REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 12 de febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2006-001200
ASUNTO : JP01-P-2006-001200


SENTENCIADO: JESUS RAFAEL MONTANA
DELITO: COMPLICIDAD EN HURTO CALIFICADO
DECISION: CUMPLIMIENTO DE PENA


Procede este Juzgado de Ejecución de Penas, a estudiar la viabilidad del decreto de conclusión de la pena por cumplimiento y consiguiente decreto de libertad plena del subrogado penal JESUS RAFAEL MONTANA, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.912.742, para lo cual este Tribunal observa:

BREVE RESEÑA DE LAS ACTUACIONES PROCESALES

Surge de los autos que al subrogado JESUS RAFAEL MONTANA, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.912.742, en fecha 28 de marzo de 2007, le fueron acumuladas las dos penas impuestas, quedando la pena que en definitiva ha de cumplir, en TRES (03) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN.

Observándose que fue privado de su libertad el 19-03-2005 y fue puesto en libertad el 21-03-2005, y posteriormente fue detenido el 18-05-2006, permaneciendo en ese estado hasta el día de hoy (12-02-2010.), lo que se traduce en un tiempo total de detención de TRES (03) AÑOS, OCHO (08) MESES y VEINTISEIS (26) DÍAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta, un tiempo de CUATRO (04) DÍAS, lo que indica que cumplirá la totalidad de la pena el 16 de febrero de 2010, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal.

Ahora bien, motivado a las Fiestas Carnestolenda que ha sido concedida por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura como días no laborales, a los fines de proveer que la excarcelación se haga efectiva al momento del cumplimiento total de la condena corporal, este Tribunal en consecuencia, acuerda librar la boleta de excarcelación para que se haga efectiva el día 16-02-2010, a las 08:00 de la mañana. Y así se decide.-
DISPOSITIVA

Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en san Juan de los Morros, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de su Ley, DECLARA concluido el presente Asunto Penal, por cumplimiento de pena del penado JESÚS RAFAEL MONTANA, venezolano de 27 años de edad, natural de Caracas, nacido el 03-12-82, de estado civil soltero, de profesión u oficio la calle, hijo de Maria Esperanza Montana y desconoce a su padre, titular de la Cédula de Identidad N°-16.912.742, con domicilio en Barrio Las Palmas, urbanización Alejandro Tovar, casa sin numero, a tal efecto DECRETA SU LIBERTAD PLENA para el día martes 16 de Febrero del 2010, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.-

Regístrese, Publíquese y Notifíquese. Líbrese boleta de excarcelación. Ofíciese lo conducente al Centro Penitenciario de Tocoròn Estado Aragua, advirtiéndole verificar sin existe otro asunto penal pendiente. Cúmplase.-
LA JUEZA DE EJECUCION Nº 03

ABG. ELVIA M. GARCIA REQUENA

LA SECRETARIA

ABG. MARIA A. AZUAJE