REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUARICO
Tribunal Segundo de Ejecución
San Juan de los Morros 03 de Febrero de 2010
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2008-000509
ASUNTO : JP01-P-2008-000509
PENADO: FRANKLIN ANTONIO RAMREZ SANTANDER

RESOLUCIÓN: DECLARANDO CONCLUIDO EL CASO POR CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES IMPUESTAS

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Visto el oficio suscrito por la ciudadana, Lic: BELKIS MORAIMA CASTILLO, Registradora Civil Parroquia de Catedral, de fecha 11 de Noviembre del 2009, en donde informa que culmino satisfactoriamente el Régimen de Presentaciones ante la Vigilancia de este, en el cual se le instaba a realizar, una vez cada 15 días, dichas presentaciones, las cuales , efectuó hasta el 07 de Noviembre del años 2009, fecha en la cual cumpliría la totalidad de la Pena, actuaciones a favor del penado, recibido en este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, en fecha 20-11-2009, en donde hace constar que el ciudadano FRANKLIN ANTONIO RAMIREZ SANTANDER, titular de la cédula de identidad N° 18.232.389, quien se encontraba bajo el régimen de prueba con la Medida de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, otorgada por este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, en fecha 04 de Junio del 2009, cumplió satisfactoriamente con las normativas inherentes al Régimen de Prueba, así como consta informe PsicoSocial favorable, como se desprende de los folios 76 al 79, de la pieza dos (02), respectivamente, es por lo que este tribunal considera que lo más ajustado a derecho es DAR POR CONCLUIDO EL CASO en el presente asunto al penado FRANKLIN ANTONIO RAMIREZ SANTANDER, de conformidad con el artículo 479, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE ESTABLECE .-

DISPOSITIVA

Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: DA POR CONCLUIDO EL CASO en el presente asunto penal para el ciudadano FRANKLIN ANTONIO RAMIREZ SANTANDER, titular de la cédula de identidad N° º18.232.389, quien en fecha 04 de Agosto del 2008, fuera condenado a través del procedimiento por admisión de los hechos por el Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE TENTATIVA previsto y sancionado en el artículo 05,07 Y 06, ordinales 1,2,y 3, todos de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, conforme a lo dispuesto en el artículos 330 ordinal 2 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, en fecha 04 de Junio del 2009, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros le otorgara el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, cumpliendo con todas las condiciones impuestas, todo de conformidad con el ordinal 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Remítase a archivo como asunto concluido, en relación al penado ya identificado. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-.
El Juez de Ejecución 02


IGOR EDUARDO ACOSTA HERRERA


La Secretaria

MARIA ASTRID CARRERA