REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL. EXTENSIÓN CALABOZO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL TRIBUNAL PENAL DE CONTROL

Calabozo, 9 de febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : JP11-P-2009-000111
ASUNTO : JP11-P-2009-000111

En fecha 08 de febrero de 2010 se realizo audiencia oral de conformidad con el articulo 45 de la norma adjetiva penal en la cual de la revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto penal se verifico al folio 103, el contenido del oficio remitido a este despacho por parte de la Unidad Técnica de apoyo al sistema Penitenciario, anexando Constancia de Finalización de cumplimiento de régimen impuesto de fecha 13/10/09, del ciudadano GARCIA OSORIO ADRIAN JOSE, quien cumplió de manera favorable con las obligaciones impuestas por este Juzgado en fecha 27/05/09, en consecuencia este Tribunal segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Se Decreta el sobreseimiento de la causa y la extinción de la acción penal, de conformidad a lo previsto en los artículos 45, 48 numeral 7º y 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano GARCIA OSORIO ADRIAN JOSE, venezolano, natural de Caicara del Orinoco, estado Bolívar, nacido en fecha 30-05-1989, de 20 años de edad, soltero, obrero, hijo Doris Ozorio, residenciado Vicario 4 sector Hugo de los reyes, calle12 casa Nº 12, casa amarillo azul y rojo, cerca del aeropuerto, Calabozo Estado Guarico, teléfono 0426-848.34.24, Calabozo estado Guárico y titular de la cédula de identidad Nº V-18.893.586; por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES , previsto y sancionado en el artículo 416 del código penal, en perjuicio del ciudadano LUIS DE JESUS ROJAS MOTA. Notifíquese a la victima. Cúmplase.-
LA JUEZA DE CONTROL NRO 02

ABG. SONIA GUERRA SOLER
LA SECRETARIA

ABG. ELIANA RAMOS