Los peticionantes presentaron escrito en fecha 05 de Octubre del año 2009, donde solicita se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida respondiera al nombre de LEYDA MERCEDES GAMARRA, quien falleció ab – intestato.
Los solicitantes acompañaron a su escrito, Copia certificada de Acta de Defunción correspondiente a la difunta LEYDA MERCEDES GAMARRA, expedida por el Registro Civil del Municipio Valencia Estado Carabobo, copias de las partidas de nacimiento de los solicitantes y copia de la sentencia de divorcio de la de cujus.-
Admitida la solicitud en fecha 14 de Octubre de 2009, se ordenó librar edicto convocando a todas aquellas personas que tuviesen interés en el asunto, para que comparecieran ante este Tribunal dentro de los Diez (10) día de despacho siguiente a la consignación que se hiciera en el expediente de la publicación de dicho Edicto a exponer lo que a bien tuvieran en relación a lo solicitado.-
En fecha 30 de Octubre del 2009, mediante diligencia que corre inserta al folio quince (15) del presente expediente se consigno el edicto debidamente publicado.-
En fecha 30 de Octubre del 2009, mediante auto se dejo constancia de la publicación del cartel.-
En fecha 02 de Febrero del 2010, abocamiento simple de la Juez Fanny Escobar, a la causa.-
En fecha 02 de Febrero del 2010, aparecen la declaración de los testigos ciudadanos BEATRIZ DEL CARMEN VENTA GALINDO Y CARLOS ALBERTO CAMPERO LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 8.624.210 Y 11.796.186, respectivamente.
Vencido el lapso de emplazamiento sin que persona alguna haya comparecido, el Tribunal pasa a resolver la solicitud en los términos siguientes:
Del contenido de la solicitud, de los mencionados elementos probatorios, aparece que la misma es procedente en derecho, y así se declara, tal como se expondrá en la parte dispositiva del presente fallo.-