REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL
EN FUNCIONES DE CONTROL 04
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUÁRICO

SAN JUAN DE LOS MORROS, 18 DE FEBRERO DEL 2010
199º Y 150º
Asunto Principal: JP01-P-2009-003129
Asunto: JP01-P-2009-003129
Corresponde a este Tribunal conocer y decidir la solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscalía 1º del Ministerio Público, quien lo hace sobre la base de lo dispuesto en el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, lo cual pasa a hacer previo a las siguientes consideraciones:

Las actuaciones tuvieron su inicio en fecha 24-04-2002, en virtud de denuncia formulada por el ciudadano Santos Oscar Silva Jiménez, manifestando que el día 22-04-2002 horas del medio día, momentos en que formulaba denuncia por el Hurto de un Ganado ubicado en su fundo de nombre Las Mederos, dejó encargado al ciudadano Cipriano Pérez, el cual fue objeto de un robo, por cuanto en el referido fundo se presentaron cuatro personas desconocidas, quienes portando capuchas, arma de fuego y bajo amenaza de muerte sometieron y amordazaron al ciudadano Cipriano Pérez los cuales lo encerraron en un cuarto y procedieron a apoderarse de una escopeta maraca New Englang, calibre 16, un peso colgante, dos sombreros, una bolsa de lino, dos cajas de capsulas calibre 16, cinco gallinas y un mercado de víveres varios y posteriormente se dieron a la fuga desconociendo mas datos, dándose inicio a la correspondiente averiguación y practicándose todas las diligencias de investigación para el esclarecimiento de los hechos.-

Fundamentos de hecho y de derecho
Señala el Ministerio Público, que al revisar los elementos que conforman la presente causa, considera que en virtud de haberse realizado todas las diligencias pertinentes a los fines de determinar la ocurrencia del presunto hecho punible, es por lo que se evidencia que a pesar de la falta de certeza no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación con relación a la comprobación del delito precalificado como Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el articulo 457 ambos del Código Penal vigente para el momento de los hechos, lo que hace procedente y ajustado a derecho declarar CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO de la causa, sin necesidad de convocar a las partes a una audiencia, ya que no hay elementos que debatir. Y así se decide.-
Dispositiva:

El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa Nº 12F119202/G-096.270 donde aparece como victima el ciudadano Santos Oscar Silva Jiménez, conforme a lo dispuesto en los artículos 318 ordinal 4º, 321, 323 y 324 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y notifíquese la presente decisión. Déjese Copia.
La Jueza,


Abg. Milagros Ladera La Secretaria,

Abg. María Astrid Carrera

18 DE FEBRERO DEL 2010
Asunto Principal: JP01-P-2009-003129