JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-
 
 
                                              TUCUPIDO,  09 DE  FEBRERO DE 2010.--
 
                                                           198° Y 150°
 
 
 
                   Visto el convenimiento celebrado entre la ciudadana: ROSMERY DAYANA CABEZA MOSQUEDA,  venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V- 19.962.701, quien actúa en beneficio de su niño que esta por nacer (Artìculo 44 Protecciòn de Maternidad), contra el ciudadano: RICHARD WILL MENDEZ AULAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V- 16.045.783, parte demandada en el presente juicio de Obligación de Manutención, donde se estableció como Obligación de Manutención en   la cantidad de Cien Bolívares (Bs. 100, 00) semanal; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente , todo de conformidad con lo establecido en el articulo 383 de la Ley Orgánica de la Protección  al Niño y Adolescente; en consecuencia se  ordena que la ciudadana: ROSMERY DAYANA CABEZA MOSQUEDA, identificada anteriormente, aperture cuenta de ahorros en Banco Bicentenario, de esta localidad,  la cual serà  manejada por ella, sin la previa autorización de esta instancia Judicial.-, líbrese oficio.- Provéase lo conducente.-    
 
El Juez Provisorio;
 
 
Abog. Vicente Ramón Vivas Briceño.-
 
                                                                    La Secretaria Temporal;
 
 
                                                                   Dayris Arvelàez Ramos.-
 
                   En la misma fecha, con oficio Nª           , se diò cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
 
La Secretaria Temporal;
 
 
Dayris Arvelàez Ramos.-
 
 EXP. N°  957-10
 
VRVB/DAR/mildred.
 
 
 
 
 
 
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