REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Guárico. Extensión Calabozo
Calabozo, quince (15) de julio de dos mil diez (2010)
200º y 151º

ASUNTO: JP61-L-2010-000068
Por cuanto consta en autos, Acta de Prolongación de Audiencia Preliminar en la cual este Tribunal DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, la cual corre inserta a los folios dieciséis (16) y diecisiete (17), del presente expediente, y debido a que la parte actora no ejerció recurso alguno, este Tribunal, ORDENA la remisión del presente asunto, al Archivo Judicial. Líbrese Oficio.-
EL JUEZ

ABG. DANIEL ALEJANDRO CERERO



LA SECRETARIA


ABOG. EINAR MARISE CORDOBA GALICIA



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se anoto su salida bajo el Nº 234 y se libro oficio Nº CTCS-405-2010.

LA SECRETARIA;





DAC/EMCG/Dayris.-
Hora de Emisión: 12:27 PM