REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 12 de Febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : JK21-P-2002-000117
ASUNTO : JK21-P-2002-000117

JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIO: ABOG. RICARDO ALFONZO.
PENADO: GONZALEZ JOSE JAIME, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.921.692, con fecha de nacimiento el 02/01/66, de 43 años de edad, natural de Valle de la Pascua, Estado Guárico, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Aragua (TOCORON).
DEFENSA: PUBLICA PENAL II.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DECISION: INICIO TRAMITES CONFINAMIENTO.

ABOCAMIENTO. Por cuanto la juez FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO se reincorporó a sus actividades, en virtud del vencimiento del disfrute del período vacacional, se aboca nuevamente al conocimiento del presente Asunto.

PUNTO PREVIO. Se deja constancia que el Sistema Iuris 2000 aparece registrada una minuta referida a la elaboración de un acta administrativa en relación a la práctica de un nuevo cómputo, pero tal actuación no se encuentra elaborada en físico y al abrir la actuación, se observa trozos de decisiones de otros ciudadanos, que no se corresponden con el Asunto. De igual manera se deja constancia, que existe agregada en autos una solicitud presentada por la Defensa Pública Penal II en fecha 21/01/09, en la cual el Tribunal se encontraba bajo la dirección de la juez suplente MARIA ESPINOZA, a la cual no se le dio la debida tramitación, no siendo ello imputable a quien aquí decide.

En fecha 21/09/09 se realizó auto de reforma de cómputo por redención de la pena por el trabajo, a favor del ciudadano GONZALEZ JOSE JAIME mediante el cual se determinó que el antes nombrado, opta al CONFINAMIENTO desde el 20/12/09. En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución, con fundamento en la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el expediente Nº 2008/0287, de fecha 21/04/08 y con ponencia del Magistrado, Dr. Arcadio Delgado Rosales, se suspendió la aplicación del último aparte del artículo 458 del Código Penal (hasta que se produzca sentencia de fondo), en el cual se encuentra previsto el delito de ROBO AGRAVADO, permitiendo en consecuencia el posible otorgamiento de los beneficios de cumplimiento alternativo de la pena. En atención a ello, este Tribunal Primero de Ejecución ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRÁMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL CONFINAMIENTO y para ello ORDENA:

1.- Oficiar a la Dirección del Centro Penitenciario de Aragua (Tocorón), solicitando la remisión de la CARTA DE CONDUCTA ACTUALIZADA del penado, por cuanto la consignada en autos es de fecha JUNO2009, considerándose que al transcurrir más de ocho meses, ésta debe ser actualizada.

Se deja constancia que los recaudos referidos a la CARTA DE RESIDENCIA, CARTA COMPROMISO Y ANTECEDENTES PENALES, ya se encuentran consignadas en autos, motivo por el cual no se solicitan.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE: SE ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES PARA EL OTORGAMIENTO DEL CONFINAMIENTO a favor del ciudadano GONZALEZ JOSE JAIME, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.921.692, con fecha de nacimiento el 02/01/66, de 43 años de edad, natural de Valle de la Pascua, Estado Guárico, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Aragua (TOCORON). Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 del Código Orgánico Procesal Penal y 20 del Código Penal. Y ASI SE DECIDE.

Publíquese, notifíquese, líbrense oficios y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.

Es Justicia en Valle de La Pascua, a los doce (12) días del mes de febrero de 2010.
LA JUEZ DE EJECUCION Nº 01,


ABOG. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO

EL SECRETARIO,


ABOG. RICARDO ALFONZO