REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL
EN FUNCIONES DE CONTROL 04
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, 08 de Febrero del 2010
199º y 150º
Asunto Principal: JP01-P-2009-005514
Asunto: JP01-P-2009-005514
Corresponde a este Tribunal conocer y decidir la solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscalía 1º del Ministerio Público, quien lo hace sobre la base de lo dispuesto en el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, lo cual pasa a hacer previo a las siguientes consideraciones:
Las actuaciones tuvieron su inicio en fecha 10-05-2002, en virtud de denuncia formulada por el ciudadano José Gregorio Coronado Silva, manifestando que dos personas desconocidas tripulando una moto, intentarlo robarle varias tarjetas telefónicas las cuales vende en la Avenida Miranda, y como se negó uno de los sujetos sacó una pistola dándole un tiro, posteriormente se fueron, y este ciudadano se trasladó al Hospital de esta ciudad.-
Fundamentos de hecho y de derecho
Señala el Ministerio Público, que al revisar los elementos que conforman la presente causa, considera que en virtud de haberse realizado todas las diligencias pertinentes a los fines de determinar la ocurrencia del presunto hecho punible se evidencia que a pesar de la falta de certeza no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación con relación a la comprobación del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 457 en concordancia con el artículo 460 ambos del Código Penal vigente para el momento de los hechos, es por lo que hace procedente y ajustado a derecho declarar CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO de la causa, sin necesidad de convocar a las partes a una audiencia, ya que no hay elementos que debatir. Y ASÍ SE DECIDE.-
Dispositiva:
El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa Nº 12F1232302/G-096.371 donde aparece como víctima el ciudadano José Gregorio Coronado Silva, conforme a lo dispuesto en los artículos 318 ordinal 4º, 321, 323 y 324 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y notifíquese la presente decisión. Déjese Copia.
La Jueza,
Abg. Milagros Ladera La Secretaria,
Abg. María Astrid Carrera
08 de Febrero del 2010
Asunto Principal: JP01-P-2009-005514