En el día hábil de hoy, jueves cuatro (04) de febrero de 2010, siendo las nueve (09:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Celebración de la Audiencia Preliminar en el presente Juicio, incoado por la ciudadana: ALEJANDRA MAGDALENA DEL VALLE JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.712.587 , en contra de la “GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUARICO”, previo el anuncio de Ley se le dio inicio a la misma, compareciendo por ante este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO GUÁRICO, el Abogado GAUDENCIO BALZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 9.346, en su carácter de PROCURADOR DEL ESTADO GUARICO, así mismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, por si ni mediante apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el ARTÍCULO 130 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Años: 199º de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,

ABG. MARIA MILAGROS SALAZAR
PROCURADOR DEL ESTADO
LA SECRETARIA

ABG. DILEXI GARCIA RAMOS

En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se la dejó copia ordenada siendo las 9:30 de la mañana.-

Secretaria,