seguida Daniel ZURITA, Franklin ZURITA, Luis no recuerdo su apellido y mi persona nos fuimos hacia el Gimnasio Cubierto, haber que había sucedido, cuando llegamos al sitio veo a un muchacho que estaba sentado en la puerta del gimnasio ensangrentado en la cara y en el pecho, entonces mis compañeros Daniel y Franklin le preguntaron que le había pasado, el muchacho les respondió que a él y a su compañero unos policías le habían dado unos tiros y que el otro compañero estaba muerto, mas arriba de la universidad e insistía que lo lleváramos para el hospital; Daniel dice vamos a llamar a la policía, entonces el muchacho dice no llamen a la policía por que ellos fueron los que nos dispararon, en ese momento, llego una comisión de POLIGUARICO, entonces el muchacho se puso nervioso diciendo que llamara a su papa que no lo dejáramos morir, cuando los policías se acercaron al muchacho, el abrazo un tubo, diciendo que esos policías fueron los que me querían matar; entonces los funcionarios policiales lo comenzaron a halar para despegarlo del tubo, hasta que el muchacho se soltó los policías montaron al herido en la parte trasera de la Pick-up; y uno de los policías pidió que un vigilante que se montara, se monto mi compañero Daniel ZURITA Y mi persona, de allí bajamos, los policías se metieron en el área de piscicultura, entonces uno de los policías le pregunto al vigilante de esa área si el muchacho era uno de los sujetos que se había metido a robar, el vigilante le dijo que ese muchacho no era, allí el policía le dijo al vigilante que se montara en la patrulla para que fuera al comando a denunciar el robo, el vigilante se monto con nosotros, yo pensaba que íbamos para el hospital a llevar al muchacho herido, pero los policías nos llevaron para el comando de POLIGUARICO, nos metieron para el estacionamiento, nos bajaron junto con el muchacho herido, a quien uno de los policías mando arrodillar cerca de un tubo, allí el muchacho comenzó a escupir sangre; estábamos en un pasillo cerca de una capilla, entonces uno de los policías le dio la novedad a otro policía que se encontraba sentado en un escritorio transcurrido aproximadamente unos cinco minutos los policías que nos habían traído al comando, montaron nuevamente al muchacho herido en la patrulla y salieron hacia el hospital, luego otro funcionario nos pidió la cedula a cada uno, nos tomo nuestro datos personales y los escribió en un libro, allí nos dejaron esperando indicándonos que no nos podíamos ir por que teníamos que esperar al comisión ellos que estaba en el Gimnasio de la universidad haciendo una inspección; trascurrido una medía hora, volvieron a venir los policías que habían llevado al muchacho al hospital, ellos no nos dijeron nada, entonces como a las cuatro de la mañana aproximadamente decidimos irnos de ese comando por cuanto teníamos nuestras área de trabajo solas…SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO INSTRUCTOR INTERROGA A LA ENTREVISTADA DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista, trato y comunicación al muchacho que fue localizado herido en el Gimnasio Cubierto de la UNERG? CONTESTO: “No, primera vez que lo veo” SEGUNDA PREGUNTA ¿Diga usted, características físicas y vestimenta que portaba el mencionado herido? CONTESTO: “De piel blanca, de contextura delgada, como de 19 años de edad, de aproximadamente Un metro sesenta y cinco centímetros de estatura, cabello corto liso de color castaño; usaba un pantalón jeans de color Azul, sin camisa, tenia unos zapatos deportivo de color Blanco” TERCERA PREGUNTA ¿Diga usted, en que parte del cuerpo se encontraba herido el referido muchacho? CONTESTO: “En la mandíbula” CUARTA PREGUNTA ¿Diga usted, características del vehículo en que fue trasladado el herido desde el Gimnasio Cubierto hasta el comando policial? CONTESTO: “Era una patrulla doble cabina, pick - up descubierta, de color Blanco, con el logo de POLIGUARICO a los lados de las puertas” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, características físicas y vestimenta que portaban los funcionarios policiales para el momento de presentarse al área de piscicultura donde su persona se encontraba? CONTESTO: “El que manejaba la patrulla era de piel morena, de contextura gordo, de aproximadamente un metro sesenta centímetros de estatura, como de 38 años de edad; vestía uniforme de color Azul con logos de POLIGUARICO; el que iba de copiloto era de piel morena, de contextura delgado, de aproximadamente un metro sesenta y cinco centímetro de estatura, como de 42 años de edad, vestía un uniforme de color Azul con logos de POLIGUARICO, el tercer no lo detalle bien y el cuarto funcionario era una mujer de piel morena, de contextura delgada, de aproximadamente un metro cincuenta y siete centímetros de estatura, como de 28 años de edad, cabello largo liso de color Negro, vestía uniforme de color Azul con longos POLIGUARICO” SEXTA PREGUNTA ¿Diga usted, tipo de armas que portaban los funcionarios antes descrito? CONTESTO: “Cada uno portaba una pistola de color Negro” SEPTIM PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación a los funcionarios policiales arriba descrito? CONTESTO: “No, primera vez que los veo” OCTAVA PREGUNTA ¿Diga usted, de volver a ver a dichos funcionarios los reconocería? CONTESTO: “Sí” NOVENA PREGUNTA ¿Diga usted, datos filiatorios de las personas que se encontraban organizando el evento en el Ignacio Cubierto de la UNERG, el día Viernes 11-12-2009 en horas de la noche? CONTESTO: “La agencia de festejo se llama TOGA CENTRO, de al Victoria, pero no se el nombre de las personas” DECIMA. PREGUNTA: ¿Diga usted, el número telefónico de donde recibió la llamada telefónica indicándole que había una persona herida en el área del Gimnasio Cubierto? CONTESTO “Recibí la llamada desde el numero 0414-491.30.05…”


24.- Declaración del ciudadano Sánchez Fernández Luis Alexander (demás datos a reserva del Ministerio Público) quien expresó que:

“…Bueno me encontraba de guardia el día viernes 11-12-09, para el sábado 12-12-09, en la madrugada exactamente como a las 12:30 horas, cuando se presentó un sujeto herido en la cara, por un disparo de arma de fuego, el muchacho nos pidió auxilio, pero nosotros los que estábamos que eran los de guardia, quienes eran Daniel Zurita, Ángel Zurita y otro Zurita, pero no se me el nombre, y le manifestamos a el muchacho que no podíamos llevar ya que no teníamos carro, luego llamamos a una ambulancia, y a la policía, pero se presento fue la policía, y el muchacho al ver a los funcionarios policiales se altero, y se negaba a irse con ellos, motivo por el cual la policía lo monto junto a mis compañeros de trabajo, quienes acompañaron al muchacho al hospital, eso fue todo, luego los funcionarios policiales nos mandaron a ir para la policía a declarar, pero yo no declare nada, eso es todo” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO…INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE:…¿Diga usted, hora y fecha de los hechos que narra? Contestó: Eso fue en mi lugar de trabajo en la UNERG, área del Estadium, de esta ciudad, como a las 12:30 horas de la noche, del día viernes 11-12-09, para sábado 12-12-09… ¿Diga usted, donde estaba lesionado el muchacho que menciona? Contestó: En la cara, presuntamente un disparo…¿Diga usted, cuando el sujeto observo a la comisión de la policía que actitud romo? Contestó: El mismo se torno nervioso y se negaba a que estos se lo llevaran…” (Folios 117 y vto de la primera pieza del expediente)

25.- Declaración del ciudadano Gómez Jaramillo Edgar Itamar (demás datos a reserva del Ministerio Público) quien expresó que:

“…Resulta que yo, el día Sábado 12-12-2009, como a las una y medía de la madrugada, me encontraba en el Hospital Ranuarez Balza de esta ciudad, donde laboro como portero del área de emergencia; se presento una unidad de la Policía del Pueblo Guariqueño, de donde se bajaron dos funcionarios un masculino y una femenina, trayendo un muchacho con el rostro y el pecho ensangrentado, enseguida yo les abrí la puerta, los funcionarios pasaron hacia la sala de emergencia del hospital, en seguida llame al funcionario policial de apellido GUACARAN, quien se encontraba de guardia en el hospital para ese momento y le informe la novedad, allí el funcionario GUACARAN salio con su libreta a tomarle nota la comisión policial, quienes dejaron el muchacho herido y se retiraron de las instalaciones del hospital. Es todo.” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO INSTRUCTOR INTERROGA A LA ENTREVISTADA DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA ¿Diga usted, características de la unidad que se presento en el Hospital Dr. Ranuarez Balza el día 12-12-2009, en horas de la madrugada trayendo a una persona con una herida en el rostro? CONTESTO: “Era una camioneta pick-up, doble cabina, de color Blanco, con logo de POLIGUARICO” SEGUNDA PREGUNTA ¿Diga usted, características físicas y vestimenta que portaba la persona herida? CONTESTO: “De piel Blanca, de contextura delgada, de aproximadamente un metro setenta centímetros de estatura, cabello corto ondulado de color Negro; vestía un pantalón jeans, sin camisa no recuerdo el calzado, como de 17 años de edad” TERCERA PREGUNTA ¿Diga usted, anteriormente había visto a la persona antes descrita? CONTESTO: ‘No” CUARTA PREGUNTA ¿Diga usted, características y vestimenta de los funcionarios que acompañaban al joven en cuestión? CONTESTO: “Era una mujer de piel morena, de contextura delgada, de aproximadamente un metro sesenta de estatura, como de 28 años de edad; vestía un uniforme de color Azul con logos de poliguarico y el funcionario era de piel Blanca, de contextura delgada, de aproximadamente un metro setenta y cinco de estatura, como de 32 años de edad, vestía un uniforme de color Azul con logos de POLIGUARICO” QUINTA PREGUNTA ¿Diga usted, vio cuando el funcionario mencionado como CUACARAN tomo nota de la referida comisión policial? CONTESTO: “No, vi solo se que salio con su libro hacia donde estaba la comisión, yo me quede en mi área de trabajo que es la puerta de emergencia” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de donde provenía el joven herido? CONTESTO: “No se” SEPTIMA PREGUNTA ¿Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO “No…” (Folio 118 y vto de la primera pieza del expediente)


26.- INSPECCIÓN TÉCNICA N° 2401 de fecha 14/12/2009, suscrita por los funcionarios Félix Gómez y Franco Víctor, adscritos a la sub. Delegación San Juan de los Morros del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual dejaron constancia de las siguientes diligencias:

“…Se constituyo una comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas…en la COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICIA DEL PUEBLO GUARIQUEÑO (PPG), ESPECIFICAMENTE EN LOS PASILLOS DEL DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIONES PENALES Y ADYACENTE A UNA CAPILLA ALUSIVA A UNA VIRGEN de esta ciudad, Estado Guárico, lugar en el cual se acordó efectuar Inspección Técnica Policial…a tal efecto se procede a efectuarse dejándose constancia de lo siguiente: El lugar a inspeccionar es un sitio de suceso abierto, correspondiente a un pasillo en las instalaciones del mencionado puesto policial, ubicada en la dirección antes mencionada, el cual presenta iluminación artificial de regular intensidad y temperatura ambiental fresca, su fachada se encuentra orientada en sentido Este, en la parte central se visualiza una entrada al transponerla ingresamos al prenombrado pasillo, el cual presenta en el lateral derecho, en vista desde el observador, varias puertas de madera, cerradas para el momento de la presente inspección, de las cuales una de ellas presenta adornos navideños de colores rojo y verde, correspondiente al arriba mencionado departamento policial, presenta piso de cemento pulido de color gris, y se aprecia un área que funge como áreas verdes, constituido por plantas y árboles de jardín, de seguido a mano izquierda (en vista del observador), se visualiza la parte posterior de una construcción de bloques de cemento debidamente frisados pintada de color azul, con techo de platabanda, donde se le accede por medio de cuatro escalones y la misma corresponde a una capilla religiosa donde se observa la figura de la mencionada virgen, también se observan diferentes unidades tipo moto y vehículos automotores aparcados alrededor de dicho lugar; Al finalizar se procede a realizar un minucioso rastreo en procura de evidencias de interés criminalístico, arrojando resultados negativos…” (Folio 121 y vto de la primera pieza del expediente)


27.- Declaración de la ciudadana Cambero Tovar Palmita (demás datos a reserva del Ministerio Público), quien manifestó que:

“Bueno resulta que hace seis meses se presentaron a mi casa como a eso de la ocho y media aproximadamente un policía de nombre GARBIS NIEVE, su hermano ARGENIS quien hoy es occiso y su hijo YHON, quien también hoy día esta invalido, los tres ciudadanos fuertemente armados buscando a mi hijo de nombre YEFERSON GUERRAS CAMBERO, para matarlo y como mi hijo estaba acostado en un chinchorro en el patio de la casa en lo que el escucho eso se monto arriba de una mata de mango que se encontraba ahí, en eso yo salgo para afuera y les pregunto que pasa a quién buscan ellos no me contestaron y se fueron pero YHON decía gritando hay estaba acostado, luego al siguiente día me voy yo a la casa del hoy occiso ARGENIS y le pregunto que es lo que pasaba con mi hijo y el me contesto que la amistad que el tenia conmigo era de años pero lo que mi hijo le había hecho a su hijo YHON el las iba apagar por que lo iba a matar que donde lo viera mal parado se las iba a cobrar luego el día Sábado apareció mi hijo YEFERSON GUERRAS CAMBERO muerto en donde esta la pista de motocross, con tres tiros en el cuerpo luego me entero que el andaba con un amigo a quien apodan el CHEPA, que también le dispararon en la maxilar pero él le quito la capucha que cargaba el policía de nombre GARBIS NIEVES y el se hizo el muerto, luego cuando el vio que mi hijo estaba muerto se fue caminando hasta donde se encuentra construyendo el ferrocarril y un vigilante que estaba allí lo auxilio hasta el hospital de esta localidad donde el ingreso inconsciente por la perdida de sangre, una vez cuando el despertó dijo que el policía GARBIS NIEVES y otros funcionario entre ellos una mujer había matado a mi hijo YEFERSON GUERRAS CAMBERO. Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO: PRIMERA ¿Diga usted, tiene conocimiento del lugar, hora y fecha de los hechos ocurrido? CONTESTO “Eso fue el día de 12/12/09, como a eso 11:30 horas de la Mañana, eso fue en la pista de motocross ubicado en la vía a Camburito, de esta localidad”. SEGUNDA ¿Diga usted, tiene conocimiento por que motivo ocurrieron los hechos? CONTESTO “Bueno por que este ciudadano GARBIS NIEVES cumplió con la amenaza que ellos me habían hecho.” TERCERA: ¿Diga usted, Las características fisonómicas del ciudadano mencionado como GARBIS NIEVES? CONTESTO “Bueno el es trigueño claro, con la cara huecua, ojos marrones, como de 170 de estatura, pelo negro bien rebajadito”. CUARTA ¿Diga usted, tiene conocimiento donde puede ser ubicado el ciudadano que menciona como GARBIS NIEVES? CONTESTO “Bueno hasta donde se él esta ya detenido”. QUINTA ¿Diga usted, tiene conocimiento donde puede ser ubicado el ciudadano apodado el CHEPA? CONTESTO “Si, por medio de mi persona”. SEXTA ¿Diga usted, tiene conocimiento motivo por el cual el ciudadano GARBIS NIEVES le causo la muerte a su hijo YEFERSON GUERRAS CAMBERO? CONTESTO “Bueno eso fue por un problema que el tuvo con su sobrino YHON que la mujer que tenía YHON también vivía con mi hijo YEFERSON GUERRAS CAMBERO” SEPTIMA ¿Diga usted, tiene conocimiento si alguna otra persona resultó lesionado para el momento del hecho? CONTESTO “Si, el CHEPA y mi hijo que me lo mataron” OCTAVA ¿Diga usted, tiene conocimiento en que parte del cuerpo resulto lesionado el CHEPA? Contestó: En la maxilar…” (Folio 122 y vto de la primera pieza del expediente)


28.- Declaración del ciudadano José Manuel Martínez Castro (demás datos a reserva del Ministerio Público) quien expresó que:


“…En relación a mi entrevista tornada en el hospital de esta ciudad, en fecha 12/12/2009, deseo ampliar que en el lugar donde la policía me para en compañía de mi amigo de nombre Yeferson que fue en el final de la calle Unión, del barrio Valle verde, había suficiente luz, es tanto así que en unas de las casas que había en el sector había un grupo de personas sentada en el porche pero yo no conozco a ninguno de ellos, en esos nos montan en una unidad de la policía del estado guarico, pero en el asiento trasero quedando yo montado en las piernas de mi amigo hoy occiso de nombre Yeferson y también nos dice que bajemos la cabeza, a mi lado derecho se encontraba sentada una policía femenina y a mi lado izquierdo venia sentado un policía masculino y adelante venia el que estaba manejando y otro que lo acompañaba, cuando íbamos en el camino pero no se para donde nos llevaban los policías porque en ningún momento nos dijeron para donde nos trasladaban, el policía que acompañaba al chofer de la unidad nos dice a nosotros en el camino que si no teníamos real, que el quería uno seis; mi amigo hoy occiso de nombre Yeferson le dice que solo teníamos treinta bolívares, el policía que va de copiloto le dice manda y Yeferson se lo entrego, como no sabia para donde me llevaban yo levanto la cabeza para ver por donde íbamos en eso el policía que va manejando me dice que agache la cabeza y yo la baje y este mismo policía me da con el codo por la cabeza, cuando llegamos al sitio donde el policía me disparo y mato a mi amigo Yeferson, ese lugar estaba oscuro y los policías alumbraban con una linterna, luego que ocurrió todo cuando bajo del lugar me percato que estoy adyacente a la construcción del ferrocarril, en el camino encuentro a un vigilante y le solicito ayuda que llamara a una ambulancia y el me dice que va a llamar a la policía y en eso yo le digo que no llame a nadie y continuo bajando hasta que llegue al gimnasio cubierto de la Universidad Rómulo Gallegos, allí estaban unos chamos descargo un camión y estos cuando me ven es que ellos llaman a unos vigilantes del Gimnasio y estos llaman a la policía para que me presten los auxilios y me trasladen hasta el hospital cuando llega la policía yo veo que son los mismos que me dispararon y uno de los policías tenía puesto una capucha de color negra, en vista de eso yo me agarre a un tubo de agua y el policía encapuchado empieza a forcejear conmigo para que me suelte del tubo en ese momento yo le arranque la capucha y veo que es el policía de nombre Galvis, quien me disparo y mato a mi amigo Yeferson, este policía se aíslo de los policías y se monto en la patrulla, en vista de eso cuando escucho a uno de los vigílate decir que el me iba acompañar para el hospital, yo solté el tubo donde estaba agarrado y dos policías me agarran por los pies y las manos y me lanzaron en el cajón de la unidad, luego un policía se monta en el cajón conmigo y este me iba amenazando, pero en el vigilante lo montaron en el asiento trasero de la unidad, cuando me llevan para el hospital los policías se paran y hablan con otro vigilante y le dicen que ya habían agarrado al que lo había robado en eso ese vigilante se asoma y me ve y dice que yo no fui, pero veo que este vigilante se monta en la unidad y nos llevaron hasta poliguarico allí me dijeron que me bajara y me llevaron hasta donde esta una capilla grande de una virgen y me esposaron en un tubo que esta ubicado frente a unas oficinas, pero yo estaba votando sangre por la herida allí me tuvieron como diez minutos y los mismos me llevaron al hospital, es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PROCEDE A INTERROGAR DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, las características fisonómicas de los funcionarios policiales que le realizaron el traslado para el hospital de esta ciudad? CONTESTO: “Uno es de piel Moreno claro, contextura delgada, como de de 1.70 metros de estatura, como de 34 años de edad aproximadamente, quien conozco como Galvin y vive en primero de Mayo; el que estaba manejando es de piel morena, contextura gruesa, no se cuanto mide, como de 30 años de edad, el otro es de piel moreno, como de 1.60 metros de estatura, como de 24 años de edad aproximadamente y la femenina es de piel blanca y cabello largo liso y de color negro” SEGUNDA PREGUNTA Diga usted, las características de la linterna utilizada en el lugar que ocurrió el hecho? CONTESTO “es una linterna de color negra, grande, desconozco mas detalle de la misma” TERCERA PREGUNTA Diga usted, tiene conocimiento motivo por el cual se origino el hecho? CONTESTO: “En realidad desconozco, pero después que me dan el tiro a mi, dice que bajen al otro que a este le vamos a sacara la información, cuando Yeferson esta bajo de la unidad, Galvin empieza a darle con un tubo a Yeferson y le decía que si él había sido el que había tiroteado a unos chamos en Primero de Mayo, Yeferson le responde que no había sido y que él para ese momento estaba preso, allí mismo ese policía le disparo a Yeferson’ CUARTA PREGUNTA Diga usted, cuando ingreso al hospital de esta localidad algún policía se le acerco para saber el motivo del ingreso? CONTESTO “No” QUINTA PREGUNTA Diga usted, cuando se encontraba en el hospital realizo algún comentario de lo ocurrido? CONTESTO: Si, con mi papa, cuando llego al hospital” SEXTA PREGUNTA Diga usted, las características de la capucha que tenia puesta el funcionario policial? CONTESTO “Es una capucha de color negro, de tela y solamente tiene dos hueco y es para ver” SEPTJMA PREGUNTA Diga usted, en alguna oportunidad ha recibido amenazas de parte de algún funcionario policial? CONSTESTO “Sí, en una oportunidad hace como dos o tres semanas aproximadamente me tenia retenido en la policía con Yeferson y a un policía se le escapo un tiro dentro del comando y cuando nos retirábamos me dijo ese policía que en cualquier momento me asaba el culo a fuerza de plomo…” (Folio 123 y vto de la primera pieza del expediente)


29.- OFICIO NR° D.P.-906 DE FECHA 17/12/2009, suscrita por el Licenciado Oscar Castro Torrecilla, Jefe de la División de Personal de la Policía Para el Pueblo Guariqueño, mediante el cual remite cuatro (4) actas de nombramiento debidamente certificadas de los imputados de autos, así se desprende lo siguiente:
a- Acta de Nombramiento de fecha 23/05/2002 mediante el cual el Comandante General de la Policía del Estado Guarico, nombra al ciudadano Nieves Quintero Galvis José, titular de la cédula de identidad V-10.670.996, a ocupar el cargo de agente policial con antigüedad a partir del 01/12/1996. Obsérvese folio 138 de la primera pieza del expediente.
b- Acta de Nombramiento de fecha 02/07/2002 mediante el cual el Comandante General de la Policía del Estado Guarico, nombra al ciudadano Jiménez Lisbeth Carolina, titular de la cédula de identidad V-15.710.248, a ocupar el cargo de agente policial con antigüedad a partir del 01/01/1999. Obsérvese folio 139 de la primera pieza del expediente.

c- Acta de Nombramiento de fecha 15/12/2006 mediante el cual el Comandante General de la Policía del Estado Guarico, nombra al ciudadano Díaz Requena Darwin Alexander, titular de la cédula de identidad V-14.643.338, a ocupar el cargo de agente con antigüedad a partir del 01/01/2006. Obsérvese folio 140 de la primera pieza del expediente.
d- Acta de Nombramiento de fecha 23/11/2007 mediante el cual el Comandante General de la Policía del Estado Guarico, nombra al ciudadano Barco Toledo Carlos Alberto, titular de la cédula de identidad V-16.683.244, a ocupar el cargo de agente con antigüedad a partir del 01/11/2007. Obsérvese folio 141 de la primera pieza del expediente.

30.- EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALÍSTICA SIGNADA CON EL N° 9700-077-1745 de fecha 19-12-2009, suscrita por el funcionario Ángel Gómez adscrito al Departamento de Criminalística de la Delegación Estadal Guarico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual dejó constancia que:

“…MOTIVO: Practicar Comparación Balística entre los proyectiles y las armas de fuego recibidas en esta Área, respectivamente, con cadena de custodia AA-795-12-09 y memorando sin número de fecha 14-12-09 emanado del Dpto. de Ciencias forenses Edo. Guárico; y AA-790-12-09 memorando 1741 de fecha 12-12-09 emanado de la sub. Delegación San Juan de los morros.-

EXPOSICION: Las evidencias a analizar y recibidas con las comunicaciones y cadenas de custodias precitadas, resultaron ser dos proyectiles rasos de plomo calibre .38, extraídos del cadáver de YEFERSON DE JESUS GUERRA CAMPERO y cuatro armas de fuego tipo pistola, calibre 9 mm. Marca Beretta seriales P22328Z, P22425Z, P22424Z y P22421Z. Dichas evidencias descritas ampliamente en las respectivas experticias.

PERITACIÓN:
COMPARACIÓN BALÍSTICA: A fin de darle cumplimiento al pedimento formulado, se hizo necesario ubicar los estándares obtenidos a partir de las armas de fuego precitadas, los cuales reposan en el archivo físico de esta área desde el momento de la realización de su respectiva Experticia signada con el N° 1726 de fecha 12-12-09; y los dos proyectiles rasos de plomo recibidos con cadena de custodia N° AA-795-12-09 y emanado del Dpto. de Ciencias forenses Edo. Guárico; los cuales al ser comparados se determinó lo que se indica en la parte conclusiva.

CONCLUSIONES: Con base al reconocimiento, observación y análisis realizado a las evidencias recibidas, que motivan mis actuaciones periciales se concluye:

01.- Los proyectiles mencionados en el texto de este informe, no fueron disparados por ninguna de las armas de fuego precitadas; acotándose que dichos proyectiles corresponden al calibre .38…” (Folio 145 de la primera pieza del expediente)

31.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL DE FECHA 21/12/2009, suscrita por los funcionarios Aaron Cohen, adscrito a la sub. Delegación San Juan de los Morros del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, mediante el cual dejó constancia que:

“…Prosiguiendo con las investigaciones inherentes al total esclarecimiento de las actas procesales signada con la nomenclatura I-414.264, que se instruye por este Despacho por uno de los Delitos Contra las Personas…me traslade en compañía de los funcionarios sub. Inspectores Moreno Ángel, Javier Muñoz, Detective Aaron Cohen y agentes Orlando Flores, conjuntamente con la ciudadana Fiscal Auxiliar Décimo Octavo del Ministerio Público del Edo. Guarico, Solbella Suárez y el investigador de área técnico – científica del Ministerio Público, Lecumberre José, a bordo de las unidades P-019 y P-38Z, hacia el barrio las Palmas, entrada Luis María Lugo, cassa sin número, San Juan de los Morros, Estado Guarico, lugar donde reside la ciudadana Jiménez Lisbeth, con el fin de practicar Registro de Morada, número JPO2-2009-7072 y JPO2-2009-7075, emanada del Tribunal Segundo de Control Penal del Estado Guarico, con la finalidad de incautar evidencias de interés criminalístico, …una vez allí….nos entrevistamos con dos ciudadanos…e imponerles el motivo de nuestra presencia manifestaron no tener inconveniente en ser testigo en el presente acto, quedando identificado de la siguiente manera: Luis Eduardo Sumoza Flores…y Mariulba Flores Moreno… seguidamente nos trasladamos a la vivienda objeto de la presente comisión, una vez allí procedí a tocar la puerta, al cabo de un rato fuimos atendidos por una ciudadana…nos informo ser y llamarse como queda escrito JIMÉNEZ LISBETH CAROLINA,venezolana, de 29 años de edad, soltera, natural de esta ciudad, residenciada en la vivienda en cuestión, profesión u oficio Funcionario Policía del Estado Guarico, titular de la cédula de identidad N° V-15.710.248…la misma nos permitió el libre acceso a su residencia, por lo que procedimos a ingresar en compañía de los testigos arriba mencionados, realizamos un recorrido en busca de los objetos antes citados, logrando incautar dos (02) hojas de papel, elaborada en computadora, donde se lee “INFORME POLICIAL”, seguidamente se revisó el inmueble en su totalidad logrando incautar alguna otra evidencia de interés criminalístico, que guarde relación con el presente caso…en el mismo orden…nos trasladamos hacia el Barrio Primero de Mayo, calle Las Brisas, casa número 48, San Juan de los Morros, Estado Guarico, lugar donde reside el ciudadano DÍAZ RQUENA DARWIN ALEXANDER, con el fin de practicar Registro de Morada, número JPO2-2009-7072 y JPO2-2009-7075, emanado del Tribunal Segundo de Control Penal del Estado Guarico, con la finalidad de incautar evidencias de interés criminalístico…nos entrevistamos con dos ciudadanos…e imponerles el motivo de nuestra presencia…manifestaron no tener inconvenientes en ser testigos…quedando identificado de la siguiente manera: HINOJOSA BASTARDO NANCIA RAMONA…v-4.879.199 y VARGAS LÓPEZ JUAN CARLOS…v-12.393.853…una vez allí…fuimos atendidos por un ciudadano…nos informo ser y llamarse como queda escrito, DÍAZ RAFAEL BONIFACIO…v-5.330.376 quien manifestó ser progenitor de la persona requerida…realizamos un recorrido…logrando incautar una (01) caja de fósforo, contentiva en su interior de cuatro cartuchos percutidos, calibre 38mm…Posteriormente nos trasladamos hacia la Comandancia General de la Policía del Edo. Guarico, con el fin de practicar Registro de Morada, número JPO2-2009-7072 y JPO2-2009-7075 emanado del Tribunal Segundo de Control Penal del Estado Guarico…procedimos a dar un recorrido por el dormitorio donde se encuentran dichos lockers, logrando registrar solo un locker propiedad del funcionario BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO, donde se incautó una (01) Licencia de Conducir de segundo grado, a nombre de Henry Iván Moreno Conde, C.I.V.-18.836.527, esto en presencia de los funcionarios que para el momento se encontraban de Guardia en la Zona Policial N° 1 de esta ciudad…seguidamente nos trasladamos de dicho recinto policial, así mismo nos trasladamos hacia el Barrio Vista el Morro, calle Principal, casa N° 99, de esta ciudad, lugar donde reside el ciudadano: NIEVES GALVIN QUINTERO, con el fin de practicar registro de Morada, número JPO2-2009-7072 y JPO2-2009-7075, emanado del Tribunal Segundo de Control Penal del Estado Guarico…nos entrevistamos con dos ciudadanos…quedando identificado de la siguiente manera: ISMAEL GREGORIO SALINA PALINA, C.I.V-16.364.296 y ORLANDO FERNÁNDEZ PESTANA, C.I V-8.996.971, seguidamente nos trasladamos a la vivienda objeto de la presente comisión, una vez allí…fuimos atendidos por un ciudadano…nos informó ser y llamarse como queda escrito, VILLEGAS ENMANUEL…C.I.V-21.336.096…procedimos a ingresar en compañía de los testigos…no logrando incautar indicios de interés criminalístico…” (Folios 147 al 149 de la primera pieza del expediente)


32.- Declaración del ciudadano Flores Moreno Maryhualba (demás datos a reserva del Ministerio Público) quien expresó que:

“Resulta que el día 21-12-2009, en horas de la tarde yo me encontraba llegando a mi casa ubicada en la dirección arriba mencionada, cuando de repente me llega u funcionario de la P.T.J y me solicita la colaboración para que sirva de testigo en un procedimiento que ellos iban a realizar, en vista de la situación yo accedí y lo acompañe, como donde iban a realizar el procedimiento era diagonal a mi casa ellos tocaron la puerta y una muchacha abrió la puerta y ellos le mostraron una orden de allanamiento, en vista de esto la muchacha a quien conozco como Lisbeth Jiménez le permitió a la comisión y a los testigos que entráramos, en eso los funcionarios empezaron a revisar toda la casa y encontraron en la habitación de Lisbeth Jiménez un papel y ellos me lo mostraron pero yo no le preste mucha atención a lo que me enseñaron, luego los funcionarios siguieron revisando pero como no encontraron mas nadas la comisión se retiro y se llevo el papel Es todo.” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO PASA A PREGUNTAR DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA ¿Diga usted, lugar hora y fecha de los hechos narrados? CONTESTO “Eso ocurrió en el barrio Luís Maria Lugo, Calle las Palmas, casa sin numero, de esta ciudad, aproximadamente las 04:00 horas de la tarde, del día 21/12/2009” SEGUNDA ¿Diga usted, tiene conocimiento que evidencia de interés criminalístico colecto la comisión presente en el lugar? CONTESTO “El papel que ellos me mostraron pero yo no lo detalle bien es mas la comisión se llevo ese papel” TERCERA ¿Diga usted, tiene conocimiento cuantos testigo estuvieron presente en el referido allanamiento? CONTESTO: “Estaba un muchacho de nombre Luís Sumoza y mi persona” CUARTA ¿Diga usted, la comisión que esta realizando el procedimiento estaban debidamente identificados como funcionarios? CONTESTO “Si” QUINTA ¿Diga usted, los funcionarios que realizaron el procedimiento utilizaron algún tipo de violencia o maltrato hacia alguien? CONTESTO“No…” (Folio 167 y vto de la primera pieza del expediente)


33.- Declaración del ciudadano Luis Eduardo Sumoza Flores (demás datos a reserva del Ministerio Público) quien manifestó:

“…Estaba en mi casa ubicada en la dirección antes mencionada, cuando llegaron dos funcionarios del CICPC, solicitando mi colaboración en el sentido de que los acompañara a la residencia de una funcionaria de la policía del Estado Guarico, de nombre Lisbet, no se su nombre completo, quien reside al frente de mi casa, con la finalidad de que les sirviera como testigo presencial del acto que realizarían, allí también estaban, según me explicaron la señora Lisbet y una Fiscal del Ministerio Público, en este acto mi tía de nombre Mariulba, sirvió de testigo, entramos a la casa de la funcionaria y procedieron ha revisar todo, allí solo consiguieron un documento, el cual lo tomaron los funcionarios, me lo enseñaron y dijeron que lo tomarían como evidencia, luego todos firmamos un acta y nos retiramos de la vivienda, es todo.” SEGUIDAMENTE ES INTERROGADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: Diga Usted, lugar hora y fecha del hecho narrado? CONTESTO: “Eso fue en la calle Vargas del Barrio Las Palmas, de esta Ciudad, hace como un mes aproximadamente, en horas de la tarde.”. SEGUNDA: Diga Usted, fue informado por los funcionarios del CICPC del motivo por el cual practicaban dicha visita domiciliaria en la residencia en cuestión? CONTESTO: “No me informaron el motivo, pero si me explicaron que era para garantizar los derechos de la señora Lisbet” TERCERA: Diga Usted, anteriormente algún otro organismo de seguridad del Estado ha practicado visitas domiciliarias en la residencia de la ciudadana mencionada como Lisbet? CONTESTO: “No lo se.” CUARTA: Diga Usted, que tiempo tiene conociendo a la ciudadana mencionada como Libert? CONTESTO: “Solo la conozco de vista desde hace varios años…” (Folio 168 de la primera pieza del expediente)


34.- Declaración de la ciudadana hinojosa Bastardo Nancy Ramona (demás datos a reserva del Ministerio Público, quien expresó que:

“…El día 21/12/2009 yo me encontraba en el frente de mi casa ubicada en la dirección arriba mencionada, cuando de repente llega una comisión del C.I.C.P.C. y me solicita que lo acompañe para un allanamiento, que realizaran en el frente de mi casa en vista de lo comentado yo me traslade con la comisión, allí los funcionarios procedieron a tocar la puerta y un señor de nombre Rabel Díaz quien es mi vecino abrió la puerta, allí un funcionario le entrego un oficio al señor Rafael y luego este señor nos permite entrar para hacer la revisión a la casa, los funcionarios empezaron a revisar todos los compartimientos de la casa, encontrando en un cuarto de la casa de fósforo y dentro de ella había cuatro concha de bala, a los pocos minutos llego un funcionario de la policía del Para el Pueblo Guariqueño que vive allí de nombre Darwin Díaz y los funcionarios continuaron revisando y no encontraron más nada, luego los funcionarios se fueron y se llevaron la caja de fósforo con las cochas de balas…”

35.- Declaración del ciudadano Erick Jackson Pinto (demás datos a reserva del Ministerio Público), quien expresó que:
“Bueno yo recibí mi servicio a las 03:00 horas de la madrugada del día 12-12-09, que fue el tercer turno de ronda, sin novedad y de igual forma fui informado que las unidades se encontraban en la calle, y una en el área de la Universidad Rómulo Gallegos, verificando una situación y presuntamente fue enviada por control, bueno los centralista de guardia, pasado unos minutos llega a la jefatura el Cabo Primero (PPG) Galván Nieves, informándome que a las 12:30 fue enviado por control, a la Universidad a verificar una posible situación de robo, asimismo me manifestó el mismo haberse entrevistado con un vigilante de dicha universidad, que a su vez le manifestó que había sido agredido por sujetos desconocidos y maniatado, y se habían robado una (01) desmalezadota (podadora) y otras pertenencias personales del vigilante, así mismo este informo que él había llevado al vigilante para el comando para que realizara la denuncia, y a la 01:00 de la madrugada lo volvió a mandar control para la universidad ya que supuestamente había un vigilante herido, este me dijo que al llegar se entrevisto con unos vigilantes quienes le informaron que el herido no era vigilante, asimismo procedió a trasladar al herido para el hospital en presencia de los vigilantes, eso fue todo lo que este me informo para esa fecha en horas de la madrugada…” (Folio de la primera pieza del expediente)

36.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-077-DC-026 de fecha 14/01/2010 suscrito por el funcionario Experto Delfín Ladrón de Guevara, adscrito al Departamento de Criminalística de la Delegación Estadal Guarico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual dejó constancia de lo siguiente:

“…EXPOSICIÓN: El material suministrado como incriminado consistió en:
01.- Cuatro (04) CONCHAS de bala calibre .38 especial, de la marca “MFS”; compuesta por; manto del cilindro metálico de aspecto dorado con gargantas y culote con cápsula del fulminante de fuego central percutido.-

PERITACIÓN: Las conchas recibidas como incriminadas en el presente informe, presentan en el fulminante, garganta y culote, una huella de impresión directa y varias de fricción, producidas respectivamente, por la aguja percusora, aguja extractora y el plano de cierre del arma de fuego que las percutió.

CONCLUSIONES:

1.- Las piezas recibidas y signadas en el presente informe con el N° 01, resultaron ser cuatro conchas de bala calibre .38 especial, de fuego central percutida…”

37.- EXPERTICIA HEMATOLÓGICA, FÍSICA Y QUÍMICA N° 9700-077-055 de fecha 21/01/2010 suscrita por el funcionario Ángel Gómez experto adscrito al Departamento de Criminalística Área de Microanálisis de la Delegación Estadal Guarico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se dejó constancia que:
“…MOTIVO: Practicar Reconocimiento Legal y Experticia Hematológica, Química y Física a las piezas recibidas con cadena de custodia N° AA-786-12-09.-

EXPOSICION: El material recibido consiste en:
01.- Una prenda de vestir de uso masculino de los denominados PANTALON, tipo jeans, marca “PLAY BOY”, talla “32”, confeccionada con fibras textiles teñidas de color azul -tonalidad oscura-, con diseño prelavado. La pieza se halla en regular estado de conservación, con presencia de manchas de adherencias de suciedad y adherencias de restos vegetales secos; asimismo presenta una (01) solución de continuidad (orificio) de forma irregular ubicada a nivel del área de proyección de la región anatómica anal. Dicha prenda presenta entre sus trabillas una corea elaborada en fibras textiles teñidas de color negro, con su respectiva hebilla metálica de forma rectangular marca “LEVIS 501
02.- Una prenda de vestir de uso masculino de las denominadas CHEMISSE, mangas corta. de cuello abierto con solapa, con mecanismo de cierre constituido por dos botones sintéticos de color blanco, con sus respectivos ojales de inserción; con etiqueta identificativa donde se lee “SKY EXPRESS COMPANY”, Talla “S”; confeccionado con fibras textiles teñidas de color negro, con presencia de un estampado anterior de colores azul, blanco y gris, con diseño abstracto e inscripción ininteligible. La pieza se halla en mal estado de uso y conservación, con presencia de adherencias de suciedad, restos vegetales secos y restos de una sustancia de color pardo rojiza, con mayor prominencia en la parte posterior de la prenda; asimismo presenta tres soluciones de continuidad (cortes) que van: Una desde el cuello hasta el borde inferior de la prenda en su parte anterior; una desde el borde la manga derecha hasta el borde el cuello del lado derecho en la parte frontal y la última desde el borde de la manga izquierda hasta el borde del cuello del lado izquierdo en la parte frontal de la prenda.
03.- Un par de calzados de uso masculino de los denominados ZAPATO, tipo casual, marca “SEBAGO”, sin talla aparente, tamaño grande; elaborado en cuero de color marrón con mecanismo de ajuste constituido por cordones de cuero del mismo color; sus suelas elaboradas en goma de color negro con diseño anti-resbalante. Las piezas se encuentran en mal estado de conservación, con signos físicos de suciedad. Dichas piezas presentan en su interior -cada uno- una media deportivo de color blanco y azul tonalidad clara, totalmente sucias.

PERITACIÓN: Las muestras recibidas fueron sometidas a los siguientes análisis:
ANALISIS BIOQUÍMICOS: A fin de darle cumplimiento al pedimento formulado, las piezas signadas en el presente informe con los N° 01 y 02, fueron sometidas al respectivo análisis químico a fin de determinar la presencia de iones oxidantes, dando como resultado: POSITIVO en cada una de ellas. ANALISIS BIOQUIMICOS
METODOS DE INVESTIGACIÓN DE MATERIAL DE NATURALEZA HEMATI CA:
ORIENTACIÓN: Positivo en la pieza signada en el presente informe con el N° 02; y Negativo en las piezas signadas en el presente informe con los N° 01 y 03.-
CERTEZA: Positivo en la pieza estudiada y signada en el presente informe con el N° 02.-
DETERMINACON DE GRUPO SANGUÍNEO
INVESTIGACIÓN DE AGLUTINÓGENOS: Mediante el método de elusión absorción se comprobó la ausencia de los aglutinógenos “A” y “B” en la pieza estudiada y signada en el presente informe con el N° 02.-
ANALISIS FÍSICO (SOLUCIONES DE CONTINUIDAD) A fin de darle cumplimiento al pedimento formulado, el orificio y los cortes existentes y mencionados en la descripción de las piezas signadas en el presente informe con los N° 01 y 02, respectivamente, fueron sometidos a una minuciosa observación mediante el empleo de una lupa estereoscópica a diversas magnificaciones y observaciones determinándose lo que indicaremos en la parte conclusiva.

CONCLUSIÓN: Con base al reconocimiento, observación y análisis realizado al material recibido que motivan mis actuaciones periciales se concluye:
01.- En la superficie de las piezas recibidas y signadas en el texto de este informe con los N° 01 y 02, se determinó la presencia de iones oxidantes. 02.- Las manchas de sustancia de pardo rojiza existentes en la pieza signada en el texto de este informe con el N° 02, son de naturaleza hemática y corresponde al grupo sanguíneo “O”.
03.- En las piezas signadas en el presente informe con los N° 01 y 03, no se determinó la presencia de material de hemática.-
04.- Las soluciones de continuidad (cortes) existentes y mencionadas en la
Descripción de la pieza signada en el presente informe con los N° 02, presentan características físicas de haber sido producidas a ex profeso con la intención de librarla del cuerpo que la poseía; mientras que la solución de continuidad existente en la pieza si con el N° 01 presenta características física de haber sido producidas por el constante uso de la prenda…”


38.- EXPERTICIA HEMATOLÓGICA, FÍSICA Y QUÍMICA N° 9700-077-054 de fecha 21/01/2010 suscrita por el funcionario Ángel Gómez experto adscrito al Departamento de Criminalística Área de Microanálisis de la Delegación Estadal Guarico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se dejó constancia que:

“…MOTIVO: Practicar Reconocimiento Legal y Experticia Hematológica a las evidencias recibidas con cadena de custodia N° AA-787-12-09.-

EXPOSICIÓN: El material recibido consiste en:

01.- Un segmento de gasa impregnada de una sustancia de color pardo rojizo, colectada del cadáver S.I.C.

02.- Una instrumento escritural personal de los denominados BOLÍGRAFO, Tipo Desechable; sin marca visible, con inscripción ininteligible; constituido por una pieza cilíndrico sintética de color amarillo y un cartucho tubular interior con punta esférica metálica, contentiva de tinta de color azul. La pieza se halla en mal estado de uso debido al derramamiento de su respectiva tinta escritural.

PERITACIÓN: Las evidencias recibidas fueron sometidas a los siguientes análisis:
ANALISIS BIOQUIMICOS:
METODOS DE INVESTIGACIÓN DE MATERIAL DE NATURALEZA HEMATICA:
ORIENTACIÓN: Positivo en la muestra signada en el presente informe con el N° 01; y Negativo en la pieza signada en el presente informe con el N° 02.-
CERTEZA: Positivo en la muestra estudiada signada en el presente informe con el N° 01.-
DETERMINACIÓN DE GRUPO SANGUÍNEO
INVESTIGACIÓN DE AGLUTINÓGENOS: Mediante el método de elusión absorción se comprobó la ausencia de los aglutinógenos “A” y “B” en la muestra estudiada y signada en el presente informe con el N° 01

CONCLUSIÓN: Con base al reconocimiento, observación y análisis realizado al material recibido que motivan mis actuaciones periciales se concluye:

01.- La muestra recibida y signada en el texto de este informe con el N° 01, es de naturaleza hemática y corresponde al grupo sanguíneo “O”.
02.- En la pieza signada en el presente informe con el N° 02, no se determinó la presencia de material de naturaleza hemátíca…”


39.- EXPERTICIA DE BARRIDO N° 9700-077-057 DE FECHA 21/01/2010 suscrita por el funcionario Yoimer Fuenmayor Departamento de Criminalística de la Delegación Estadal Guarico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual dejó constancia que:

“…En fecha 13 de Diciembre de 2009, siendo las 05:30 horas de la Tarde y en razón a la solicitud número 1759 de fecha 12-12-09, relacionada con el Expediente 1-414.264 y emanada de la sub. Delegación San Juan de los morros, nos Trasladamos los funcionarios sub. Inspector ANGEL GOMEZ y Detective YOIMER FUENMAYOR hacia el Estacionamiento Interno de la sub. Delegación San Juan de los Morros de esta ciudad en compañía de La ciudadana Abogado SOLBELLA SUAREZ Fiscal Auxiliar Décimo Octavo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico y el funcionario FREDDY GUTIERREZ Investigador IV de la Unidad de Asesoría Técnico Científico del Ministerio Público; lugar donde se encuentra aparcado el vehículo automotor motivo de la presente diligencia técnica, el cual presenta las siguientes características: Clase camioneta, tipo Pick Up doble cabina (cuatro puertas), Marca Chevrolet, Modelo Luv Dmax, de color blanco, placas identificativas 28K-DAU. CONDICIONES EXTERNA latonería en regular estado de conservación; pintura en regular estado de conservación; vidrios de las puertas y parabrisas en buen estado de conservación; cerraduras de las puertas en buen estado de conservación, neumáticos en buen estado de conservación; en la superficie (piso) de la cabina de carga presenta manchas de una sustancia de color pardo rojizo. CONDICIONES INTERNA: Asientos forrados en tela de color gris; tablero de instrumento elaborado en material sintético de color gris, con presencia de radio transmisor y radio comercial en buen estado de conservación; piso forrado con alfombra de color gris, con cubierta de goma protectora en su parte delantera del lado del piloto y copiloto; en la parte posterior de los asientos traseros se divisan dos herramientas de las comúnmente usadas en labores agrícolas de las denominadas machete, asimismo se aprecian dos matrículas identificativas de vehículo con las nomenclaturas 89H-DAU y 76R-JAE.

PERITACIÓN: A fin de proseguir con las actuaciones respectivas se procedió a efectuar los siguientes análisis:

ANÁLISIS FÍSICOS: A fin de darle cumplimiento al pedimento formulado (Barrido) para efecto del presente informe, el interior del vehículo precitado fue dividido internamente en cuatro cuadrantes o sectores, correspondientes a: 01 parte anterior del lado del piloto, 02 parte anterior del lado del copiloto, 03 parte posterior detrás del piloto y 04 parte posterior detrás del copiloto, los cuales cada uno ellos fueron sometidos a un minucioso barrido en busca de evidencias de interés criminalistico, mediante el empleo de una aspiradora eléctrica con su respectivo filtro, lográndose colectar lo siguiente:

01.- De cada uno de los cuadrantes (01, 02, 03 y 04) material heterogéneo f(tierra, restos vegetales, fragmentos de material sintético y fibras textiles, etc), a los cua1 le asignan él N° de registro de cadena de custodia DC-063-12-09.-

02.- De todos los cuadrantes se lograron colectar treinta (30) apéndices pilosos, recavados del modo siguiente: del N° 01 ocho apéndices pilosos, del N° 02 nueve apéndices, del N° 03 siete apéndices y del N° 04 seis apéndices; a los cuales se le asignan el de registro de cadena de custodia DC-064-12-09.-

CONCLUSIÓN: Con base al reconocimiento, observación y análisis realizado al material recibido que motivan mis actuaciones periciales se concluye:

01.- Del vehículo descrito en el texto de este informe, se logró colectar material heterogéneo (tierra, restos vegetales, fragmentos de material sintético y fibras textiles), al igual que treinta (30) apéndices pilosos, los cuales quedan en depósito en el archivo físico de este departamento para futuras solicitudes que se tengan a bien solicitar…”


40.- EXPERTICIA DE ENSAYO DE LUMINOL N° 9700-077-053 de fecha 21/01/2010 suscrita por el funcionario Inspector Ángel Gómez y Detective Yoimer Fuenmayor, adscritos al Departamento de Criminalística de la Delegación Estadal Guarico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual dejó constancia que:

“…En fecha 21 de Diciembre de 2009, siendo las 08:10 horas de la Noche y en razón a la solicitud número 1796 de fecha 18-12-09, relacionada con el Expediente 1-414.264 y emanada de la Sub-Delegación San Juan de los morros, nos Trasladamos hacia La comandancia de la Policía del estado Guárico de esta ciudad, los funcionarios Expertos Sub-Inspector ANGEL GOMEZ y Detective YOIMER FUENMAYOR, en compañía de La Fiscal Auxiliar 18 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Guárico y El funcionario JOSE LECUMBERRE adscrito a la Unidad de Asesoría Técnico Científico de la Fiscalía del Ministerio Público; donde una vez en el lugar nos entrevistamos con la funcionaria de la Policía del Estado Guárico Sargento Segundo RAMIREZ CAROLINA Jefe de los servicios de turno, indicándole el motivo de nuestra comparecencia y quien nos permitió el acceso y nos condujo hacia el Área de Investigaciones Penales del recinto lugar donde se acordó practicar ensayo de luminol, específicamente en el pasillo principal del área ubicada detrás de la Capilla Santuaria de la virgen existente en dicho recinto. Una vez en el lugar se aprecia y deja constancia de que la misma se encuentra conformada por un conjunto de oficinas dispuesta paralelamente una a lado de la otra, lo que constituye el área de investigaciones penales, con un pasillo único que permite, además, acceso a la entrada de la Comandancia General de la Institución. Dicha área de investigaciones penales se encuentra ubicada específicamente a principio del pasillo detrás de la capilla de la virgen, estructurada con paredes de bloques pintadas de color azul, piso de cemento pulido, techo de acerolit con columnas o parales constituida por tubos metálicos de color azul, iluminación artificial buena. Es de hacer constar que dicho pasillo presenta dos escaleras de cemento de las cuales una se encuentra al final del pasillo detrás de la virgen, es decir, lo que corresponde al ala derecha de la oficina de Investigaciones y la otra ubicada de modo frontal con respecto a la entrada a la precitada oficina. Seguidamente siendo las 08:26 p.m. se procede a practicar el ensayo de luminol mediante aspersión en el área de pasillo detrás de la virgen, dejándose constancia que durante el presente acto comienza precipitaciones naturales de agua (lluvia) lográndose visualizar pequeñas quimiotuminiscencias indicadora de la positividad de la reacción en los siguientes lugares: 01...Dos (02) con característica de mecanismo de formación por caída libre en la superficie del piso adyacente al primer paral o tubo metálico que sostiene el techo del pasillo, específicamente uno a 6 cm. de la base del tubo y 16 cm del borde del piso -vista el área de modo frontal-; y otro a 10 cm. del borde del piso y a 46 cm de la base del tubo -vista el área de modo frontal-. 02… Uno (01) sin característica de mecanismo de formación definida, ubicada en el segundo peldaño de las escaleras ascendentes -estructuradas con cemento de acabado rústico- situadas frente la entrada del área de investigaciones penales. 03... Uno (01) sin característica de mecanismo de formación definida en la superficie del piso, adyacente a la base del paral metálico del techo, situada en el lateral derecho —visto de modo frontal- al lado de las escaleras frente la entrada del área de investigaciones penales. Se procede a tomar muestras mediante hisopado en cada uno de los lugares precitados, las cuales son trasladas al área biológica de este Departamento a fin de proseguir con los análisis hematológicos respectivos, cuyos resultado se remiten anexo al presente informe…”


41.- EXPERTICIA N° 9700-077-053 DE FECHA 21/01/2010 suscrita por el funcionario Ángel Gómez adscrito al Departamento de Microanálisis de la Delegación Estadal Guarico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual dejó constancia que:

“…MOTIVO: Practicar Experticia Hematológica a las muestras colectadas en informe Técnico N° de fecha y emitido de este Departamento de Criminalística.

EXPOSICION: El material recibido consiste en:
01.- Dos (02) hisopos con muestras colectadas en la superficie del piso adyacente al primer paral o tubo metálico que sostiene el techo del pasillo.
02 Uno (01) hisopo con muestra colectada del segundo peldaño de las escaleras situadas frente la entrada del área de investigaci9nes penales.
03 Uno (01) hisopo con muestra colectada de la superficie del piso, adyacente a la base del paral metálico del techo, situado en el lateral derecho -visto de modo frontal- al lado de las escaleras frente la entrada del área de investigaciones penales.

PERITACIÓN: Las piezas fueron sometidas a los siguientes análisis:
METODOS PARA LA INVESTIGACIÓN DE MATERIAL DE NATURALEZA HEMATICA:

ORIENTACIÓN: NEGATIVO en cada una de las muestras estudiadas y citadas en la parte expositiva del presente informe.-

CONCLUSIÓN: Con base al reconocimiento, observación y análisis realizado al material recibido que motivan mis actuaciones periciales se concluye:
01.- La muestra analizadas y citadas en la parte expositiva del presente informe, no son de naturaleza hemática…”


42.- Experticia Química (Iones Oxidantes) y Barrido signada bajo el N° 9700-077-031 de fecha 18/01/2010 suscrita por el funcionario Ángel Gómez adscrito al área de Microanálisis de Departamento de Criminalística de la Delegación Guarico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual dejó constancia que:

“MOTIVO: Practicar Reconocimiento Legal y Experticia Química (Iones Oxidantes) y Barrido a las evidencias recibidas con cadenas de custodias AA-788-2009 y AA 739-2009.-

EXPOSICION El material recibido consiste en:

01.- Una prenda de vestir de las denominadas CAMISA mangas corta, tipo guerrera, de los que originalmente forman parte de un uniforme policial cuello con solapa, con etiqueta identificativa donde se lee: “KATERINE’S BOUTIQUE” Talla 34; confeccionada con fibras textiles teñidas de color azul -tonalidad oscura-; como mecanismo de cierre presenta cinco botones sintéticos con sus respectivos ojales de inserción; en su parte anterior presenta dos bolsillos con sistema de cierre constituido por botones sintéticos con sus respectivos. Presenta Un (01) parche a nivel de la área de proyección de la región anatómica del hombro derecho alusivo a: El Escudo de la Policía del Estado Guarico. La pieza se halla en regular estado de uso y conservación. Dicha pieza correspondiente al ciudadano: BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO, según indica comunicación.-

02.- Una prenda de vestir de las denominadas PANTALON, de los que originalmente forman parte de un uniforme policial, Sin Marca Aparente Talla 34, confeccionado con fibras textiles teñidas de color azul -tonalidad oscura-; su sistema de cierre y sujeción esta constituido por una cremallera metálica y por un botón sintético con su respectivo ojal de inserción; presenta cuatro bolsillos de los cuales dos se encuentran ubicados en la parte anterior y dos en la parte posterior. La pieza se halla en regular estado de uso y conservación. Dicha pieza correspondiente al ciudadano: BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO, según indica comunicación.-

03.- Una prenda de vestir de las denominadas CAMISA mangas larga (recogida), tipo guerrera, de los que originalmente forman parte de un uniforme policial, cuello con solapa, con etiqueta identificativa donde se lee: Hecho en Venezuela”, talla 30; confeccionada con fibras textiles teñidas de color azul -tonalidad oscura-; como mecanismo de cierre presenta cuatro botones sintéticos con sus respectivos ojales de inserción; en su parte anterior presenta cuatro bolsillos con sistema de cierre constituido por cintas auto-adherentes (cierre mágico) . Presenta seis (06) parches a nivel de las áreas de proyección de las regiones anatómicas siguientes: Uno (01) en el pectoral izquierdo alusivo a: unas inscripciones donde se lee: “POLICIA”, Uno (01) en el pectoral Derecho alusivo a: un porta nombre donde se lee: “JIMENEZ”, Dos (02) en los extremos de las solapas alusivo a: El Escudo del Estado Guarico y los Dos (02) restantes en el hombro alusivos a: Uno (01) al parche de la Policía del Estado Guarico y la Otra a la jineta donde aparece reflejado la jerarquía en este caso la de “DISTINGUIDO”. La pieza se halla en regular estado de uso y conservación. Dicha pieza correspondiente a la ciudadana: JIMENEZ LISBETH CAROLINA, según indica comunicación.

04.- Una prenda de vestir de las denominadas PANTALON, de los que originalmente forman parte de un uniforme policial, con etiqueta identificativa donde se lee: “Hecho en Venezuela” Talla 30, confeccionado con fibras textiles teñidas de color azul — tonalidad oscura-; su sistema de cierre y sujeción esta constituido por una cremallera metálica y por un botón sintético con su respectivo ojal de inserción; presenta seis bolsillos de los cuales dos se encuentran ubicados en la parte anterior, dos en la parte posterior y dos en sus laterales. La pieza se halla en regular estado de uso y conservación. Dicha pieza correspondiente a la ciudadana: JIMENEZ LISBETH CAROLINA, según indica comunicación.-

05.- Una prenda de vestir de las denominadas CAMISA, tipo guerrera, de los que originalmente forman parte de un uniforme policial, mangas larga (recogida), cuello con solapa, sin marca ni talle aparente; confeccionada con fibras textiles teñidas de color azul -tonalidad oscura-; como mecanismo de cierre presenta cuatro botones sintéticos con sus respectivos ojales de inserción; en su parte anterior presenta cuatro bolsillos con sistema de cierre constituido por cintas auto-adherentes (cierre mágico) Presenta seis (06) parches a nivel de las áreas de proyección de las regiones anatómicas siguientes: Uno (01) en el pectoral izquierdo alusivo a: unas inscripciones donde se lee: “POLICIA”, Uno (01) en el pectoral Derecho alusivo a: un porte nombre donde se lee: “NIEVES Q”, Dos (02) en los extremos del cuello de la prenda alusivos a: Uno (01) en el lado izquierdo al Escudo del Estado Guarico y el otro en el lado derecho alusivo a una figura que representa la “JERARQUIA” y los Dos (02) restantes en los hombros alusivos a: El parche de la Policía del Estado Guarico. La pieza se halla en regular estado de uso y conservación. Dicha pieza correspondiente al ciudadano: NIEVES QUINTERO GALBIS, según indica comunicación.-

06.- Una prenda de vestir de las denominadas PANTALON, de los que originalmente forman parte de un uniforme policial, Sin Marca ni talle Aparente, confeccionado con fibras textiles teñidas de color azul -tonalidad oscura-; su sistema de cierre y sujeción está constituido por una cremallera metálica y por un botón sintético con su respectivo ojal de inserción; presenta seis bolsillos de los cuales dos se encuentran ubicados en la parte anterior, dos en la parte posterior y dos en sus laterales. La pieza se halla en regular estado de uso y conservación. Dicha pieza correspondiente al ciudadano: NIEVES QUINTERO GALBIS, según indica comunicación.-

7.- Una prenda de vestir de las denominadas CAMISA, tipo guerrera, de los que originalmente forman parte de un uniforme policial, mangas largas, cuello con solapa, sin marca ni talla aparente; confeccionada con fibras textiles teñidas de color azul –tonalidad oscura-; como mecanismo de cierre presenta cuatro botones sintéticos con sus respectivo ojales de inserción; en su parte anterior presenta cuatro bolsillos con sistema de cierre constituido por cintas auto-adherentes (cierre mágico). Presenta tres (03) parches a nivel de las áreas de proyección de las regiones anatómicas siguientes: Dos (02) en los extremos del cuello de la prenda alusivos a: Uno (01) en el lado izquierdo con inscripciones donde se puede leer: “PG” y el otro en e! lado derecho alusivo a una figura que representa la “JERARQUIA” y el parche restante se encuentra ubicado en el hombro derecho alusivo a: El Escudo de la Policía del Estado Guarico, en la manga izquierda posee un bolsillo con sistema de cierre constituido por una cremallera metálica. La pieza se halla en regular estado de uso y conservación. Dicha pieza correspondiente al ciudadano: DIAZ DARWIN ALEXANDER, según indica comunicación.-

08.- Una prenda de vestir de las denominadas PANTALON, de los que originalmente forman parte de un uniforme policial, Sin Marca ni talla Aparente, confeccionado con fibras textiles teñidas de color azul -tonalidad oscura-; su sistema de cierre y sujeción esta constituido por una cremallera metálica y por un botón sintético con su respectivo ojal de inserción; presenta seis bolsillos de los cuales dos se encuentran ubicados en la parte anterior, dos en la parte posterior y dos en sus laterales. La pieza se halla en regular estado de uso y conservación. Dicha pieza correspondiente al ciudadano: DIAZ DARWIN ALEXANDER, según indica comunicación.-

PERITACIÓN: La pieza recibida fue sometida a los siguientes análisis:
ANALISIS QUIMICO (DETERMINACIÓN DE IONES OXIDANTES) NEGATIVO en cada una de las piezas estudiadas y descritas en la parte expositiva del presente informe.
ANÁLISIS FÍSICOS A fin de darle cumplimiento al pedimento formulado cada una de las piezas recibidas y descritas en la parte expositiva del presente informe, fueron sometidas a un minucioso barrido mediante el empleo de una aspiradora eléctrica con su respectivo filtro, lográndose colectar Un (01) apéndice piloso de la pieza signada en el presente informe con el N° 06, al cual se le asigna la Cadena de Custodia Derivada DC-002-01-10; asimismo se colectó de la pieza signada en el presente informe con el N° 7 tres fragmentos vegetales (una semilla y dos cáscaras de esta) adustos,(sic) a los cuales se le asignan la cadena de Custodia DC-003-01-10.
CONCLUSIÓN: Con base al reconocimiento, observación y análisis realizado al material recibido que motivan mis actuaciones periciales se concluye:

01.- El la superficie de cada una de las piezas estudiadas y descritas en la parte expositiva del presente informe, no se determinó la presencia de iones oxidantes.-

02.- De la pieza signada en el presente informe con el N° 06 se colectó un (01) apéndice piloso, al cual se le asigna la Cadena de Custodia Derivada DC-002-01-10 y queda en calidad de depósito en el archivo físico de este Departamento para futuras solicitudes que s e tenga a bien solicitar.-

03.- De la pieza signada en el presente informe con el N° 07 se colectó tres fragmentos vegetales (una semilla y dos cáscaras de esta) adustos, a los cuales se le asignan la cadena de Custodia DC-003-01-10 y queda en calidad de depósito en el archivo físico de este Departamento para futuras solicitudes que se tenga a bien solicitar…”


43.- EXPERTICIA HEMATOLÓGICA Y COMPARACIÓN BALÍSTICA N° 9700-252-DC-047 de fecha 20/01/2010 suscrita por el funcionario Delfín Ladrón adscrito al Departamento de Criminalística Delegación Estadal Guarico, quien dejó constancia de lo siguiente:

“MOTIVO: Realizar Experticia Hematológica y comparación Balística a las evidencias recibidas con planilla de cadena de custodia AA-795-12-09.-

EXPOSICIÓN: El material suministrado como incriminado consistió en:

01.- Un (01) PROYECTIL, del tipo raso de plomo, calibre .38spl, de 9.3 milímetros de diámetro en su base, totalmente deformado debido al choque con una superficie de igual o mayor cohesión molecular, con ausencia de huellas campos y cinco de estrías debido a la perdida de material.-

02.- Un (01) PROYECTIL, del tipo raso de plomo, calibre .38spl, de 9 milímetros de diámetro en su base, parcialmente deformado debido al choque con una superficie de igual o mayor cohesión molecular, con presencia escasa y parcial de huellas de campos y de estrías en sentido levógiro.-

CONCLUSIONES:

1.- En la superficie de las piezas estudiadas, se determinó la presencia de material de naturaleza hemática, no siendo posible la determinación de su respectivo grupo sanguíneo debido a lo diluido y exiguo del material existente para el análisis.

2.- Las piezas recibidas como incriminadas y signadas en el presente informe con el N° 1, resultaron ser dos (02) proyectiles del calibre .38 especial. Los cuales no pudieron ser comparados entre si debido a que uno de estos presentan avanzado grado de deformación lo que imposibilita su individualización y posterior comparación…”


44.- EXPERTICIA DE LEVANTAMIENTO PLANIMETRICO N° 008 DE FECHA 07/01/2010, suscrito por el funcionario Pedro Ochoa, adscrito al Departamento de Criminalística del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual deja constancia sobre el plano planta del sitio del suceso, iniciándose el mismo la carretera vía camburito, de esta ciudad, así como el lugar donde se colectó la evidencia de interés criminalístico, lugar donde se encontró el cuerpo sin vida de la víctima occisa Yefferson Guerra Cambero.

45.- EXPERTICIA DE TRAYECTORIA BALÍSTICA N° 9700-252-DEG-037 de fecha 19/01/2010 suscrita por el funcionario Delfín Ladrón de Guevara adscrito al Departamento de Criminalística de la Delegación Guarico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas en la cual dejó constancia de lo siguiente:

“…me traslade, en vehículo particular, en compañía del funcionario, Inspector Pedro Ochoa, hacia el sitio del suceso, ubicado en: ADYACENCIAS DE LOS TERRENOS DE LA UNTVERSIDAD ROMULO GALLEGOS, ESPECIFICAMENTE AL FRENTE DEL AVISO DEL NUCLEO ENDOGENO DE PRODUCCION DE RUMIANTES, EN LA VTA HACIA EL SECTOR CAMBURITO, DE ESTA CIUDAD.

I.- ELEMENTOS DE CARÁCTER TÉCNICO CRIMINALÍSTICO

1.-INSPECCIÓN TÉCNICO BALÍSTICA

En el sitio del suceso, para la fecha de la Inspección Técnico Balística, 13-12-09, no se visualizaron elementos materiales susceptibles de ser tomados en cuenta para el establecimiento de la trayectoria balística solicitada, solo se logro constatar que afectivamente el plano topográfico es irregular debido a ligeras pendientes en distintas direcciones.-.

2.- INSPECCIÓNES TÉCNICO POLICIAL

INSPECCION TECNiCA POLICIAL: 2349 de fecha 12-12-2009-

“...VIA RURAL DE PENETRACION HACIA EL CASERIO DENOMINADO CAMBURITO ESPECIFICAMENTE AL FRENTE DEL AVISO DEL NUCLEO ENDOGENO DE PRODUCCION DE RUMTANTES, EN LA VTA PUBLICA, VIA PUBLICA DE ESTA CIUDAD...el lugar a inspeccionar trátese de un sitio abierto...con topografía irregular…seguidamente sobre la superficie del suelo el cadáver de una persona de sexo masculino, en posición de cubito dorsal…y las extremidades inferiores completamente flexionadas…

INSPECCION TECNTCA POLICIAL: 2350 de fecha 12-12-2009.

“…Morgue del hospital Israel Ranuarez Balza…EXTERNO PRACTICADO AL CADÁVER…en el examen externo practicado al cadáver se le observaron: 1.- una herida de forma irregular ubicada a nivel del área de proyección de la región anatómica parietal izquierda.

II ELEMENTOS DE CARÁCTER MEDICO LEGAL

“...Yo, FRANKLiN B MARTINEZ C., cedula de identidad Nro.7.283.611... remito resultado en DIAGNOSTICOS DE CAUSA Y MUERTE...

HALLAZGOS DE AUTOPSIA

A.- cuatro impactos por proyectiles percutidos por arma de fuego de proyectiles únicos, de las siguientes características:

1.- Un orificio en región parietal izquierda, de 0.9cms con halo de contusión, a través del cual penetraron dos proyectiles a cavidad craneal, produciendo un orificio amplio en cavidad de 1.5cm, con doble escotadura, los proyectiles penetraron la cavidad craneal y se localizan a nivel de la base del cráneo, en la base del lóbulo temporal derecho, con laceración de masa encefálica, hemorragia intracraneal y trazo de fractura en base de cráneo…trayectoria de proyectiles de arriba hacia abajo, de izquierda a derecha...”

TRAYECTO

De arriba hacia abajo
De izquierda a derecha

INDICE DE PROXIMIDAD

A DISTANCIA

CONCLUSIONES: Vistos y analizados todos y cada uno de los elementos de carácter Técnico Criminalístico y de carácter medico legal, se establece lo siguiente:
1.- La victima (YEFERSON DE JESUS GUERRA CAMBERO) al recibir el impacto de los proyectiles únicos disparados por arma de fuego, los cuales le ocasionan la herida descrita en los precitado informe medico legal, se encuentra en un mismo plano con respecto al tirador y con la parte posterior de su cuerpo y cabeza (con sus extremidades inferiores flexionadas…de rodillas) orientada hacia el tirador.

2.- El tirador al momento de efectuar el disparo con el arma de fuego que le origina la herida a la victima descrita en el precitado informe medico legal, se encuentra en un mismo plano con respecto a la victima y su cuerpo esta orientado hacia la parte posterior del cuerpo de la victima y con la boca del cañón orientada hacia abajo y a la derecha a más de 30cm de distancia del cuerpo de la víctima.

3.- El índice de proximidad entre la victima y victimario: A DISTANCIA

4.-En relación a las heridas ubicadas en los miembros superiores e inferiores, debido a que esta parte del cuerpo posee capacidad de movimiento y rotación independiente para con el tronco y tórax, no se pudo establecer la trayectoria balística correspondiente…”


46.- INSPECCIÓN TÉCNICA POLICIAL N° 0146 DE FECHA 13/12/2009 suscrita por los funcionarios Miguel Montevideo y Flores Orlando adscritos a la sub. Delegación San Juan de los Morros del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas en la cual dejaron constancia de lo siguiente:

“…en la: UNIVERSIDAD RÓMULO GALLEGOS, ESPECIFICAMENTE FRENTE EL GIMNASIO CUBIERTO JESUS CEPEDA VILLAVICENCIO, DE ESTA CIUDAD, ESTADO GUARICO lugar en el cual se acordó efectuar Inspección Técnica Policial de conformidad con lo establecido en el artículo 202° del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se procede a efectuarse dejándose constancia de lo siguiente: “El lugar a inspeccionar es un sitio de suceso abierto, ubicada en la dirección antes mencionada, en la misma se constata iluminación natural clara, temperatura ambiental fresca, todo esto para el momento de realizar la presente inspección técnica, presenta como medio de acceso una calle, el cual se encuentra pavimentada en cemento y presenta topografía en declive, una vez en el sitio se observa la fachada del prenombrado GIMNASIO, el cual se encuentra orientado en sentido este, seguidamente se observan costras de color pardo rojiza, sobre el suelo de concreto, por mecanismo de formación por caída libre, el cual se encuentra a un metro sesenta centímetro, tomados de la pared que se encuentra frente del prenombrado GIMNASIO, seguidamente se toma muestra de la sustancia de color pardo rojiza, en un segmento de gasa, para su respectiva experticia; luego se observa un toma de agua, el cual se encuentra formada por un tubo y un chorro, el mismo se encuentra en sentido sur, a tres metros veintiocho centímetros, tomados de la mancha de color pardo rojiza, acto seguido se observa entre la basura que se encuentra en sentido sur-oeste, a quince metros, de la toma de agua, una Chemis, el cual al ser removida de su posición original, se observa que la misma presenta las siguientes características: Una Chemis, marca LACOSTE, color MORADA, talla S, impregnada de una sustancia de color pardo rojiza, luego se realiza un minucioso recorrido por la adyacencias del lugar en búsquedas de alguna otra evidencia de interés criminalistica…”


47.- RECONOCIMIENTO LEGAL N° 9700-252-029 DE FECHA 25/01/2010 suscrito por el funcionario Flores Orlando adscrito a la sub. Delegación San Juan de los Morros del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual dejó constancia que:

MOTIVO:
El examen en referencia, ha de verificarse sobre las piezas recibidas, a fin de dejar constancia de su Reconocimiento Legal.-

E X P O S I C IÓ N:

A los efectos propuestos me fue suministrado lo siguiente:


01.- Un Licencia para conducir, una lamina de 8.5 centímetros de largo y 5.5 centímetro de ancho, elaborado en material sintético, de color gris, con inscripción identificativa donde se lee HENRY IVAN MORENO CONDE, V- 18.836.827, la pieza en estudio se encuentra en regular estado de conservación. –

02.- Un informe Policial, elaborado en hojas de tamaño carta, presentando tinta de color negra, con inscripciones identificativa donde se lee INFORME POLICIAL, la misma esta suscrita por los funcionarios NIEVES QUINTERO GALVIS JOSE C.I.N:10.670.996, JIMENEZ LISBETH CAROLINA C.I.N: 15.710.248, DIAZ REQUENA DARWIN A. C.I.N: 14.643.338, BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO C.I.N: 16.383.244.-

CONCLUSIÓN:

La pieza objeto de este informe, resultaron ser: Una licencia para conducir, utilizada como documento para poder conducir.
02.- Un informe policial, utilizado comúnmente para relatar lo sucedido, luego de hacer una diligencia policial…”


48.- ACTA DE DEFUNCIÓN EMANADA DEL REGISTRO CIVIL DE FECHA 15/12/2009, mediante el cual deja constancia que el ciudadano YEFERSON DE JESÚS GUERRA CAMBERO, titular de la cédula de identidad V-20.247.329, en la cual se deja constancia que el mismo murió a causa de Contusión Cerebral Severa, Hemorragia Intracraneal, Trauma Craneal Complicado, Herida por Arma de Fuego.

49.- EXPERTICIA DE ANÁLISIS DE TRAZAS DE DISPARO (A.T.D) DE FECHA 21/12/2009 suscrita por el funcionario Aman Toro Anthony, adscrito al área de microscopia electrónica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual dejó constancia que del análisis de las muestras tomadas por adherencias, en las regiones dorsales de ambas manos de los ciudadanos Barco Toledo Carlos Alberto, Díaz Requena Darwin Alexander, Jiménez Lisbeth Carolina y Nieves Quintero Galvis José; no se detectaron la presencia de: Antimonio (Sb), Bario (Ba) y Plomo (Pb).

50.- AUTOPSIA DE FECHA 20/01/2010, suscrita por la médico anatomopatologo María De Lourdes Figueroa, adscrito al Departamento de Ciencias Forense de Valle de la Pascua del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicado al cadáver del CIUDADANO YEFERSON JESÚS GUERRA CAMBERO, titular de la cédula de identidad V-20.247.329, en la cual dejó constancia que:
“LESIONES EXTERNAS
Cadáver de sexo masculino, de 18 años de edad, de 1.70cms, complexión normal, piel trigueña, cabello corto, negro, ojo marrones con enfriamiento, rigidez en fase de instalación y livideces, en sitio declives quien presenta al examen externo:

A)- Tres heridas por proyectiles percutados por arma de fuego, de proyectil único.
01.- Orificio de entrada en región parietal izquierda, de 0.8cm, con halo de contusión sin orificio de salida.
02.- Orificio de entrada en cara posterior, tercio medio de brazo izquierdo, de 0.8cm, con halo de contusión y tatuaje de pólvora de 12cm, de diámetro y orificio de salida en cara anterior a nivel del tercio superior.
03.- Orificio de entrada en cara dorsal de muñeca izquierda de 0.8cm, con halo de contusión y orificio de salida en cara ventral de la misma muñeca.

B).- Contusión equimótica con hematoma de 5x4 cm y excoriación redondeada con herida contusa de 0.5cm, localizadas en región malar izquierda.

EXAMEN INTERNO

CABEZA: Perforación de bóveda craneal, a nivel de región parietal izquierda por paso de proyectiles los cuales producen un orificio amplio, de 1,5cm, de doble escotadura y laceración de masa encefálica y hemorragia intracraneal, los proyectiles se alojan en base de lóbulo temporal derecho y producen trazo de fractura en base de cráneo. Hay hemorragia de cuero cabelludo relacionada con orificio de entrada y orificio de salida. Trayectoria: de izquierda a derecha, ligeramente de atrás hacia delante y de arriba hacia abajo. Hay hemorragia en región malar izquierda (se extraen proyectiles de color gris).

CUELLO: Columna vertebral cervical, sin lesiones. Traquea y esófago, sin lesiones.

TÓRAX: Parrilla Costal y columna vertebral, sin lesiones. Pulmones, corazón, esófago y aorta torácica, sin lesiones.

ABDOMEN: Contenido gástrico de aspecto alimentario, parcialmente digerido. Hígado, bazo y riñones, sin lesiones. Heces fecales en asas intestinales. Aorta abdominal y columna vertebral sin lesiones.

PELVIS: Sin lesiones internas que describir.

EXTREMIDADDES: Hemorragia en partes blandas de brazo y muñeca izquierdos por paso de proyectil.

CONCLUSIONES:

A).- Tres heridas por proyectiles percutados por arma de fuego, de proyectil único.
01.- Orificio de entrada en región parietal izquierda de 0.8cm, con halo de contusión a través del cual penetraron dos proyectiles a cavidad craneal, produciendo un orificio amplio en cavidad de 1,5cm, por doble escotadura. Los proyectiles penetraron a cavidad craneal y se localizan a nivel de la base de cráneo en la base del lóbulo temporal derecho, con laceración de masa encefálica, hemorragia intracraneal y trazo de fractura en base del cráneo. Trayectoria de proyectiles; de arriba hacia abajo, de izquierda a derecha (se extrae dos proyectiles de color gris)

02.- Orificio de entrada en región posterior de brazo izquierdo tercio medio y distal de 0,8cm, con halo de contusión y tatuaje de pólvora de 12cm, irregular, alargado con orificio de salida en cara ventral del mismo brazo tercio superior.

03.- Orificio de entrada en cara dorsal de muñeca izquierda de 0,8cm, con halo de contusión y orificio de salida en cara ventral de la misma muñeca.

B).- Contusión equimótica con hematoma de 5x4cm y excoriaciones redondeadas con herida contusa de 0,5 cm en región malar izquierda.

CAUSA DE MUERTE:
Hemorragia intracraneal, por heridas por arma de fuego al cráneo…”

III

DEL TIPO PENAL PRECALIFICADO POR EL MINISTERIO PÚBLICO

El Ministerio Público con base a los anteriores elementos estima que la conducta, presuntamente desplegada por parte del ciudadano NIEVES QUINTERO GALVIS JOSÉ se subsume en los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 406.1 ambos del Código Penal; HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 406.1 concatenados con los artículos 80 Y 82 todos del Código Penal; SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 ejusdem y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 del mismo texto penal, ello en perjuicio del ciudadano hoy occiso YEFERSON GUERRA CAMBERO, JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ CASTRO, contra la ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA Y EL ORDEN PÚBLICO respectivamente; y para los ciudadanos BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO, DÍAZ REQUENA DARWIN ALEXANDER Y JIMÉNEZ LISBETH CAROLINA, como COOPERADORES INMEDIATOS en los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 406.1 ambos del Código Penal; HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 406.1 concatenados con los artículos 80 Y 82 todos del Código Penal; SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 ejusdem y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 del mismo texto penal, todos en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, ello en perjuicio del ciudadano hoy occiso YEFERSON GUERRA CAMBERO, JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ CASTRO, contra la ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA Y EL ORDEN PÚBLICO respectivamente.
IV

DE LA PROCEDENCIA DE LA SOLICITUD

De los actas procesales se evidencia que efectivamente se está en presencia de unos hechos en los cuales se da un concurso real de delitos, con penas que oscilan entre 15 a 20 años de presidio para el delito mas grave como lo es el delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, cuya acción penal no se encuentra preescrita por cuanto de las actas se desprende que los hechos ocurren en fecha 12.12.2009 y siendo que existen fundados elementos de convicción que hacen presumir la participación de los ciudadanos ut supra debidamente identificados al ser señalados por la víctima sobreviviente como coautor y partícipes en los mismos, aunada a la declaración de los testigos referenciales de los hechos: vigilantes de la UNERG y el padre del sobreviviente, de cuyas declaraciones los ubican en los alrededores del sitio de los hechos, que efectivamente se encontraban a bordo de un patrulla policial cumpliendo labores de patrullaje, lo cual es corroborado con la comunicación emitida por el Organismo Policial en la cual hacen constar la identificación de los funcionarios que se encontraban de turno en la referida patrulla los cuales coinciden con los presuntos autores de los hechos objeto de la presente solicitud, asimismo se evidencia que efectivamente los referidos ut supra son Funcionarios Policiales adscritos a la Policía del Pueblo Guariqueño, así mismo la madre del occiso refiere una situación previa a los hechos de amenaza por parte del presunto autor NIEVES QUINTERO GALVIS JOSÉ hacia su hijo, consta igualmente las pruebas técnicas, experticias e inspecciones que sirven de soporte a los hechos investigados, aunado al hecho que se trata de una presunta VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS al ser los involucrados FUNCIONARIOS POLICIALES y haberse desarrollado os hechos en el ejercicio de sus funciones como representantes del Estado, ello así, estima quien aquí decide, se cumplen los dos primeros supuestos del artículo 250 del Código Adjetivo Penal.

En relación a la presunción razonable del peligro de fuga, siendo que la precalificación jurídica dada por la Vindicta Pública refiere entre ellos el delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, considerado como el de mayor entidad dentro de nuestro ordenamiento jurídico por cuanto atenta en contra del bien jurídico mas preciado para el ser humano como lo es la VIDA, determinándose así la magnitud del daño causado, aunado a la elevada pena que lo sanciona lo que permite presumir la intención de los presuntos autores de no querer someterse a la persecución judicial, existiendo igualmente en el presente caso el peligro de obstaculización en la búsqueda de la verdad, al ser los presuntos indiciados funcionarios policiales que pudiesen ejercer sus influencias en razón de su funciones hacia expertos y funcionarios investigadores para tergiversar la verdad, así como ejercer coacción directa o por intermedio de terceras personas sobre testigos e incluso sobre la víctima sobreviviente para que no comparezcan a los actos procesales o modifiquen su versión, lo que presume de forma indiscutible que los mismos pudiesen evadir la persecución penal, en consecuencia, concurre el tercer supuesto del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.

Sobre la procedencia de la Orden de Aprehensión ha señalado nuestro máximo Tribunal de Justicia en Sentencia de fecha 30.10.2009 Exp. 08-0439 Magistrado-Ponente: FRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ de la Sala Constitucional Vinculante para todos los Tribunales de la República lo siguiente:
“…ese acto de comunicación que efectúa el Ministerio Público (generalmente, previa citación de la persona investigada) no niega ni excluye cualquier otra modalidad de imputación posible durante la investigación. Sostener lo contrario podría conllevar a prácticas deleznables y perjudiciales para la persona contra la cual se ha motorizado la persecución penal
… debe señalarse que en la etapa de investigación del procedimiento ordinario, el acto de imputación puede llevarse a cabo de las siguientes formas:

1. Ante el Fiscal del Ministerio Público encargado de la investigación, ya sea porque: a) que la persona sido haya citada a tal efecto por el Ministerio Público; o b) la persona haya comparecido espontáneamente ante dicho órgano.

2. Ante el Juez de Control, cuando la persona haya sido aprehendida. Este supuesto está referido, en el caso del procedimiento ordinario, a la audiencia prevista en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. En esta hipótesis, el Ministerio Público comunicará a la persona aprehendida el hecho que se le atribuye.

… el Ministerio Público puede solicitar al Juez de Control una medida de esa naturaleza contra la persona señalada como autora o partícipe del hecho punible, sin haberle comunicado previa y formalmente el hecho por el cual se le investiga, es decir, sin haberla imputado, toda vez que tal formalidad (la comunicación al imputado del hecho por el que se le investiga), así como también las demás que prevé el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, deberán ser satisfechas, necesariamente, en la audiencia de presentación regulada en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual deberá realizarse dentro de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes a la práctica de la aprehensión, ello a los fines de brindar cabal protección a los derechos y garantías previstos en el artículo 49 de la Constitución y 125 de la ley adjetiva penal…” (Resaltado de la Sala)

La misma sentencia establece en relación con la Medida Privativa Preventiva Judicial de Libertad lo siguiente:
… Sin embargo, la protección de los derechos del imputado a la libertad y a ser tratado como inocente mientras no se establezca de manera plena su culpabilidad, tampoco puede significar el absoluto abandono de los mecanismos cautelares destinados a garantizar los objetivos del proceso, esto es, su normal desarrollo y la seguridad del cumplimiento de sus resultas (sentencias números 2.426/2001, del 27 de noviembre; 1.998/2006, de 22 de noviembre; y 2.046/2007, del 5 de noviembre), y ese abandono se produciría, indefectiblemente, de ser aceptada la postura sostenida por la parte actora…
… si bien el derecho fundamental a la libertad personal es la regla general, es el caso que el propio texto constitucional permite que el mismo pueda verse limitado en ciertos supuestos excepcionales, como lo son los establecidos taxativamente en el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela…
… En tal sentido, la orden judicial constituye una garantía inherente e ineludible para la restricción del mencionado derecho fundamental. La manifestación más importante de tal excepción dentro del proceso penal, se ve materializada fundamentalmente en el instituto de las medidas de coerción personal, y específicamente, por la privación judicial preventiva de libertad regulada en el artículo 250 de la ley adjetiva penal.
… Visto lo anterior, esta Sala considera, y así se establece con carácter vinculante, que la atribución de uno o varios hechos punibles por el Ministerio Público en la audiencia de presentación prevista en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, constituye un acto de imputación que surte, de forma plena, todos los efectos constitucionales y legales correspondientes, todo ello con base en una sana interpretación del artículo 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; igualmente el Ministerio Público puede solicitar una orden de aprehensión contra una persona, sin que previamente ésta haya sido imputada por dicho órgano de persecución penal…” (Resaltado de la Sala)

De análisis anteriormente expuesto, y siendo concurrentes los extremos legales exigidos en el artículo 250 en relación con ordinales 2° 3º y Parágrafo Primero del artículo 251 y 252.2 todos del Código Orgánico Procesal Penal, lo procedente y ajustado a derecho es, DECLARAR CON LUGAR la solicitud fiscal y LA PROCEDENCIA DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN JUDICIAL, respecto de los ciudadanos NIEVES QUINTERO GALVIS JOSÉ, BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO, DÍAZ REQUENA DARWIN ALEXANDER Y JIMÉNEZ LISBETH CAROLINA, todos ampliamente identificados en auto. Y ASÍ SE DECIDE.-

V

DISPOSITIVA

Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: DECLARA CON LUGAR la solicitud fiscal, en consecuencia decreta ORDEN DE APREHENSIÓN JUDICIAL, respecto de los ciudadanos NIEVES QUINTERO GALVIS JOSÉ, venezolano, titular de Cédula de Identidad Nº V-10.670.996, natural de Maracay Estado Aragua, de 36 años de edad, de estado civil soltero, de profesión Cabo Primero de la Policía del Pueblo Guariqueño, hijo de Nieves José y de Quintero Victoria, residenciado en Urbanización Rómulo Gallegos sector Vista El Morro calle Principal casa N° 99 en San Juan de los Morros, Estado Guárico por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 406.1 ambos del Código Penal; HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 406.1 concatenados con los artículos 80 Y 82 todos del Código Penal; SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 ejusdem y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 del mismo texto penal, ello en perjuicio del ciudadano hoy occiso YEFERSON GUERRA CAMBERO, JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ CASTRO y contra la ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA Y EL ORDEN PÚBLICO respectivamente, y para los ciudadanos BARCO TOLEDO CARLOS ALBERTO, venezolano, titular de Cédula de Identidad Nº V-16.383.244, natural de Calabozo Estado Guárico, de estado civil soltero, de profesión Agente de la Policía del Pueblo Guariqueño, hijo de Toledo Santa y de Barco Rómulo, residenciado en Carrera 06 casa 18 Calabozo, Estado Guárico; DÍAZ REQUENA DARWIN ALEXANDER, venezolano, titular de Cédula de Identidad Nº V-14.643.338, natural de San Juan de los Morros Estado Guárico, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión Funcionario de la Policía del Pueblo Guariqueño, hijo de Díaz Gladys y de Díaz Rafael, residenciado en Barrio Primero de Mayo calle Pedro Fernández casa N° 48 en San Juan de los Morros, Estado Guárico y JIMÉNEZ LISBETH CAROLINA, venezolana, titular de Cédula de Identidad Nº V-15.710.248, natural de San Juan de los Morros Estado Guárico, de estado civil soltera, de profesión Distinguido de la Policía del Pueblo Guariqueño, hija de Bolívar Carlos y de Jiménez Bertha, por la presunta comisión en grado de COOPERADORES INMEDIATOS en los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 406.1 ambos del Código Penal; HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 406.1 concatenados con los artículos 80 Y 82 todos del Código Penal; SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 ejusdem y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 del mismo texto penal, todos en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, ello en perjuicio del ciudadano hoy occiso YEFERSON GUERRA CAMBERO, JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ CASTRO y contra la ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA Y EL ORDEN PÚBLICO respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación con ordinales 2° 3º y Parágrafo Primero del artículo 251 y 252.2 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que una vez localizados por las autoridades policiales, deberá ser conducido con las seguridades del caso, ante este Tribunal, previa notificación a la Fiscalía 18º del Ministerio Público del Estado Guárico, a los fines de imponerlo de los hechos y resolver sobre la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad solicitada. Expídase la orden decretada y remítase al Departamento de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, para que sean incorporados en el Sistema Integrado de Información Policial. Líbrense los correspondientes oficios. Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia certificada de la presente. Remítase la causa al Ministerio Público actuante. Cúmplase.-
LA JUEZA,


MILAGROS LADERA HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA,


Abg. DORIS NAVAS

13 de Febrero de 2010
ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2010-000940