REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO

En horas de despacho del día de hoy, Dieciocho (18) de Febrero del 2010, siendo las 09:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para proceder con la práctica de la Medida de Ejecución Forzosa decretada por el Juzgado Primero de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 06-10-2009, objeto de la comisión N° 1.458-09; con motivo del juicio que sigue la Ciudadana MERRYS ELISA ALMEIDA DE OLIVO en contra de la ciudadana NERYS ADELAIDA EULACIO. Se traslado este Tribunal en compañía del ABG. JESUS MANUEL DORTA VARGAS, Inpreabogado N° 66.285, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte ejecutante. Constituyéndose en la siguiente dirección: Entrada hacia las Palmas, Callejón Lara Casa N° 19, San Juan de los Morros, Estado Guárico, con los siguientes linderos: NORTE: Carmen Otilia Rojas; SUR: Héctor Moreno; ESTE: Ramona Flores; y OESTE: Martín Domínguez Camaro. Una vez presentes en el sitio, se efectuó el toque de ley, el cual no fue atendido por persona alguna, en virtud de que la misma se encontraba desprovista de techo, puertas y ventanas. Seguidamente el Tribunal cede el derecho de palabra al abogado actor quien expone: “Solicito al Tribunal haga la Entrega Formal del inmueble objeto de la presente comisión, a la ciudadana MERRYS ELISA ALMEIDA DE OLIVO, quien se encuentra presente en este acto, es todo”. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HACE ENTREGA FORMAL del inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal a la ciudadana MERRYS ELISA ALMEIDA DE OLIVO titular de la cédula de identidad N° 4.391.750, propietaria del inmueble, según documento reconocido por ante el Juzgado del Distrito Roscio del Estado Guárico, anotado en el Libro Diario que llevó ese Despacho en fecha 10-12-1991, completamente desocupado, libres de bienes y personas, Es Todo” es todo. Terminó. Se leyó y conforme firman.- LA JUEZ, (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; EL ABOGADO EJECUTANTE (Fdo Ilegible) ABG. JESUS MANUEL DORTA VARGAS; LA DEMANDANTE; LA ALGUACIL (Fdo Ilegible) MILAGRO C. MOTA C. y la SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. THERANYEL ACOSTA MUJICA.