JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-

TUCUPIDO, 09 DE FEBRERO DE 2010.--
198° Y 150°


Visto el convenimiento celebrado entre la ciudadana: ROSMERY DAYANA CABEZA MOSQUEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V- 19.962.701, quien actúa en beneficio de su niño que esta por nacer (Artìculo 44 Protecciòn de Maternidad), contra el ciudadano: RICHARD WILL MENDEZ AULAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V- 16.045.783, parte demandada en el presente juicio de Obligación de Manutención, donde se estableció como Obligación de Manutención en la cantidad de Cien Bolívares (Bs. 100, 00) semanal; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente , todo de conformidad con lo establecido en el articulo 383 de la Ley Orgánica de la Protección al Niño y Adolescente; en consecuencia se ordena que la ciudadana: ROSMERY DAYANA CABEZA MOSQUEDA, identificada anteriormente, aperture cuenta de ahorros en Banco Bicentenario, de esta localidad, la cual serà manejada por ella, sin la previa autorización de esta instancia Judicial.-, líbrese oficio.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;

Abog. Vicente Ramón Vivas Briceño.-
La Secretaria Temporal;

Dayris Arvelàez Ramos.-
En la misma fecha, con oficio Nª , se diò cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria Temporal;

Dayris Arvelàez Ramos.-
EXP. N° 957-10
VRVB/DAR/mildred.